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CONTADOR PUBLICO. Alcances y Limitaciones

Glenda MartínezTarea22 de Octubre de 2015

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Instructivo para contratar personal contable dentro de una empresa que desarrolle todas las actividades relacionadas a tributos

Introducción.

Se conoce como Contador Público, aquel profesional dedicado a aplicar, analizar e interpretar la información contable y financiera de una organización, con la finalidad de diseñar e implementar instrumentos y mecanismos de apoyo a las directivas de la organización en el proceso de Toma de decisiones. Se conoce también como aquel experto con formación universitaria en ciencias empresariales, con especial énfasis en materias y prácticas contable-financiero-tributaria-administrativas, auditoria externa e interna y servicios de asesoramiento empresarial.

Las funciones de un contador incluyen: la realización de un trámite (como conseguir una licencia o permiso), mantenerte al tanto con respecto a cambios en las leyes fiscales, asesoramiento para realizar las declaraciones mensuales y anual, orientación antes de realizar la compra de maquinaria o equipo, entre otras tareas.

Todo contador independiente debe tener conocimiento en el área de ventas, finanzas, administración, y dominar aspectos contables y fiscales, además de temas relacionados a relaciones públicas y personal. Y por supuesto, debe ser capaz de dar consejos útiles al dueño de un negocio para que la empresa marche por buen camino creando escenarios futuros congruentes.

Por ello, el proceso de selección del personal contable es una etapa muy importante y en la cual la administración de la empresa debe hacer un adecuado énfasis, ya que son los aspectos tributarios los que conducen al empresario a darle suma importancia a dicho proceso.

Como sabemos, es el Estado a través del ejercicio de su poder de imperio el que obliga a las empresas a entregar sus tributos con el propósito de obtener recursos y así cumplir sus fines. Por esta razón una de las actividades más importantes dentro de cualquier empresa, sin importar su tamaño, es el proceso de selección de personal contable adecuado para que este guíe al administrador a tomar las decisiones adecuadas en relación a los impuestos, tasas y contribuciones especiales que este debe pagar al momento de realizar determinada transacción, que van desde la constitución de la empresa misma.

Objetivo para Contratar un Contador

Principalmente se debe de hacer una entrevista para obtener el objetivo que se busca para contratar Contadores de acuerdo al perfil que se busca, Cuando se haya encontrado a la persona correcta, lo primero que se debe hacer es lograr que se familiarice con las operaciones del negocio, De entrada, permite que conozca el monto de facturación, el número de colaboradores que integran el equipo y explicarle el tipo de operaciones que se realizan comúnmente. 

Se define los mecanismos empresariales para seleccionar el personal contable idóneo para efecto de que laborare en la compañía en todas las actividades del ámbito tributario con el propósito de que se ejerza un autocontrol que nos permita minimizar el riesgo de incurrir en ilegalidades tributarias.

Alcances y Limitaciones

Alcances

El proyecto a ejecutar tiene como alcance encontrar el personal idóneo para el desarrollo del puesto a como contador de la empresa, teniendo en cuenta que el aspirante seleccionado cumpla con todas y cada una de las atribuciones que posteriormente se detallarán y que el empleo de sus conocimiento sea efectivo al momento de tomar las mejores decisiones en cuanto a la aplicación de las leyes tributarias.

Limitaciones

Disposición por parte de los aspirantes a seguir el proceso y tener la disposición de tiempo necesaria para su selección.`

El Contador Público deberá puntualizar en qué consistirán sus servicios y cuáles serán sus limitaciones. Cuando en el desempeño de sus trabajos el profesional se encuentre con alguna circunstancia que no le permita seguir desarrollándolo en la forma originalmente propuesta, deberá comunicar de inmediato esa circunstancia por escrito a su cliente

Responsabilidades del Puesto

Nombre del puesto:         Personal contable dedicado a la realización de todas las actividades relacionadas a los tributos de la empresa.

El seleccionado para el desempeño del puesto deberá estar en abierta comunicación con el empresario para ponerlo al tanto de los resultados tributarios obtenidos a partir de la información que este le traspasa a él para su especial proceso.

Los resultados que se esperan obtener por parte del personal seleccionado son que este sea un facilitador y que tenga el seguimiento adecuado a la aplicación de las disposiciones legales referentes al cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de la empresa con el propósito que se ejerza el autocontrol fiscal que permita realizar legalmente las acciones tributarias.

