Análisis de sentencia
matheline novoaTarea2 de Abril de 2020
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Identificación del Tribunal
Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela
Número de la causa
- Mediante acuerdo publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.816,
Las partes intervinientes en el Proceso
- Ciudadana MARJORE A.V.V Madre del Niño,
- El Abogado M.U., por el inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado quien representa a la Madre del Niño
- La Directora de la Oficina de Registro Civil del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda
- La abogada S.J.R.H., inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado Representada
- La ciudadana J.A.R.G. Abuela Paterna del Niño representada por
- La abogada H.V.U quien es Defensora Pública Segunda en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y representa a la Abuela Paterna del Niño
Ubicar la Valoración Jurídica (Axiología) en los Hechos y en el Derecho fundamentado en la misma van identificar los siguientes aspectos:
Identificar la fundamentación en la Norma Jurídica.
- Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
- Código de Procedimiento Civil
- Ley Orgánica de Registro Civil
- Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
- La Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República
Identificar las Características de la Valoración Jurídica según el contexto de la Sentencia.
- Solicitud del juicio de nulidad de partida de nacimiento del niño en cuestión
- Se interpone una apelación de la parte demandada y de la Defensora Pública Décima en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quien actúa en representación del niño, en sentencia publicada el 6 de mayo de 2015, declaró sin lugar el recurso de apelación diferido propuesto por la parte actora contra los autos de fechas 21 de febrero y 26 de junio de 2014
- Solicitud de reconocimiento voluntario por parte del padre ante el Registro Civil
- Se le dio un sentido distinto a la norma en discusión cercena el sagrado derecho a la defensa ya que se deja en minusvalía a la parte afectada al no darle el estricto sentido que contiene la ley, restándole la convivencia familiar que conlleva la filiación paterna que se encuentra definida en el acta de fecha 7 de enero de 2013.
Identificar La Valoración Jurídica según la Clasificación de la Justicia.
- La Directora del Registro Civil del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, emitió una nueva acta de nacimiento, sin notificar a la madre del niño, sin importar siquiera tener la certeza de la filiación biológica del mismo; no tuvo como norte el interés superior del niño, ni el resguardo a las relaciones familiares
- No se dejó constancia de que la persona que debió ser señalada como padre para reconocer la paternidad del niño en el expediente abierto y en el Libro de Actas de Nacimientos respectivo no fue señalado como progenitor del niño
- No se garantizó el derecho a investigar la maternidad y la paternidad
- El Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio, dio una interpretación errónea del artículo 27 de la Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad
Identificar La Sanción.
- NULO el fallo recurrido
- No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión
Identificar en cual Clasificación de la Sanción pudiese estar.
- Pluscuamperfectae Es cuando, además de traer como sanción la nulidad de lo actuado, prescriben una pena para la persona que incurrió en la violación.
Identificar la Relación Lógica entre Coercibilidad, Sanción y Coacción.
La relación lógica en un Estado de Derecho, siendo este el único titular legítimo, tal actuación está completamente regulada mediante normas que contienen prohibiciones, con sanciones en el supuesto de que sean incumplidas. Así, para que una norma sea considerada legal, ha de ir acompañada de un poder coercitivo, y en caso de incumplimiento, este tendrá que suponer una medida coactiva. Es la forma de aplicar la norma jurídica.
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