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CONVERGENCIA DE NORMAS JURIDICAS Y EL CONFLICTO DE LEYES


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2020  •  Ensayos  •  1.287 Palabras (6 Páginas)  •  516 Visitas

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CONVERGENCIA DE NORMAS JURIDICAS Y EL CONFLICTO DE LEYES

A lo largo del tiempo el hombre ha tenido la necesidad desarrollar métodos para poder facilitar y así poder comprender de mejor manera la función que tiene el Derecho, se dice que históricamente el surgimiento de los métodos han siso ubicados en la Grecia clásica sigo V a.C., es a partir de la escuela italiana de los glosadores y de los pos glosadores cuando se inicia el tratamiento sistemático de los métodos.

En primera instancia tenemos el método tradicional, el cual intenta resolver un problema que tiene que ver con el tráfico jurídico internacional, esto por medio de normas que actúen de forma indirecta.

Para este mismo método el autor Romeo Prado, lo define como “el conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto o fin determinar cuál es la jurisdicción competente o la ley que debe aplicarse en caso de concurrencia simultanea de dos o más jurisdicciones o de dos o más leyes, en el espacio, que reclaman su observancia.” (Apunte Convergencia de Leyes).

Dicho de otra manera es un procedimiento mediante el cual de manera indirecta se trata de solucionar un problema derivado del tráfico jurídico internacional o interestatal en el ámbito nacional, con la aplicación del derecho que dará la respuesta directa.

En esta parte concuerdo con el autor en el sentido de que debemos determinar una ley que sea la que rija todo el curso que tiene que llevar una resolución de un conflicto. Aunque este método es muy antiguo es uno de los más utilizados Este método además de ser el más antiguo es uno de los más usados, tiene tres formas en las cuales se pueden resolver, el primero es llamado lex fori, el segundo les causae, y el tercero método comparativo, supone tres tendencias, el primero es llamado supranacionalita, el segundo internista o territorialista y la última llamada autonomía.

También tenemos un concepto llamado "Fraude de ley" que es referido a que una persona fraudulentamente consigue colocarse en una situación en la que pueda involucrar a su ventaja las leyes de un país extranjero a las que normalmente no hubiera podido recurrir. Haciendo referencia al sistema de método tradicional podemos decir que de igual forma nos indica un punto de contacto para que se lleven a cabo los actos jurídicos.  Con respecto a este método, puedo decir que los autores principalmente buscan una forma más fácil de resolver conflictos sin necesidad de llevarlo a cabo en ambos países conflictuados sino más bien escoger un punto de contacto entre ellos donde las leyes que se aplican en el otro país fueran válidas en el país que se reside, para poder así llegar a un acuerdo, y resolverlo lo más rápido posible sin perder tanto tiempo.   

Por otro lado tenemos las normas de aplicación inmediata, las cuales tienen como objetivo el resolver un problema de manera directa, estas normas tienen la naturaleza de excluir cualquier otro recurso, también son llamadas normas auto limitantes o de aplicación necesaria, al ser de origen interno siente que hacen referencia a que no se ayudan de algunas otras leyes, es decir no se produce como consecuencia de las normas de conflicto, limitan que algún derecho que tengan en un país extranjero, sea incapaz de ser favorable para el sujeto sin importar que este estrechamente vinculado, esto puede ser poco benéfico en el caso de que en cierto caso, en el país extranjero eso sea algo legal y solo sea un error, aunque cuando viajas a un país extranjero es necesario que conozcas sus leyes sus reglas y lo que es prohibido para evitar meterte en algún tipo de conflicto, de igual forma al tratarse de negocios.

 Su ámbito de aplicación es únicamente por el legislador estatal que las promulga y que va interesado solo por su propio sistema jurídico, sin importarle los demás, es por ello por lo que se le llaman unilaterales. Además de ser territorial, el ámbito también suele ser personal, esto significa que carece de importancia que esté restringidas a personas o hechos que los vinculen a un solo territorio o por el contrario que no se relacionen en nada con ese territorio. Estas normas son excepcionales cuando se trata de instituciones tradicionales en el derecho privado, pues son territorio privilegiado para el funcionamiento de estas.

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