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ARTÍCULO DE OPINIÓN ENTIDADES DEL TERRITORIO COLOMBIANO


Enviado por   •  30 de Abril de 2021  •  Trabajos  •  1.457 Palabras (6 Páginas)  •  67 Visitas

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ARTÍCULO DE OPINIÓN ENTIDADES DEL TERRITORIO COLOMBIANO 

 

 

THALIA GERALDINE WALTERO MUR   ID.331325

LESVY LLISVEY TRUJILLO MURILLO   ID.664977

NRC: 14931 

DOCENTE:

WALTER FABIO BUSTOS

 

                                                                    

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS

PROGRAMA: ADM. SALUD OCUPACIONAL 5B

CONSTITUCIÓN POLÍTICA

GIRARDOT CUNDINAMARCA

2020

DIVISIÓN DE LAS ENTIDADES DEL TERRITORIO Y SUS FUNCIONES

A parte de la división general de los territorios de Colombia, existe una división territorial que la determina la ley para el cumplimiento de las funciones y los servicios que están a cargo del estado. La ley tiene la facultad de darles el carácter de entidades territoriales a los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas.

Las entidades territoriales tienen la autonomía para la gestión de su interés, es decir que las entidades son libres para elegir como realizar sus gestiones con el fin de cumplir con los intereses de su pueblo. Sin embargo, hay unos límites establecidos en la constitución política de Colombia, en virtud tendrán los territorios derechos a, *Gobernarse por autoridades propias; donde los municipios y distritos son gobernados por alcaldes y consejos elegidos por voto directo de los ciudadanos, al igual que los departamentos que son gobernados por un gobierno elegido por votos directos del pueblo. * Ejercer las competencias que les correspondan, Las competencias atribuidas a los distintos niveles territoriales serán ejercidas conforme a los principios de coordinación; ejerciendo sus competencias de manera articulada, coherente y armónica. concurrencia; desarrollar oportunamente las acciones conjuntas en busca de un objetivo común cuando ya fue establecido en su autonomía y subsidiariedad en los términos que establezca la ley.

Competencias de los departamentos:

·         Establecer directrices y orientaciones para el ordenamiento en áreas de conurbación, es decir en lugares donde su crecimiento poblacional y físico se fusionan y requieren de orientación para determinar cuál debe ser el uso adecuado del espacio, de acuerdo con el potencial óptico del ambiente y las limitaciones económicas y culturales.

·         Definir las políticas, estableciendo que las poblaciones y centros urbanos queden en un lugar conveniente, de tal manera que facilite el desarrollo de su territorio.

·         Orientar la localización de la infraestructura física-social de manera que se aprovechen las ventajas competitivas regionales y se promueva la equidad en el desarrollo municipal.

·         Integrar y orientar la proyección espacial de los planes sectoriales departamentales, los de sus municipios y entidades territoriales indígenas.

·         En desarrollo de sus competencias, los departamentos podrán estructurar sus políticas, directrices y estrategias de ordenamiento físico-territorial con los planes, programas, proyectos y actuaciones sobre el territorio, mediante la adopción de planes de ordenamiento para la totalidad o porciones específicas de su territorio.

·         Los departamentos y las asociaciones que estos conformen podrán implementar programas de protección especial para la conservación y recuperación del medio ambiente.

Las competencias de los distritos especiales son:

1.      Dividir el territorio distrital en localidades, de acuerdo a las características sociales de sus habitantes y atribuir competencias y funciones administrativas.

2.          Organizarse como áreas metropolitanas, siempre que existan unas relaciones físicas, sociales y económicas que den lugar al conjunto de dicha característica y coordinar el desarrollo del espacio territorial integrado por medio de la racionalización de la prestación de sus servicios y la ejecución de obras de interés metropolitano.

3.      Dirigir las actividades que por su denominación y su carácter les corresponda.

Las competencias de los municipios son las siguientes,

·         Formular y adoptar los planes de ordenamiento del territorio.

·         Reglamentar de manera específica los usos del suelo, en las áreas urbanas, de expansión y rurales, de acuerdo con las leyes.

·         Optimizar los usos de las tierras disponibles y coordinar los planes sectoriales, en armonía con las políticas nacionales y los planes departamentales y metropolitanos.

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