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Cultivo de cannabis en Perú

Adrián R.Apuntes26 de Octubre de 2025

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El cultivo de cannabis en Perú está regulado exclusivamente para fines medicinales y terapéuticos, y enfrenta diversas barreras legales y administrativas que limitan su expansión y acceso equitativo.

Marco legal vigente

Las principales normas que regulan el uso medicinal del cannabis en Perú son:

Ley N.º 30681 (2017): Regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados.

Ley N.º 31312 (2021): Modifica la Ley 30681 para incorporar la producción artesanal con cultivo asociativo.

Decreto Supremo N.º 004-2023-SA: Aprueba el reglamento que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados, estableciendo mecanismos de control y supervisión para garantizar su uso exclusivo con fines medicinales y terapéuticos.

Estas normas permiten cuatro tipos de licencias:

Investigación científica (con o sin cultivo).

Importación y/o comercialización de derivados.Producción de derivados (con o sin cultivo), otorgada a entidades públicas y laboratorios certificados.

Producción artesanal con cultivo asociativo, destinada a asociaciones de pacientes debidamente acreditadas.

Principales barreras legales y administrativas

Complejidad burocrática: El proceso para obtener licencias es complejo y requiere cumplir con múltiples requisitos técnicos y de seguridad, lo que dificulta la formalización de asociaciones de pacientes.

Costos elevados: Los gastos asociados a la implementación de protocolos de seguridad, infraestructura adecuada y cumplimiento de normativas son significativos, lo que limita la participación de pequeños productores y asociaciones sin fines de lucro.

Falta de reconocimiento de variedades locales: La normativa actual no contempla adecuadamente las variedades de cannabis cultivadas en el país, lo que restringe su utilización y promueve la dependencia de semillas importadas. Limitaciones en el autocultivo: Aunque la Ley 31312 reconoce el derecho al cultivo asociativo, el autocultivo individual para uso medicinal aún enfrenta restricciones y no está plenamente desarrollado en la normativa vigente.

Estigmatización y desconocimiento: Persisten prejuicios y falta de información sobre el uso medicinal del cannabis, lo que genera resistencia en algunos sectores de la sociedad y dificulta la implementación de políticas más inclusivas.

En febrero de 2025, el Ministerio de Salud otorgó la primera Licencia de Producción Artesanal con Cultivo Asociativo a la Asociación 420 Green Cure, marcando un hito en la regulación del cannabis medicinal en Perú.

Conclusión

Si bien Perú ha avanzado en la regulación del cannabis medicinal, persisten barreras legales y administrativas que limitan su acceso y desarrollo. Es necesario revisar y adaptar el marco normativo para facilitar el cultivo y producción de cannabis medicinal, especialmente por parte de asociaciones de pacientes y pequeños productores, garantizando así un acceso equitativo y seguro a tratamientos terapéuticos.1. Negativa de las municipalidades a otorgar licencias de funcionamiento

A pesar de que la Ley N.º 31312 permite el cultivo asociativo de cannabis con fines medicinales, muchas municipalidades se niegan a otorgar las licencias de funcionamiento necesarias para que las asociaciones de pacientes puedan formalizar sus actividades. Esta negativa se debe, en parte, a la falta de claridad en la normativa sobre cómo clasificar estas actividades dentro de los giros comerciales permitidos. Como resultado, las asociaciones no pueden obtener los certificados de seguridad requeridos por la Dirección Antidrogas (DIRANDRO) de la Policía Nacional del Perú, lo que impide que soliciten la Licencia de Producción Artesanal con Cultivo Asociativo (LPA) al Ministerio de Salud.

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