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Convención De Viena Sobre Derecho De Los Tratados


Enviado por   •  23 de Octubre de 2013  •  Exámen  •  2.075 Palabras (9 Páginas)  •  550 Visitas

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TALLER: CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE DERECHO DE LOS TRATADOS, VIENA, 1969 (VIENA I)

1. ¿Qué dice el preámbulo en cuanto a los fines de la Convención?

R// El preámbulo dice que los fines de la Convención serán contribuir a la consecución de los propósitos de las Naciones Unidas enunciados en la Carta, que consisten en mantener la paz y la seguridad internacionales, fomentar entre las naciones las relaciones de amistad y realizar la cooperación internacional; Afirmando que las normas de derecho internacional consuetudinario continuaran rigiendo las cuestiones no reguladas en las disposiciones de la Convención.

2. ¿Cuál es el ámbito de aplicación de la Convención de Viena I? ¿a qué no se aplica esta Convención?

R// La Convención se aplica a los tratados entre Estados, solo se aplicara a los tratados que sean celebrados por Estados después de la entrada en vigor de la Convención con respecto a tales Estados.

La Convención no se aplica ni a los acuerdos internacionales celebrados entre Estados y otros sujetos de derecho internacional o entre esos otros sujetos de derecho internacional, ni a los acuerdos internacionales no celebrados por escrito.

3. ¿Qué entiende la Convención por tratado?

R// La convención entiende por tratado un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular.

4. ¿Qué son plenos poderes? ¿Quiénes no necesitan acreditar plenos poderes?

R// Se entiende por plenos poderes un documento que emana de la autoridad competente de un Estado y por el que se designa a una o varias personas para representar al Estado en la negociación, la adopción o la autenticación del texto de un tratado, para expresar el consentimiento del Estado en obligarse por un tratado, o para ejecutar cualquier otro acto con respecto a un tratado.

No necesitan acreditar plenos poderes:

a) los Jefes de Estado, Jefes de Gobierno y Ministros de relaciones exteriores, para la ejecución de todos los actos relativos a la celebración de un tratado;

b) los Jefes de misión diplomáticas, para la adopción del texto de un tratado entre el Estado acreditante y el Estado ante el cual se encuentran acreditados;

c) los representantes acreditados por los Estados ante una conferencia internacional o ante una organización internacional o uno de sus órganos, para la adopción del texto de un tratado en tal conferencia. Organización u órgano.

5. ¿Qué se entiende por Estado Parte?

R// Se entiende por estado parte a un Estado que ha consentido en obligarse por el tratado y con respecto al cual el tratado está en vigor.

6. ¿Qué se entiende por Estado negociador?

R// Se entiende por un Estado negociador un Estado que ha participado en la elaboración y adopción del texto del tratado.

7. ¿Qué se entiende por Estado contratante?

R// Se entiende por Estado contratante un Estado que ha consentido en obligarse por el tratado, haya o no entrado en vigor el tratado.

8. ¿Qué se entiende por tercer Estado?

R// Se entiende por Tercer Estado un Estado que no es parte en el tratado.

9. ¿De qué manera se puede autenticar un tratado?

R// Un tratado se puede autenticar:

a) mediante el procedimiento que se prescriba en él o que convengan los Estados que hayan participado en su elaboración; o

b) a falta de tal procedimiento, mediante la firma, la firma "ad referéndum" o la rúbrica puesta por los representantes de esos Estados en el texto del tratado o en el acta final de la conferencia en la que figure el texto.

10. ¿Cuáles son las formas de manifestación del consentimiento? Enunciarlas.

R// Las formas de manifestación del consentimiento son:

• Mediante la firma.

• El canje de instrumentos que constituyan un tratado la ratificación.

• La aceptación.

• La aprobación o la adhesión.

• ó en cualquier otra forma que se hubiere convenido.

11. ¿Qué es la ratificación?

R// Se entiende por ratificación el caso, el acto internacional así denominado por el cual un Estado hace constar en el ámbito internacional su consentimiento en obligarse por un tratado.

12. ¿Qué es la adhesión?

R// Se entiende por adhesión el caso, el acto internacional así denominado por el cual un Estado hace constar en el ámbito internacional su consentimiento en obligarse por un tratado.

13. ¿Qué es una reserva?

R// Se entiende por reserva una declaración unilateral, cualquiera que sea su enunciado o denominación, hecha por un Estado al firmar, ratificar, aceptar o aprobar un tratado o al adherirse a él, con objeto de excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado en su aplicación a ese Estado.

14. ¿En qué momento se pueden formular las reservas?

R// Un Estado podrá formular una reserva en el momento de firmar, ratificar, aceptar o aprobar un tratado o de adherirse al mismo,

15. ¿Cuándo no proceden las reservas?

R//

a) que la reserva este prohibida por el tratado.

b) que el tratado disponga que únicamente pueden hacerse determinadas reservas, entre las cuales no figure la reserva de que se trate.

c) que, en los casos no previstos en los apartados a) y b), la reserva sea incompatible

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