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Cuerpo Consular De EL SALVADOR


Enviado por   •  22 de Abril de 2014  •  3.542 Palabras (15 Páginas)  •  287 Visitas

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EL CUERPO CONSULAR DE EL SALVADOR:

Servicios Consulares

 Poderes legales:

Autorización de salida de menores.

Todo menor de edad que tenga que salir de El Salvador deberá portar pasaporte. Para viajar, de igual manera deberá acompañarse de un Permiso de Salida autorizado por los padres o por alguno de ellos.

Requisitos:

1. Partida de nacimiento del menor en buen estado y legible.

2. Pasaporte del menor.

3. Documento de identidad de los padres vigentes (DUI o Pasaporte)

4. Datos del Pasaporte de la persona con la que viaja el menor.

Es importante tomar en cuenta que:

1. La autorización de salida de menor tiene una validez de un año.

2. Para que las autoridades de la Dirección General de Migración y Extranjería reconozcan la autorización, ésta debe estar debidamente autenticado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Otras escrituras públicas:

Que pueden ser para:

1. Reconocimiento de hijo

2. Cesión de derechos hereditarios o sobre inmuebles

3. Donaciones (requiere de testigos)

4. Escrituras de Identidad (requiere de testigos)

Pasaporte salvadoreño, Documento único de Identidad (DUI) o licencia de conducir vigentes.

Poder especial:

Se recomienda cuando el poderdante requiere que el apoderado lo represente en su nombre y representación únicamente ante una gestión específica.

Por ejemplo:

1. Para venta de propiedad: debe relacionarse la descripción del inmueble y el número con el cual está registrado en el Registro de la Propiedad. Además se debe solicitar la copia de la escritura.

2. Para transacciones bancarias, cuentas de ahorro, certificados de depósito y otros.

3. Para solicitar NIT.

4. Para venta de vehículo u otros.

Pasaporte salvadoreño, Documento Único de Identidad (DUI) o licencia de conducir vigentes.

Poder general administrativo:

Se recomienda cuando el poderdante requiere que el apoderado administre toda clase de bienes muebles e inmuebles, negocios etc., que posea el poderdante. Este tipo de poder se utiliza por ejemplo, para el arrendamiento de vivienda o manejo de cuentas bancarias.

Requisitos:

1. Pasaporte, Documento Único de Identidad o licencia de conducir salvadoreña.

2. La escritura de la propiedad, o bien, la certificación extractada o literal expedida por el Centro Nacional de Registros o por el Registro de la Propiedad de Raíz del lugar en donde está situado el inmueble.

El Poder General Administrativo puede contener las siguientes cláusulas especiales:

1. De compra de propiedad

2. Para hacer alguna indagación en el Registro de la Propiedad

3. Para escriturar una propiedad que se había comprado a plazos y ya se terminó de cancelar

Para cancelación de hipotecas.

4. Para iniciar trámites de pensiones o de cualquier naturaleza ante el INPEP, ISSS, AFP o IPFSA.

5. Para arrendamiento de propiedades o solicitud de servicios básicos, de agua, teléfono y alumbrado eléctrico.

Es importante tomar en cuenta que:

1. El poder tiene un costo de $40.00 dólares.

2. Adicionalmente, para que un acto notarial realizado en una Representación Consular surta efecto en El Salvador, éste tiene que ser autenticado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en cualquiera de sus sucursales. La auténtica tiene un costo de US $5.00.

3. Es indispensable que la persona que va a otorgar el poder sea mayor de edad y cuente con DUI o pasaporte vigente.

4. Para obtener un poder es necesario hacer una cita.

Poder general judicial:

Se recomienda cuando el Poderdante requiere que el apoderado lo represente ante una institución pública o instancia judicial en diligencias de carácter civil, penal, familiar, administrativo, laboral, de tránsito etc., para comparecer en juicios en los que se requiera de su presencia como por ejemplo en diligencias de divorcio o familia, entre otros.

El Poder General Judicial puede contener las siguientes cláusulas especiales:

1. De divorcio

2. De establecimiento de estado civil subsidiario (cuando la persona no tiene partida de nacimiento)

3. Rectificación de partida de nacimiento

4. Para trámites de adopción

5. Aceptación o repudio de herencias.

6. Por tener una demanda (querella) en algún juzgado de la República

Requisitos:

1. Pasaporte, DUI o licencia de conducir.

Además es importante tomar en cuenta que:

1. El poder tiene un costo de $40.00 dólares.

2. Adicionalmente, para que un acto notarial realizado en una Representación Consular surta efecto en El Salvador, éste tiene que ser autenticado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en cualquiera de sus sucursales. La auténtica tiene un costo de US $5.00.

3. Es indispensable que la persona que va a otorgar el poder sea mayor de edad y cuente con DUI o pasaporte vigente.

4. Para obtener un poder, es necesario hacer una cita.

Poder General Judicial

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