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Deporte en el pais


Enviado por   •  31 de Marzo de 2020  •  Apuntes  •  1.945 Palabras (8 Páginas)  •  87 Visitas

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De acuerdo con el Consejo de Deportes de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, el deporte es “toda actividad humana, de carácter lúdico que se manifiesta y se concreta en la práctica de ejercicios físicos, bajo forma competitiva y un conjunto de reglas perfectamente definidas”.  

Aplicando las características incluidas en la anterior definición nos encontramos que en la actualidad existen claramente establecidos dos tipos de deporte con características y problemática propia:

a) Deporte para todos, de masa o gratificante, y  

b) Deporte profesional (no para todos), que somete a rendimiento máximo al

organismo del ser humano.

El deporte: Derecho humano y responsabilidad estatal.  “En cuanto al nacimiento del deporte moderno, éste se enmarca en el comienzo de la industrialización de la sociedad inglesa y de otros países del continente europeo”. Esto conllevó a mejoras de las condiciones de vida de los trabajadores, desarrollo urbano, multiplicación de los medios de transporte y comunicación, crecimiento demográfico, evolución y consolidación de los sistemas democráticos y aparición de nuevos valores sociales como eficiencia, productividad y competitividad. Estas condiciones son las que permitieron la evolución del deporte en todos sus aspectos y su posterior expansión internacional. Es innegable que el ser humano está dotado de una irresistible necesidad de movimiento. Desde la niñez, por ejemplo, el ser humano se desenvuelve emocionalmente por medio del juego, pues “las actividades creadoras le proporcionan satisfacción y alegría, desahogo y alivio de las tenciones”. Es así como el ejercicio, en forma de educación física o del deporte, reporta diferentes valores educativos muy importantes en el orden físico del ser humano, particularmente en el período de crecimiento, contribuyendo a un desarrollo orgánico armónico en un período irrepetible.

En Guatemala, la Constitución Política de la República, en el Artículo 91 regula al deporte como un derecho humano, y lo clasifica como uno de los derechos sociales, al establecer que es deber del Estado el fomento y la promoción de la educación física y el deporte.

Según Antonio Pérez Luño, los derechos humanos son “un conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento histórico, concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humana, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional”.

 La anterior definición se inspira en la concepción socialista de los derechos humanos, que considera que estos derechos son históricos y por tanto variables y no inmutables, puesto que no se apoyan en la naturaleza humana sino en las también variables necesidades humanas.

Según Antonio Truyol y Serra, los derechos humanos son “derechos fundamentales que el hombre posee por el hecho de ser hombre, por su propia naturaleza y dignidad; derechos que son inherentes, y que, lejos de nacer de una concesión de la sociedad política, han de ser por ésta consagrados y                    garantizados”.

Esta definición considera a los derechos humanos como derechos naturales propios del ser humano, noción generalmente aceptada en la actualidad. Siendo derechos naturales e inherentes al hombre, deben ser protegidos por el sistema jurídico interno e internacional, reconocidos y garantizados por el Estado sin discriminación de ningún tipo. Estos derechos son universales, y deben ser respetados bajo toda circunstancia.

Es por ello por lo que “el concepto de Derechos Humanos se fundamenta en la idea de dignidad humana y a su vez, ésta se fundamenta en los valores de seguridad (derechos individuales), libertad (derechos cívicos políticos) e igualdad (derechos económicos, sociales y culturales)”. Estos valores no tienen una relación de jerarquía sino de complemento. Es importante indicar que el titular de los derechos aludidos es el hombre, por el solo hecho de ser hombre, es decir por pertenecer a la especie humana.

Los derechos humanos son pues, herramientas esenciales para el desarrollo integral de todo ser humano, que buscan su dignidad, bajo principios de libertad, igualdad y solidaridad, y que se fundamentan en las necesidades humanas básicas. Son un producto histórico, pues han recorrido el camino junto con el hombre y la sociedad, por lo que son diferentes y cada vez más numerosos.

Independientemente de las distintas teorías y escuelas, según tratados y otros instrumentos internacionales los derechos humanos se clasifican en:

- Derechos civiles y políticos

- Derechos económicos, sociales y culturales

- Derechos de los pueblos

- Derechos de grupos específicos

Por su parte, la Constitución Política de la República de Guatemala clasifica los derechos humanos en tres diferentes capítulos: derechos individuales (Artículos 3 al 46), derechos sociales (Artículos 47 al 134), y derechos cívicos y políticos (Artículos 135 al 137); regulando un cuarto capítulo que establece las limitaciones a ciertos derechos constitucionales, en casos de invasión del territorio, de perturbación grave de la paz, de actividades contra la seguridad del Estado o calamidad pública.

Está claro que la Constitución Política de la República de Guatemala regula al deporte como un derecho humano, y lo clasifica como uno de los derechos sociales; pero ¿Qué se entiende por derechos sociales? Los derechos sociales son los que garantizan universalmente, es decir, a todos los ciudadanos por el hecho de serlo, y no como mera caridad o política asistencial, el acceso a los medios necesarios para tener unas condiciones de vida dignas. Los derechos sociales humanizan a los individuos, sus relaciones y el entorno en el que se desarrollan. Son derechos de contenido predominantemente social para procurar mejores condiciones de vida. Imponen el “deber hacer” (satisfacciones de necesidades y prestación de servicios) por parte del Estado. Su titular es el individuo en comunidad.  

Los derechos sociales son, entre otros: el derecho a un empleo y salario justo, a la protección social en casos de necesidad (jubilación, seguridad social, desempleo, bajas laborales por enfermedad, maternidad o paternidad, accidentes laborales), a una vivienda, a la educación integral, a la salud, a la libertad de asociación, y a tomar parte en la vida cultural. Dentro de ese contexto, la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte (Decreto 76-97 del Congreso de la República) establece en el artículo tercero que:

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