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APUNTES DE FISCAL


Enviado por   •  2 de Febrero de 2023  •  Apuntes  •  3.703 Palabras (15 Páginas)  •  48 Visitas

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Revisión de Gabinete

Una de las facultades de comprobación de la autoridad es denominada revisión de gabinete que también es conocida en la práctica como revisión de escritorio o auditoría fiscal, que presenta características similares a la visita domiciliaria, por precisamente ambas tratarse de facultades de comprobación de la autoridad fiscal, sin embargo, la principal diferencia entre una y otra es el lugar en donde se practican, en la visita domiciliaria la autoridad lleva a cabo sus facultades de comprobación en el propio domicilio del contribuyente y en el caso de la revisión de gabinete, ésta tiene lugar en las oficinas de la autoridad fiscal.

¿Qué es una revisión de gabinete?

Una revisión de gabinete es una de las formas de ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales.

Las autoridades fiscales en virtud de la revisión de gabinete podrán solicitar a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros, informes, datos o documentos, o pedir la presentación de la contabilidad o parte de ella para revisarlos en el domicilio de la autoridad fiscal.

¿Quiénes pueden ser sujetos de una revisión de gabinete?

Pueden ser sujetos de una revisión de gabinete los contribuyentes, los responsables solidarios y los terceros con ellos relacionados.

El procedimiento de revisión de gabinete se encuentra previsto en el artículo 48 del Código Fiscal de la Federación el cual las autoridades fiscales se encuentran obligadas a observar por así disponerlo el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que garantiza que nadie podrá ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento.

Duración

  • esta revisión es de escritorio o gabinete duran 12 meses 
  • pero si el contribuyente pertenece al sistema financiero podrán durar 18 meses o si
  • bien el contribuyente requiere información aduanera es decir información del extranjero puede ser porque realice procesos de exportación e importación por ejemplo esta revisión durará dos años 

¿Cómo se da inicio a la revisión de gabinete?

La revisión de gabinete inicia con la notificación que la autoridad fiscal hace al contribuyente, responsable solidario o tercero relacionado del oficio de solicitud de documentación, datos e información.

¿En qué lugar se practica la revisión de gabinete?

La revisión de gabinete se practica en las oficinas de las autoridades fiscales. El oficio de solicitud de información contendrá la indicación del lugar en el cual debe entregarse la información solicitada.

¿Cómo debe presentar el contribuyente la información que le requiera la autoridad fiscal en una revisión de gabinete?

El contribuyente revisado presentará la información mediante un escrito firmado por él o por su representante legal ante la autoridad fiscal en el lugar y dentro del plazo que le haya sido señalado en el oficio de solicitud de información o documentación.

¿Qué puede hacer el contribuyente inconforme con el crédito fiscal que la autoridad fiscal determinó en la revisión de gabinete?

El contribuyente revisado podrá interponer optativamente los medios de defensa legales que puede ser el recurso de revocación o juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

Pero cuáles son las etapas del proceso de revisión de escritorio Gabinete

  1. primeramente eso es comienza con una solicitud de información y documentación en las cuales la autoridad les hace conocedora de cuáles son los documentos que deberán entregar así como lugar y plazo que tienen para entregarlos esta solicitud será entregada a los contribuyentes mediante una notificación ya sea de manera personal por buzón tributario o por correo certificado cabe destacar que al momento de entregar la información pero los documentos que les fueron solicitados deberán de ser dados por la persona a la cual se le dirigió la solicitud de información o documentación o por su representante durante la revisión de escritorio 

  1. puede haber múltiples solicitud de información en las cuales la ley no te establece en ningún límite de cuántas veces la autoridad te puede solicitar información sin embargo ésta deberá de realizarse dentro del proceso de revisión de escritorio o gabinete está revisión de escritorio gabinete termina con un oficio de observaciones en el cual constan los hechos omisiones de las cuales la autoridad encontrado durante esta revisión las cuales entraña incumplimiento hacia las disposiciones fiscales éste ofreció observaciones se emite una sola vez por parte de la autoridad y también puede darse el caso de que la autoridad únicamente emita un oficio sin contener observaciones para hacerle el conocedor al contribuyente de haber concluido esta revisión de escritorio pero en caso de que haya observaciones de autoridad concede a los contribuyentes un plazo de 20 días o bien si estos contribuyentes se les está realizando más de un ejercicio fiscal podrán solicitar 15 días adicionales a esos 20 días siempre y cuando los soliciten en el plazo a los 20 ya que de solicitarlos el día 21 pierden su derecho a tener estos días adicionales para poder ofrecer documentos que desvirtúen esos hechos u omisiones de los cuales nos hicieron conocedores en el oficio de observaciones.

  1. cabe destacar que si no entregan ninguna documentación para desvirtuar los documentos se le tendrán por consentidos todos los hechos omisiones que contiene el oficio de observaciones una vez que ya transcurrió este plazo para desvirtuar los hechos es decir su derecho de audiencia y defensa la autoridad tiene un plazo de seis meses para emitir una resolución en la que determine cuáles son las contribuciones omitidas en caso de existir es decir una resolución determinante y será contra ésta con la que ustedes podrán interponer algún medio de defensa cabe destacar que tanto la revisión de escritorio gabinete como la regla del plazo para emitir la resolución determinantes deberá dar la autoridad respetar los plazos que el código fiscal nos establece ya que de no hacerse se estaría en un proceso de fiscalización ilegal y por tanto quedaría sin efectos.

¿Cómo se desarrolla una revisión de gabinete?

1°.-La autoridad fiscal emitirá un oficio de solicitud de información y documentación con los requisitos legales y procederá a constituirse en el domicilio del contribuyente, responsable solidario o tercero relacionados para darle a conocer el oficio.

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