La selección del personal tendrá como base lo estipulado en los artículos 2 y 3 de la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría en la que hace costar que podrán ejercer la Contabilidad Pública los que tuvieren título de Licenciado en Contaduría Pública conferido por alguna de las Universidades autorizadas en El Salvador los que tuvieren la calidad de Contadores Públicos Certificados los que hubieren obtenido en Universidades extranjeras, título similar al expresado anteriormente y haber sido autorizados según el procedimiento que disponga el Ministerio de Educación para la incorporación correspondiente las personas naturales y jurídicas, que conformen a tratados internacionales pudieren ejercer dicha profesión en El Salvador; por haber otorgado en dichos instrumentos el mismo derecho a los Salvadoreños en su país de origen; las personas jurídicas conforme a las disposiciones de esta Ley. Quienes reúnan la calidad antes expresada, deberán cumplir los requisitos que esta Ley establece para ser autorizados a ejercer la contaduría pública.

Además para ejercicio de la contaduría pública será necesario que deba reunir la calidad expresados anteriormente, observar los requisitos siguientes: Ser de nacionalidad Salvadoreña; ser de honradez notoria y competencia suficiente; no haber sido declarado en quiebra ni en suspensión de pagos; estar en pleno uso de sus derechos de ciudadano y estar autorizada por el Consejo de conformidad a esta Ley.

Reclutamiento

La convocatoria para conseguir candidatos puede realizarse utilizando fuentes internas y externas, y entre estas podemos describir las siguientes:

  • Reclutamiento Interno, significa recurrir por un lado a la promoción interna del personal que ya labora en el empresa, a obtener referidos de los empleados, practicantes que estén o hayan estado colaborando anteriormente en puestos de contabilidad de la empresa, o recurrir al archivo de antiguos postulantes.
  • Reclutamiento externo, podemos recurrir a publicar anuncios escritos en prensa, portales de internet, tablero interno de anuncios, en la fachada de entrada a la empresa.

Recomendaciones:

  • Definir un plazo de cierre de recepción de solicitudes.
  • Publicar claramente en el anuncio las cualidades requeridas de los candidatos y siempre solicite, currículo, copia de títulos, diplomas, cartas de referencias y constancias de carencia de antecedentes policíacos y penales.

Filtrado inicial

Una vez recibidas las solicitudes es necesario hacer una filtrado o selección preliminar de las mismas, utilizando el criterio de clasificación por experiencia, conocimientos y habilidades.

Entrevista de Evaluación

Luego de la selección preliminar, se debe seleccionar a los candidatos, en una lista corta, que a juicio de la persona que estará realizando las entrevistas reúnan las mejores características para ocupar el puesto y luego invitarlos a una entrevista, la que se puede organizar de la siguiente forma:

  1. Entrevista preliminar: consiste en hacerle llenar al postulante una hoja de solicitud o empleo donde señale su información básica, y en tomarle una primera entrevista informal en la que pueda evaluar sus conocimientos, experiencia, actitudes, valores, preferencias.
  2. Prueba de conocimiento: consiste en tomarle una prueba oral y escrita, con el fin de determinar si cumple con los conocimientos necesarios para el puesto. Esta parte es de suma importancia porque le permitirá a la empresa tener al personal contable mejor capacitado para el puesto.
  3. Prueba psicológica: consiste en tomarle una prueba psicológica, con el fin de determinar su equilibrio emocional.

Se detallarán los requerimientos y funciones que debe desarrollar el contador dentro de la empresa y los cuales deberá realizar al momento de que se presenten las actividades relacionadas a temas tributarios y a los que específicamente se dedicará.  Es importante mencionar que para la elaboración de la prueba de conocimientos en la etapa de la entrevista se tomen todos y cada uno de los enunciados en cuenta ya que de esto depende el cumplimiento de cada una de las atribuciones.

  1. El Licenciado en Contaduría Pública o Contador Público Certificado nombrado para emitir dictamen e informe fiscal conforme a lo establecido en el Código Tributario en su artículo 137, deberá poseer registro vigente asignado por el Consejo de Vigilancia de la Contaduría.

