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Delitos Ambientales


Enviado por   •  20 de Octubre de 2013  •  1.682 Palabras (7 Páginas)  •  299 Visitas

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Introducción:

Los problemas ambientales seguirán aumentando, poniendo en riesgo la salud humana, la vida silvestre y la vitalidad de los ecosistemas que son los cimientos de la vida actual y futura. El hombre, para satisfacer sus propias necesidades, incide o influye sobre el ambiente de diferentes maneras, utiliza el área natural y la transforma en espacio cultural, extrae recursos causando alteraciones a los sistemas naturales, como cuando saca madera de un bosque y daña árboles que no utiliza, cuando pesca con red y mata peces que no le interesan, cuando extrae un mineral de la tierra destruyendo toda una montaña. Transforma para su provecho muchos recursos naturales generando, en la mayoría de los casos, desechos o basuras que contaminan por su cantidad o sus características.

Tanto en las ciudades, en el campo y en las áreas protegidas se da el incumplimiento de leyes y normas que buscan su conservación. Se trata de un problema complejo en el cual las causas y los responsables son muchos. En algunos casos por ignorancia, en otros, debido a intereses particulares o sectoriales entre los cuales se encuentra el egoísmo y la búsqueda de ganancias rápidas y desmedidas, sin tomar en cuenta que el daño que se le causa al ambiente es irreversible

DELITOS AMBIENTALES

Constituyen delitos ambientales “aquellos actos y omisiones calificadas como

tales en el Código Penal.”

Debemos de reconocer que en la doctrina existen limitaciones para determinar el

delito ambiental, por tal motivo, trataremos de elaborar con los elementos generales del

delito un concepto que se adecué, tomando en cuenta la bibliografía consultada en

materia ambiental, por lo tanto,se define al delito ambiental así:

Delito ambiental: “Es toda acción u omisión humana, antijurídica, culpable y

punible, que ponga en riesgo la salud, el entorno ambiental y la biodiversidad”.

Elementos Esenciales

El delito es un acto humano: “Es una acción u omisión, así que cualquier mal o

daño, por graves que sean sus consecuencias individuales o colectivas, no podrá ser reputado como delito si no tiene su origen en la actividad humana; los hechos de los animales, los acontecimientos fortuitos ajenos al obrar humano no pueden constituir delito.

Dicho acto humano ha de ser antijurídico, ha de estar en oposición con una

norma jurídica, debe lesionar o poner en peligro un interés jurídicamente protegido.

Pero no basta la mera contraposición a la norma jurídica, no toda acción antijurídica

constituye delito, es preciso que corresponda a un tipo legal (figura de delito), definido

por la ley, ha de ser un acto típico. Así, pues, el acto debe ser no sólo antijurídico, sino

de una antijuricidad tipificada.”

El acto ha de ser culpable, imputable a dolo (intención) o a culpa (negligencia) y

una acción es imputable cuando puede ponerse a cargo de una determinada persona.

La ejecución o la omisión del acto debe estar sancionado con una pena, sin la

conminación de una penalidad para la acción o la omisión no existe delito.

Si concurren estos aspectos; acción, antijuricidad, culpabilidad, punibilidad hay

delito.

A continuación se explicará los elementos que diferencian al delito ambiental

con otros delitos:

*La salud: “(Del latín salus,-utis.) Estado en que el ser orgánico ejerce

normalmente todas sus funciones.”

*Entorno ambiental: “Comprende los sistemas: atmosférico (aire); hídrico (agua);

lítico (roca y minerales); edáfico (suelos); biótico (animales y plantas), elementos

audiovisuales y recursos naturales y culturales.”

*Biodiversidad: Totalidad de genes, especies y ecosistemas de una región.

Sujetos del delito

1 Sujeto activo: “Solamente el hombre puede ser sujeto del delito, sólo el hombre

puede ser denominado delincuente. Las antiguas aberraciones, existentes en tantos

países y legislaciones, por las que exigía responsabilidad criminal a los animales, y aun

a los seres inanimados, tan sólo merecen recordación a título de curiosidad jurídica.”

Describir el comportamiento humano dañoso del ambiente que merezca la

represión penal es una tarea muy ardua porque:

a) “El ambiente puede dañarse con medios y de modos muy diversos como por

ejemplo; modificando su forma o su movimiento, contaminándolo, afeándolos,

haciéndolo más peligroso, alterando su temperatura o luminosidad o

atravesándolo con rayos y ondas.

b) La intención del trasgresor ambiental algunas veces no es dañar el ambiente.

Busca simplemente un beneficio económico o una comodidad sabiendo o

presumiendo que su acción u omisión imprudente o negligente puede dañar a

través del ambiente a los terceros que generalmente no conoce, que pueden estar

muy lejos y hasta pueden pertenecer a generaciones venideras. Su peligrosidad

suele exteriorizarse solamente en lo ambiental.

c) Frecuentemente el daño resulta de las acciones de pluralidad de agentes. Los

sujetos activos y pasivos tienden a hacerse

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