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Dem Laboral


Enviado por   •  12 de Febrero de 2014  •  2.112 Palabras (9 Páginas)  •  438 Visitas

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H. JUNTA NUMERO TRES DE LA

LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE

PRESENTE:

LIC. MA. DE LA LUZ MÉNDEZ TREJO, con la personalidad jurídica que tengo debidamente reconocida dentro del expediente laboral que se marca al rubro, con el debido respeto comparezco para exponer y decir:

Que por medio del presente escrito, dando contestación al requerimiento que esta H. Autoridad realiza y con fundamento en lo dispuesto por el numeral 878 fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, realizo las siguientes modificaciones, ampliaciones, adiciones y aclaraciones, solicitando se me tenga señalando como si a la letra se insertara literalmente dentro del escrito inicial de demanda en los siguientes términos:

I.- Se amplía la demanda en contra de la persona física la C. MARIA ELENA RANGEL DE MIGUEL quien podrá ser emplazada en el domicilio ubicado en Fernando Tapia número 70, esquina con Avenida Constituyentes Colonia Santiago de Querétaro Qro., a quien se le imputan y reclaman todos y cada uno de los hechos y prestaciones que se reclaman en el escrito inicial y modificaciones realizadas al escrito de demanda.

III.- También se amplia la demanda en contra del INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, (IMSS) con domicilio en la Avenida 5 de Febrero número 102 esquina con Avenida Zaragoza, colonia San Angel de esta Ciudad de Santiago de Querétaro, Qro., y al INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, (INFONAVIT) con domicilio para ser emplazado en Boulevard Bernardo Quintana número 4038-A colonia Balcon Campestre, Querétaro, Qro.

Lugares donde pueden ser emplazados sobre el pago y cumplimiento de diversas prestaciones de carácter laboral con motivo del despido injustificado del que fue objeto mi representado y a quienes se les reclama en nombre y representación de el trabajador actor conforme se narra en la presente.

III.- Se hacen las siguientes aclaraciones respecto al capítulo de prestaciones.

P R E S T A C I O N E S

A.- El pago de la Indemnización Constitucional consistente en 3 tres meses de salario en virtud del injustificado despido del cual fue objeto mi representado por parte de los demandados, en términos de los artículos que establece la Ley Federal del Trabajo.

B.- El pago de 20 días de salario por cada año de servicios prestados, en concepto de prima de antigüedad, conforme a lo establecido en el contrato individual de trabajo celebrado entre los demandados y el ahora actor.

C.- El pago de los salarios devengados que se han generado, desde la fecha en que ocurrió el injustificado despido, y hasta que se le cubra de forma integra a el actor las prestaciones reclamadas, más los que se sigan generando, hasta que la parte demandada realice el pago y cumplimiento del laudo.

D.- El pago de aguinaldo anual a razón de 30 días de salario lo cual se estipulo en el contrato individual de trabajo celebrado entre los demandados y el hoy actor, el cual obra en poder de los demandados.

D.- Así mismo se reclama el pago Vacaciones y Prima Vacacional, dicha prestación debe calcularse de 12 días por el primer año aumentando dos días por cada uno de los siguientes días laborados, y la prima vacacional a razón de un 35% porciento en virtud de que así se estipulo en el contrato individual de trabajo por todo el tiempo que duro la relación de trabajo con los demandados

E.- Los pagos de días festivos y de descanso obligatorios contemplados en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo y comprendidos en el lapso de tiempo de la duración de la relación laboral, debiéndose de pagar con salario doble.

F.- La inscripción retroactiva al IMSS, INFONAVIT y S.A.R. en virtud de que mi representado no fue inscrito durante el tiempo que presto los servicios para las demandadas, motivo por el cual las demandadas despidieron a el actor injustificadamente, así como la entrega y devolución de las constancias de aportación de las cuotas ante el INFONAVIT, AFORE, del 2% y 5% respectivamente, documentos que bimestralmente la parte patronal deberá actualizar ante la institución bancaria correspondiente y presentar tales documentos ante los C. MIEMBROS INTEGRANTES DE ESTE H. AUTORIDAD, para el caso de no acreditar la inscripción ante dichos institutos en cumplimiento a los artículos 12, 13, 32 de la Ley del IMSS y 29 de la ley de INFONAVIT, exigimos de los demandados la inscripción con carácter retroactivo ante los organismos citados.

G.- El pago de la prima dominical que corresponde al actor y que los demandados omitieron el pago, por todo el tiempo que duró la relación de trabajo.

H.- Que se reconozca ante el INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL todas las semanas cotizadas por el trabajador actor el C. LEOPOLDO GALVAN RUBIO, debiendo fijar los capitales constitutivos a la parte patronal.

I.- Que se reconozca ante el I INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES todas las semanas cotizadas por el trabajador actor el C. LEOPOLDO GALVAN RUBIO, debiendo fijar los capitales constitutivos a la parte patronal.

V.- Se hacen las siguientes aclaraciones y modificaciones al Capitulo de Hechos.

H E C H O S

PRIMERO.- El C. LEOPOLDO GALVAN RUBIO, inicio a laborar para la parte demandada a partir del 08 de abril del año 1998, para realizar las actividades propias de vigilar, dar mantenimiento y velar las instalaciones y el estacionamiento de la fuente de trabajo, así como los automóviles de los clientes de la fuente de trabajo denominada BOLERAMA QUERETARO S.A. de C.V., firmando el contrato respectivo el cual obra en poder de la demandada y donde se contienen las condiciones de trabajo conforme a las cuales el actor fue contratado y que se narran en la presente.

SEGUNDO.- Mi representado el C. LEOPOLDO GALVAN RUBIO, siempre estuvo subordinado en forma personal y directa por los CC. Efmundo Xequi responsable y encargado de la fuente de trabajo, María Elena Rangel de Miguel quien es gerente de la fuente de trabajo y José Luis (desconociendo sus apellidos) quien es cajero de la fuente de trabajo que ahora se demanda.

TERCERO.- El salario que percibía el trabajador actor el C. LEOPOLDO GALVAN RUBIO, por sus servicios para la fuente de trabajo demandada, era la cantidad de $ 3000.00 pesos

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