ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DELITO EQUIPARADO A LA VIOLACIÓN


Enviado por   •  28 de Abril de 2017  •  Documentos de Investigación  •  943 Palabras (4 Páginas)  •  569 Visitas

Página 1 de 4

DELITO EQUIPARADO A LA VIOLACIÓN

La violación presunta actuación de ayuntares con personas incapacitadas para resistir psíquica o corporalmente debido a la enfermedad de la muerte o del cuerpo, a la corta edad o o análogas condiciones de indefensión.

Se le da el nombre de violación presunta pero debería llamarse según el autor violación impropia o delito que se le equipare a la violación.

Legislación extranjera:

  1. Código español: incluye en la violación además de los casos de fuerza o intimidaciones yacimiento de una mujer que se encontrare privada de razón y menor de 12 años
  2. En el código francés reputa violación en el ayuntamiento con mujer menor de 13 años
  3. El código italiano refiere a la conjugación carnal con persona que no se encuentre en posibilidad de resistir a causa de inferioridad psíquica o física.
  • Código penal mexicano de 1871: se limitaba a equiparar a la violación y a castigar como tal la copula con una persona que se halle sin sentido o que no tenga expedito el uso de la razón, aunque sea mayor de edad.
  • Código penal mexicano de 1989: se equipara a la violación y se sancionara con las mismas penas, la copula con persona menor a 12 años o que por cualquier causa no este en posibilidad de producirse voluntariamente en sus relaciones sexuales o resistir la conducta delictuosa.

Articulo 265 actual: al que sin violencia realiza copula con persona mejor de 12 años de edad, que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier cosa que no pueda resistirlo.

Y al que sin violencia y con fines lucrativos introduzca por vía anal o vaginal cualquier elemento o instrumento distinto al medio viril en persona menor de 12 años, que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o no pueda resistirlo, si se ejercerá violencia la pena aumenta la mitad.

Elementos del delito:

  1. Una acción de copula
  2. Que esta copula recaiga A) en persona menor de 12 años o en persona que en por cualquier causa no esté en posibilidad de producirse voluntariamente en sus relaciones sexuales
  3. Tono psíquico especial del delito: en estado de la víctima o en su culpable ignorancia.

Copula: salvo en caso de pérdida del sentido del paciente, en  por razón  fisiológica del varon es el único posible actuante del delito, sujetos activos pueden ser varón o mujer y los pasivos sin excepciones pueden ser hombre o mujer.

Según su estado de indefensión:

  1. Persona menor de doce años:

Quedan comprendidas las copulas normales y anormales, en personas de corta eda, aunque presten consentimiento del acto. Los niños prestan su aparente voluntad, no constituyen delitos de estupro, sino un delito más grave que se equipara a la violación,. El sujeto aun no es apto para la vida sexual y para los fenómenos reproductores.

En el código penal determinase sancionables con la pena de violación, todo allanamiento sexual con niños impúberes o con menores de 12 años.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (5.9 Kb)   pdf (60.2 Kb)   docx (13.1 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com