CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL
luciayjuandiego23 de Octubre de 2012
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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL
Conste por el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL que celebran de una parte el Señor Arnaldo Santiago Muñoz Arrivasplata; identificado con DNI. Nº 20993080, y en representación de su esposa Sra. Emilia Mirla Macedo de Muñoz, identificada con DNI Nº 20961060, con domicilio en la Urb. Palomares Block “F” 15 Rímac- Departamento- Lima, a quien en adelante se le denominara EL ARRENDADOR y de la otra parte Christian García Chuque, con domicilio en la Urb. Huaquillay, Jr. Simón Bolívar Nº 385 Distrito de Comas departamento de Lima, identificado con DNI Nº 40061608, a quien en adelante s le denominara EL ARRENDATARIO, en los términos contenidos en las clausulas siguientes.
PRIMERO.- EL ARRENDADOR es propietario del inmueble ubicado en la Urb. San Diego Mz. K2 Lt. 23 Distrito de San Martin de Porres, - Provincia y Departamento de Lima.
SEGUNDO.- EL ARRENDADOR, da en alquiler el inmueble ubicado en la Urb. San Diego Mz. K2 Lt. 23 Distrito de San Martin de Porres, - Provincia y Departamento de Lima, de un área aproximando de 60 m^2, (local comercial) con 2 puertas enrollables, asignado con el numero 23-23A para uso exclusivo de panadería, pastelería y a fines.
TERCERO.-por el presente contrato EL ARRENDADOR se obliga a acceder el uso del bien descrito en las clausula Primera a favor de EL ARRENDATARIO a titulo del arrendamiento. Por su parte EL ARRENDARATIO se obliga a pagar a EL ARRENDADOR, el monto del arriendo pactado en la clausula siguiente. En la forma y oportunidades convenientes.
CUARTO.- las partes acuerdan que el monto de arriendo mensual que pagara EL ARRENDATARIO en calidad de contraprestación por el uso del bien asciende a la suma de S/. 1,100.00 (mil cien 00/100 nuevos soles), en la forma y oportunidad a que se refiere la Cláusula siguiente, dicho importe se desembolsara contra la presentación del recibo o comprobante de pago respectiva por parte del ARRENDADOR.
QUINTO.- la forma de pago del arriendo será por mensualidad que EL ARRENDATARIO pagara en el domicilio de EL ARRENDADOR, el 05 de cada mes.
SEXTO.- EL ARRENDATARIO a la firma del presente contrato entrega a EL ARRENDADOR, la suma de S/. 3,300.00(tres mil trescientos y 00/100 nuevos soles) por el concepto de 2 meses de garantía y un 1 mes de pago por adelantado de arriendo, EL ARRENDADOR entregara un recibo o comprobante de pago por dicho importe.
SETIMO.- el plazo de duración del presente contrato es de tres años renovables según acuerdo de ambas partes, indicando su vigencia a partir del 05 de julio del 2012 y terminando el 05 de julio del 2015.
OCTAVO.-de común acuerdo las partes declararan que en caso que EL ARRENDATARIO o EL ARRENDADOR decidiera rescindir del presente contrato unilateralmente queda la otra parte obligando a reconocer todos los daños y perjuicios que ocasione dicha decisión, así mismo cualquiera de las partes deberán comunicar la decisión por escrito con un periodo mínimo de 60 días de anticipación.
Asimismo se debe precisar las mejoras necesarias internas del local que a partir de la firma del presente contrato lo realice EL ARRENDATARIO, correrá a su cuenta.
NOVENO.- EL ARRENDATARIO se obliga a pagar puntualmente el monto del arriendo en forma oportuna y el lugar pactado, con sujeción a lo convenido y las clausulas cuarta y quinta; asimismo EL ARRENDADOR y ARRENDATARIO se encuentran prohibidos de transferir, sub- arrendar u otra modalidad a otras personas, bajo pena causal de resolución inmediata del contrato y la desocupación del inmueble.
DECIMO.- asimismo EL ARRENDATARIO está obligado a pagar el importe de los servicios públicos, tales como Agua, luz y baja policial; EL ARRENDADOR correrá con el pago del impuesto predial
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