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Concepto de derecho administrativo.


Enviado por   •  10 de Enero de 2017  •  Síntesis  •  1.324 Palabras (6 Páginas)  •  256 Visitas

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Marcos Rodríguez Rodríguez

2º / Turno de tarde

CONCEPTO DE DERECHO ADMINISTRATIVO

        El derecho administrativo es una rama del Derecho que se interna bajo la variante de carácter público del mismo. Su función principal es la de regular la Administración Pública como complejo orgánico, al igual que su organización y funcionamiento, y las relaciones jurídicas que se establecen entre esta y los administrados (estos son los sujetos pasivos de las potestades administrativas y sujetos activos de pretensiones frente a aquéllas) con motivo del ejercicio de la función administrativa o de alguna actividad administrativa.

        Se trata de una rama de Derecho público, en tanto que no es un mero complejo de normas, sino una rama del conocimiento o disciplina científica, la que estudia ese complejo normativo; dentro de la distinción entre derecho público y privado, forma parte del primero.

        Cuando se habla de que el Derecho Administrativo regula la organización y funcionamiento de la Administración Pública debe recordarse aquí que la función administrativa es toda la actividad que realizan órganos administrativos, y la actividad que realizan los órganos legislativos y jurisdiccionales, excluidos, respectivamente, los actos y hechos materialmente legislativos y jurisdiccionales. Por lo tanto, el derecho administrativo estudia toda la actividad que realizan órganos estructurados jerárquicamente o dependientes de un poder superior, y también la actividad del Congreso que no sea materialmente legislativa, y de órganos independientes (jueces) que no sea materialmente jurisdiccional

        Y, por último, cuando en la definición se establece que una de las funciones principales del Derecho Administrativo es la de regular las relaciones jurídicas que se establecen entre la Administración Pública y los administrados, es necesario añadir que el Derecho Administrativo de un Estado de Derecho considera esencial la protección  judicial del administrado frente al ejercicio ilegal o abusivo de la función administrativa, dando una especial protección judicial al individuo para compensar así las amplias atribuciones que se otorgan a la administración, y remarcando el necesario control judicial sobre la actividad administrativa, sin dejar zonas o actos excluidos del mismo.

        Las principales características que revisten el derecho administrativo, son las siguientes:

  1.  Derecho Estatuario. Según García de Enterría, el derecho administrativo es un derecho estatuario por cuanto regula la Administración Pública en cuanto persona o sujeto (status personae). Este autor pone de ejemplo del derecho canónico que regula personas jurídicas y personas físicas, definiendo a la Iglesia Católica y a la Sede apostólica como personas morales (o jurídicas).
  2. El derecho administrativo es parte del derecho público interno.
  3. Autonomía. Se dice que el derecho administrativo es autónomo. Desde este punto de vista lo que se pretende establecer es que esta rama del derecho para llenar sus lagunas acude a las normas y principios de su propio campo jurídico; recurriendo en situaciones de escasez legislativa a otras ramas del derecho.
  4. Equilibrio entre libertad y autoridad. Se dice que debe existir un equilibrio entre las libertades, garantías y derechos de los administrados y el poder del Estado. Esto se trata de un conflicto permanente y sin respuesta inmediata. En la práctica el equilibrio deseado no funciona con plenitud, por ello es que existe la jurisdicción contencioso-administrativa, la cual soluciona los conflictos entre la Administración y el administrado.
  5. Derecho político. Entre las diversas y posibles definiciones de la política está aquella que señala que atañe a las relaciones, estructuras y consecuencias del Poder. En el plano legal, las relaciones que se establecen entre la Administración y el administrado son jurídicas, pero políticas en su contenido, pues el Estado es Poder Político en su más clara expresión y su actuación primariamente es política.
  6. Carácter contingente. Como ha señalado García de Enterría la producción de normas de carácter administrativo reguladoras de la actuación de las Administraciones Públicas es inmenso y no tiene comparación alguna con las normas de Derecho privado que tienen una gran estabilidad.

El Derecho Administrativo tiene una importancia superior en materia de

fuentes  con respecto a otras disciplinas. La razón de esto reside en que la Administración no sólo es como los restantes sujetos del Derecho, un destinatario obligado por las normas jurídicas, sino que es, además, un protagonista importante en su elaboración y puesta en vigor. Esta participación de la Administración en la creación del Derecho se manifiesta de tres formas:

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