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Contrato como un acto jurídico


Enviado por   •  12 de Julio de 2011  •  Monografías  •  6.316 Palabras (26 Páginas)  •  1.696 Visitas

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CONTRATO

DEFINICION:

Se puede definir como un acto jurídico; que por lo tanto debe ser humano, lícito, consciente o voluntario; entre partes y respecto a una cosa determinada. Así mismo; genera obligaciones entre las mismas; siendo por consiguiente bilateral o multilateral.

Son elementos de los contratos, la capacidad, el consentimiento, la causa, la forma y el objeto.

Capacidad: Que lo que se contrata tenga capacidad de goce y capacidad de ejercicio. En pocas palabras, que sea utilizable.

Consentimiento: Es el punto de concurrencia entre las partes; previene una aceptación entre lo que se quiere y se da a cambio.

Causa: En lo que respecta a los contratos onerosos se entiende como lo que se entrega en promesa o cambio; mientras que en los de pura beneficencia, la mera liberalidad del bienhechor.

Forma: Se refiere a la formalidad que requiere la acción para poder resultar válida.

Objeto: En sí, es sobre lo que recae el contrato; tiene que ser determinado o determinable y es propiamente lo que una parte desea y está dispuesta a pagarle a la otra.

2Así mismo, los contratos se pueden clasificar en:

- Unilaterales y Bilaterales: En ambos se dan un acuerdo de voluntades entre dos partes; la diferencia radica, es que en los primeros, una parte se ve obligada frente a la otra; mientras que en los segundos, ambas partes se obligan por igual.

- Onerosos y gratuitos: El primero, genera gravámenes y beneficios recíprocos, donde hay un beneficio equivalente para cada miembro en la relación; mientras que el segundo; únicamente genera gravamen para uno de los dos miembros, brindándole beneficio al otro miembro en la relación.

- Conmutativos y aleatorios: El primero, es en que las prestaciones se generan con inmediatez; mientras que los segundos se basan en una expectativa o esperanza de derecho; como por ejemplo, cuando se compra una cosecha; hay incertidumbre entre si se obtendrá la ganancia que se espera; o cuando se realiza una apuesta.

- Principales y accesorios: Los principales son los que dependen de si mismos para existir; mientras que los accesorios dependen del principal y corren con su misma suerte; también se les llama de garantía; por ejemplo, una hipoteca, donde el principal.

CUASICONTRATOS

DESARROLLO HISTORICO DEL CUASICONTRATO

La teoría del cuasicontrato no obstante su origen romanista fue desarrollado por los comentaristas de las instituciones. Ciertas obligaciones que nacen del acuerdo de voluntades y otras que parecían tener su origen sin que exista ese acuerdo, es decir, por disposición de la ley. Fue mas tarde cuando se llego a precisar que la fuerza obligatoria no provenía directamente de la ley, sino del hecho de que alguien, sin mandato y sin estar obligado , se encargue de un asunto ajeno, o de que una persona cumpla por error una obligación que no es a su cargo o no lo es frente al que recibe el pago, fue entonces cuando la doctrina reconoció que una o varias personas podían contraer obligaciones como consecuencia de una situación jurídica creada por la ejecución de un hecho licito voluntariamente ejecutado, que el derecho objetivo deriva de una determinada relación jurídica. Afirma Baudry proviene la obligación cuasi ex contractu, no había mas que un paso este fue dado rápidamente”. Es decir la gestión sin mandato de negocios ajenos, el pago de lo no debido, la captación del cargo de tutor, como un hecho voluntario o la aceptación de herencia frente al legatario, son las causas o las fuentes de las obligaciones que nacen de estos hechos jurídicos, fuente independiente de obligaciones. A partir del siglo VI se empezó a denominar cuasicontrato a la figura jurídica en su conjunto y a la vez, se siguió empleando la locación para aludir a la fuente o hecho generador de la obligación.

EL CUASICONTRATO

La palabra cuasicontrato en los institutos de Justiniano (titulo XXVII) designa a “aquellas obligaciones que no nacen propiamente de un contrato. Sino que, no tomando su fundamento en un delito, parecen nacer como de un contrato” (cuasi ex contractu)

Los cuasicontratos se caracterizan por:

Cuasicontrato en una de las fuentes de las obligaciones que consiste en un hecho voluntario de la persona que se obliga, lícito, de carácter no convencional que produce obligaciones.

Aunque podría prescindirse de esta noción de cuasicontrato, sin que por ello sufriera la teoría de las obligaciones, la noción de cuasicontrato, ofrece utilidad para distinguir aquellas obligaciones que toman nacimiento de la voluntad de los particulares(contrato y declaración unilateral de voluntad) y aquellas que nacen por disposición de la ley sin intervención de la voluntad del obligado (obligaciones legales propiamente tales), existe una categoría, las que se presentan en virtud de un hecho voluntario, pero que necesitan para engendrar la relación obligatoria, mas que la sola declaración de voluntad, la que debe ir acompañada de la ejecución de uno o varios hechos. No se imponen al sujeto por la sola disposición de la ley (voluntad del legislador), sino que requieren necesariamente la realización de un hecho lícito previsto en la ley querido por el sujeto que lo ejecute.

Así pues los cuasicontratos se caracterizan por el dato negativo de no ser contratos, sino fundamentalmente porque las obligaciones que de ellos derivan nacen de un hecho licito en el que interviene la voluntad del hombre y que ha sido previsto por la ley, para engendrar derechos y obligaciones, a favor y a cargo de quien lo ha querido y además lo ha ejecutado.

Así ocurrió en los tres principales cuasicontratos que regula el Art. 2,036 Código civil: L a agencia oficiosa, el pago de lo no debido y la comunidad.

A continuación se indica refiere a los cuasicontratos:

• EL CUASICONTRATO DE AGENCIA OFICIOSA O GESTION DE NEGOCIOS AJENOS

Por este cuasicontrato el que administra sin mandato los negocios de alguna persona, se obliga para con esta, y la obligación en ciertos casos. Ejemplo: José es dueño de una finca de café y su amigo Antonio sabiendo que José esta de viaje, ejecuta el hecho de fumigar la plantación de café, porque esta había sido invadida de determinados insectos. Antonio administra sin mandato, pues José no

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