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Demanda TUV Rheinland


Enviado por   •  9 de Diciembre de 2014  •  3.552 Palabras (15 Páginas)  •  275 Visitas

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Resumen Ejecutivo

TÜV Rheinland Andino S.A, organismo de certificación internacional, líder en servicios técnicos independientes para la calidad, la seguridad y el medio ambiente, percibió ciertas anomalías en el mercado de las líneas de concesionarias de plantas de revisión técnica; estas anomalías refieren a las prácticas de vicios ilícitos invalidantes utilizados por grupos empresariales, tales como Denham y Bureau Veritas, los cuales poseen una cantidad mayor de plantas de revisión técnica que la permitida por la ley con el fin de obtener un mejor posicionamiento en el Mercado. A esto TÜV Rheinland Andino S.A se hace presente y empieza a ir más allá, lo que conlleva a la demanda al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones por la falta de fiscalización y negligencia en su función de regular los procesos de licitación; la demanda, en particular, va dirigida al Sr. ministro don Pedro Pablo Errázuriz Domínguez por posible violación a las bases de licitación (BALI) y vulnerar al Artículo tercero del Decreto Fuerza Ley 211 correspondiente Tratado de Defensa de la Libre Competencia (TDLC).

Dichos grupos, actúan encubiertos para parecer entidades distintas con fin de posicionarse una gran parte del mercado que abarca la Región Metropolitana o fijar según sus intereses los precios tarifarios con los cuales se harán dueños de uno o más contratos de concesión, lo que no rige con las condiciones de libre competencia.

Esta práctica de vicios ilícitos invalidantes, han vulnerado normas propias de las Bases de licitación (BALI), donde se destaca claramente la inhabilidad para ser participe en los concursos de las concesionarias, “Las personas jurídicas en que uno o más de sus socios, a través de una sociedad distinta, haya concurrido al presente proceso de licitación”, en otras palabras, una empresa solo podrá hacerse cargo de una concesión por región o incluso dos en la Región Metropolitana siempre y cuando estas no excedan un 25% de las líneas de Plantas de Revisión Técnica en la región.

Si se logra comprobar estas prácticas invalidantes por parte de estos grupos, trabajo el cual el MTT tendrá a cargo dada la función y rol por la cual está hecha, se multaran tanto a los grupos, como a las empresas involucradas o a los gerentes y puestos administrativos involucrados; dependiendo de qué tan involucrados estén, las multas variaran según ciertas leyes artículos y Decretos utilizados en el análisis de este caso

Tanto la descripción a fondo del caso, como la descripción de las partes involucradas en éste, desde un punto de vista legal y económico, así como también un análisis crítico de la sentencia hecha por el TDLC, y cuyos aspectos fundamentales se mencionaron en el párrafo anterior, se podrán encontrar en el presente informe.

Descripción del caso y partes

La sociedad, TÜV Rheinland Andino, organismo de certificación internacional, líder en servicios técnicos independientes para la calidad, la seguridad y el medio ambiente, interpone demanda en contra del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, (en adelante MTT) persona jurídica de derecho público, por haberse vulnerado las normas del artículo 3 del DFL 211 sobre defensa de la libre competencia en el proceso de licitación para operar establecimientos que practiquen revisiones técnicas de vehículos en la Región Metropolitana, así como vulneración en las bases de licitación del mencionado proceso.

El demandante: TÜV Rheinland Andino

El demandante acusa a MTT de estar en pleno conocimiento de la existencia de vicios invalidantes producidos en el proceso de licitación y de la existencia de grupos económicos que supuestamente han vulnerado normas expresas en estas bases de licitación (en adelante BALI), permitiéndoles que continúen en el proceso en el cual se están vulnerando normas básicas según el ordenamiento jurídico del país, permitiendo la participación de distintos grupos empresariales, que han participado del proceso a través de distintas sociedades que debieron, según el demandante, ser inhabilitadas por el Ministerio de Transporte para seguir participando en el proceso de licitación señalado, actuando en forma concertada y deliberadamente encubierta para parecer entidades distintas, con el objetivo de posicionarse de una gran parte del mercado de la región metropolitana o tener el poder de influir en la oferta tarifaria en la cual se podrían adjudicar uno o más contratos de concesión.

a) El demandante solicita declarar que el MTT ha incurrido en una omisión de sus deberes al no haber investigado conductas que atentan contra la libre competencias, teniendo las facultades para hacerlo y,

b) en consecuencia, declare que el proceso licitatorio adolece de vicios de insubsanables y se proceda a dejarla sin efectos, y

c) llamar a un nuevo proceso de licitación, excluyendo a cualquier participante que no cumpla con la BALI.

d) Además, se solicita que los ilícitos anticompetitivos y las prácticas desleales contra la libre competencia que se señalan en la demanda se apliquen las sanciones contempladas en el artículo 26 del decreto ley 211.

Cabe señalar que TUV Rheinland Andino S.A. es una sociedad formada por la sociedad española TUV Iberica perteneciente al grupo TUV Rheinlad S.L., filial de la corporación alemana, sin fines de lucro, TUV Rheinland, y la sociedad chilena TUV Rheinland Chile S.A con el fin de participar en este país, en el mercado de la certificación de calidad, para ser parte del proceso de modernización del sistema de aseguramiento de la calidad automotriz que ha desarrollado durante los últimos años el MTT, el cual ha sido asesorado técnicamente por la casa matriz de esta empresa, colonia, Alemania, anteriormente.

Luego de participar en los proceso de licitación pública, TUV Rheinland Andino S.A se adjudicó la concesión de 16 plantas de revisión técnica a lo largo de todo el país, mediante las cuales actualmente presta servicios a cientos de personas diariamente, por tal razón, según su postura reúne los requisitos y condiciones legalmente establecidos, participó en la licitación para operar plantas de revisión técnica llevadas a cabo en la II, VI, V y RM, como uno más de los competidores y con el supuesto de igualdad de condiciones con el resto.

Las omisiones e irregularidades vistas en los procesos licitatorios realizados en otras regiones del país, han afectado directamente los intereses de la empresa, debido a que se ha visto enfrentada a conductas que consideran injustas contra la Libre Competencia en el proceso de licitación, no ha sido beneficiada con un contrato de concesión,

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