Actitudes Y Prácticas Democráticas De La Persona Joven Como Ciudadano.
andrevc9119 de Octubre de 2012
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3. Estado de derecho es decir que existe una Carta Magna o Constitución Política de la cual emanan un conjunto de leyes cuyo objetivo fundamental consiste en garantizar los derechos de todas las personas sin discriminación alguna.
4. Sala Constitucional y la Defensoría de los Habitantes.
5. Violación de los derechos humanos:
6. Todas las personas tienen derecho a oportunidades, sin importa su condición social, su nacionalidad o su edad, esto debido a nuestros derechos y ante la Ley.
7. Código de Trabajo: esta ley nos llamo la atención ya que le brinda protección especial al trabajador, le muestra sus deberes y les enseña a hacer valer sus derechos.
8. Laudo: Resolución dictada por un árbitro. Resuelve definitivamente el conflicto y tiene fuerza ejecutiva ante los órganos judiciales.
Deliberación:
Consenso: es un término que procede del latín consensus y que hace referencia al acuerdo que se alcanza por el consentimiento entre un grupo o varios grupos.
Dialogo: es una conversación entre dos o más personas, que manifiestan sus ideas o afectos de forma alternativa. Es este sentido un dialogo es también una discusión o trato en busca de avenencia.
Negociación: se puede definir como el proceso mediante el cual dos o más personas buscan llegar a un acuerdo respecto a un asunto determinado. Es tratar de alcanzar un objetivo mediante el acuerdo con la otra parte.
Conciliación: se denomina conciliación al acuerdo entre dos posturas que estuvieron encontradas en el pasado. Las relaciones interpersonales que se derivan de la convivencia social acarrean conflictos en numerosas oportunidades. La permanencia en sociedad requiere que se busquen y se asumen continuamente actitudes y posturas que sean convenientes y beneficiosas para todas las partes que intervienen.
Arbitraje: entendemos por arbitraje a la tarea o actividad de resolver o intervenir en pos de la resolución de determinado tipo de situaciones que necesitan de la presencia de terceras partes. Normalmente, el arbitraje (sea este del tipo que sea) es necesario cuando las partes involucradas en tal situación, fenómeno o momento especifico tienen intereses opuestos y por tanto es recomendado la participación de una tercera parte que actué objetivamente y según lo que indiquen las leyes, estatutos o normativas del caso.
Mediación: puede ser analizada como un proceso negocial estratégico, estructurado y con desarrollo en el plano del discurso, dirigido por un tercero neutral sin potestad para atribuir, que busca opciones que proporcionen una razonable satisfacción a los actores de una relación social con objetivos total o parcialmente incompatibles.
***9. Democracia es un Estado de derecho donde las autoridades están sujetas al imperio de la ley por mecanismos horizontales y verticales de rendición de cuentas. Desde esta perspectiva las instituciones protegen y promueven los derechos civiles, políticos y sociales de las personas.
10. Consiste en las capacidades de las instituciones de los poderes del Estado pedirse cuentas entre si, de estar obligadas a darlas y que lo que resulte de ello, tenga efectos en la gestión democrática.
11.
El Tribunal Supremo de Elecciones.
Los Poderes del Estado.
La Sala Constitucional.
La Defensoría de los Habitantes.
La Contraloría General de la República.
El Tribunal Ambiental Administrativo.
La Procuraduría General de la República: el abogado del Estado.
El Sistema Nacional de Evaluación (SINE).
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP).
La Defensoría del Consumidor.
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