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Artículo de opinión División de las entidades del territorio y sus funciones


Enviado por   •  9 de Agosto de 2022  •  Ensayos  •  1.398 Palabras (6 Páginas)  •  432 Visitas

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Actividad 6

Artículo de opinión

División de las entidades del territorio y sus funciones

Corporación Universitaria Minuto de Dios

UNIMINUTO

Constitución Política

NRC 45-2115

Grupo 9

Liliana Rodríguez Vásquez      ID 766271

Yineth Alejandra Molano Camelo ID 793409

Profesor Ana Carolina Moreno

Junio 7 / 2022

Introducción

El objetivo de este artículo es explicar la responsabilidad y las funciones de los gobernantes de cada entidad territorial, de igual manera los deberes y derechos de los habitantes de la nación, su compromiso con la elección de los gobernantes para que realicen sus funciones bajo las leyes territoriales, en aras de la protección y uso de los recursos de cada territorio.

División de las entidades del territorio y sus funciones

La división de las entidades del territorio permite la distribución de cargas de trabajo de los gobernantes, permite organizar de manera asertiva y efectiva cada territorio teniendo como base su competencia local, su mercado y actividades económicas, de esta manera se organizan sus acciones propias frente a las de la nación y se establece su competitividad y participación territorial.

De igual manera entidades territoriales “gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, y dentro de los límites de la Constitución y la ley”. Por lo cual gozan de los siguientes derechos: “Gobernarse por autoridades propias. Ejercer las competencias que les correspondan”

Según nuestra constitución política colombiana de 1991, (ohchr.org, 2022), nos indica “La Constitución Política de 1991 (C.P) establece que Colombia es una república unitaria. Sin embargo, dentro de su organización territorial (Art. 285-321 C.P.) se contempla la descentralización administrativa, lo cual implica que gran parte de la administración del Estado se reparte entre las entidades administrativo-territoriales de menor nivel. El artículo 286 de la Constitución establece que “son entidades territoriales los departamentos, municipios, distritos y territorios indígenas, los cuales conforman los diferentes niveles de organización territorial de la república””. Así mismo, en el artículo 287 de la Constitución se establece que “las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses dentro de los límites de la Constitución y la ley, y que, en tal virtud, tendrán los siguientes derechos:

 1. Gobernarse por autoridades propias.

2. Ejercer las competencias que les correspondan.

3. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

 4. Participar en las rentas nacionales”

Como compromiso ciudadano para lograr que los gobernantes territoriales realicen sus funciones de acuerdo con lo establecido por la Constitución política debemos ejercer de manera activa el derecho al voto consagrado en el artículo 258 de la Constitución Política “Artículo 258. El voto es un derecho y un deber ciudadano.”, como derecho se puede escoger de manera libre quien realice los deberes de gobernar, y como deber, se está en obligatoriedad de velar que se esté realizando las labores con total transparencia velando por el bienestar general del territorio.

La descentralización territorial busca generar efectos en cómo se distribuyen y administran los recurso públicos entre el nivel nacional y las entidades territoriales, lo cual ha generado controversias pues no logra cumplir el objetivo de auto sostenerse y brindar calidad de vida a los habitantes, se supone que las entidades territoriales deben contar con plena capacidad de recaudo suficiente para cubrir las necesidades y problemáticas que se generan en su propio territorio, dado que en el país  “las entidades territoriales cuentan con funciones propias y autoridades para tomar las decisiones de su territorio, pero en la mayoría de los casos estos recursos son insuficientes”, además por el problema público de algunos territorios donde se encuentran los grupos armados que se toman las zonas como propias y hacen ellos su propias leyes sin permitir el progreso territorial.

Las malas administraciones generan desgaste en los recursos generados por los territorios, es el caso del daño ambiental generando efectos drásticos, según lo expone (uexternado.edu.co, 2017) generando “deforestación; captación y contaminación de aguas; vertimientos líquidos, sólidos y gaseosos; deslizamientos; contaminación auditiva, afectación de los ecosistemas, flora y fauna.”

Dentro de los niveles de entidades territoriales que posee la nación encontramos las siguientes:

  • Régimen Departamental: Son el primer nivel de unidad territorial, fueron establecidos en la constitución en el Articulo 297; Colombia se divide en 32 departamentos los cuales son directamente gobernados por la ciudad central -capital- de cada uno.

La persona encargada de ser voz de la presidencia del país para su departamento es el Gobernador; sobre quien recae la responsabilidad de tener control, orden y economía sobre los municipios que componen el departamento. En el art 299 de la Constitución Política se indica que el gabinete debe estar conformado en cabeza por el Gobernados y por mínimo 11 máximo 31 personas y luego en el art 303 se nos indica que el Gobernador será elegido popularmente cada 4 años y que no puede acceder una reelección.

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