  1. Capacidad para elaboración de formulario que detalle el inventario físico ante la Administración Tributaria, según lo dispuesto en el artículo 142 inciso 5 de Código Tributario (CT).
  1. Debe tener un número de acreditación que les asigne el Ministerio de Educación o en su caso, el que asigne el Consejo de Vigilancia de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoría mencionado en el artículo 149 B de CT.
  1. Los contadores que presten servicios para efectos tributarios están obligados a cumplir los requisitos técnicos y las leyes tributarias, establecido en el artículo 149 C del CT.
  1. Debe tener conocimientos de que esta encargado acreditar el número de contador autorizado en los contratos o cartas oferta de prestación de servicios que suscriba, declaraciones tributarias, formularios y demás documentos que por la naturaleza del servicio que realiza deban presentarse a la Administración Tributaria (art. 149 C CT).
  1. Compromiso de firmar los estados financieros del sujeto pasivo que se preparen a partir de las cifras de la contabilidad formal, o en su caso preparados a partir de las cifras de los registros especiales de los sujetos pasivos no obligados a llevar contabilidad formal.
  1. Responsabilidad de firmar la hoja de los libros del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, en la cual conste el total de las operaciones.
  1. Debe informar trimestralmente a la Administración Tributaria las autorizaciones que hayan efectuado de Sistemas Contables, libros legales de contabilidad y libros o registros de control del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, ya sea que éstos se lleven por medio de hojas sueltas o libros empastados, así como las certificaciones e informes emitidos sobre modificaciones a los libros legales, auxiliares y registros especiales, dentro de los primeros diez días hábiles de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año. La Administración Tributaria establecerá los formularios, medios y las especificaciones técnicas para el cumplimiento de la presente obligación. (art. 149 C CT).
  1. Debe saber aplicar el Código de Ética Profesional de los Contadores Públicos para efectos tributarios, y debe ser cumplido por los contadores, inclusive aquellos con Título de Bachiller o de Técnico Vocacional, con especialidad en contabilidad reconocidos por el Ministerio de Educación (art. 149 C CT).
  1.  Capacidad para planear su trabajo y en el caso de tener auxiliares que le apoyen, los supervisará oportuna y adecuadamente con el fin de adquirir los elementos de juicio suficientes y constatar que el proceso es el adecuado.
  1.  Competencia para efectuar un estudio y evaluación del sistema de control interno del contribuyente que le permita determinar las áreas de riesgo fiscal, el alcance y naturaleza de los procedimientos de auditoría que habrán de realizarse.
  1.  Debe firmar los estados financieros a presentar y que serán los que establecen las Normas Internacionales de Contabilidad, los que se acompañaran de las respectivas notas necesarias de acuerdo a las circunstancias y actividades que desarrollan los contribuyentes que ameriten ser reveladas de acuerdo a la Norma referida. Esto según el artículo 66 del Reglamento de Aplicación del Código Tributario (RACT).
  1.  Debe tener un estricto orden de la contabilidad formal y los registros especiales a que se refieren los artículos 139, 140, 141 y 142 inciso primero del Código Tributario, de tal manera que un tercero experto en materia contable o auditoría pueda deducir de ellos en un período de tiempo adecuado, una visión general de las operaciones relacionadas con los tributos y de la situación patrimonial y tributaria del sujeto pasivo. Esto está dispuesto en el artículo 73 del RATC.
  1.  Según el art. 74 del RATC Las anotaciones en la contabilidad formal, registros auxiliares y registros especiales deberán asentarse en el orden cronológico que se vayan realizando las operaciones y efectuarse de manera tal, que sea posible establecer el origen y desarrollo de tales operaciones. Los libros o registros auxiliares o especiales, se llevarán en libros empastados y foliados en forma correlativa e identificada apropiadamente.
  1.  Deberá registrar las operaciones en forma separada diferenciando unas y otras, de acuerdo al art. 76 del RATC y también deberá registrar separadamente las operaciones gravadas, no gravadas, exentas y no sujetas al tributo e identificar los costos, gastos, y créditos fiscales relacionados con cada tipo de operación o actividad, con el objeto de determinar correcta del tributo que corresponde a cada una de ellas.
  1.  Debe asegurar el registro total de las operaciones, actos o actividades y garantizar que se asienten correctamente mediante los sistemas de control y verificación internos necesarios; como lo dice el art. 78 del RACT.
  1.  Identificar cada operación relacionándolas con la evidencia comprobatoria, de tal forma que aquellos puedan identificarse con los distintos tributos, incluyendo las operaciones no sujetas al tributo por la Ley respectiva (art. 78 RATC).

Confirmación de Referencias.

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