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Derecho Civil En Venezuela


Enviado por   •  11 de Junio de 2014  •  2.870 Palabras (12 Páginas)  •  275 Visitas

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PRINCIPIOS BÁSICOS DEL DERECHO CIVIL EN VENEZUELA

1.- Las personas naturales y jurídicas.

2.- Los bienes muebles e inmuebles.

3.- Las sociedades en el ámbito civil.

3.1- Los contratos civiles.

CODIGO CIVIL DE VENEZUELA: LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS TÍTULO I, DE LAS PERSONAS EN GENERAL Y DE LAS PERSONAS ENCUANTO A SU NACIONALIDAD,

Capítulo I; De las Personas en General:

• Artículo 15.- Las personas son naturales o jurídicas.Sección I; De las Personas Naturales

• Artículo 16.- Todos los individuos de la especie humana son personasnaturales.

• Artículo 17.- El feto se tendrá como nacido cuando se trate de su bien, y paraque sea reputado como persona, basta que haya nacido vivo.

Sección II; De las Personas Jurídicas

• Artículo 19.- Son personas jurídicas y por lo tanto, capaces de obligaciones y derechos:1º La Nación y las Entidades políticas que la componen; 2º Las iglesias, de cualquier credo que sean, las universidades y, en general, todos los seres o cuerpos morales de carácter público; 3º Las asociaciones, corporaciones y fundaciones lícitas de carácter privado. La personalidad la adquirirán con la protocolización de su acta constitutiva en la Oficina Subalterna de Registro del Departamento o Distrito en que hayan sido creadas, donde se archivará un ejemplar auténtico de sus Estatutos.

LAS PERSONAS NATURAL Y JURÍDICAS

Al hombre se le reconoce el carácter de persona, de persona física primero dada su propia naturaleza de “ser”, pero al lado de este reconocimiento o de esta existencia de carácter natural de persona física, el derecho le reconoce también otra característica, la de ser persona Jurídica, es decir, sujeto capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones. Dicha capacidad activa y pasiva constituye un concepto jurídico, del cual goza la persona física desde el mismo momento de un nacimiento con vida e incluso antes de nacer, debido a una ficción, se considera “AL FETO como nacido cuando se trata de su bien”.

Al lado de la persona jurídica individual, existen las llamadas personas Jurídicas colectivas, se entiende por persona jurídica a los entes que, para la realización de determinados fines colectivos, las normas jurídicas les reconocen capacidad para ser titular de derechos y contraer obligaciones, esto es, capacidad para adquirir y poseer bienes de todas clases, para contraer obligaciones y ejercitar acciones judiciales.

Nacimiento de la personalidad jurídica:

Las Personas Jurídicas nacen como consecuencia de un acto jurídico (acto de constitución), según un sistema de mera existencia, o bien por el reconocimiento que de ellas hace una autoridad u órgano administrativo o por concesión. En ambos casos puede existir un requisito de publicidad, como la inscripción en un registro público mercantil.

El artículo 19 del Código Civil nos detalla quienes son Personas Jurídicas, y así vemos como Personas Jurídicas son:

1.- La Nación y entidades políticas que la componen….., La nación no es más que la sociedad o grupo de hombres que viven y nacen en un mismo territorio, y comparten una historia y un destino común…….. las entidades políticas que lo componen…… Está íntimamente relacionado con lo que entendemos por estado que no es más que la organización política de un país, es decir, la estructura de poder que se asienta sobre un determinado territorio y población. Así tenemos que en Venezuela el Poder Público esta conformado por las siguientes instituciones:

1.- PODER PUBLICO:

1.1.- Poder Nacional: Integrado por:

1.1.1.- El Poder Legislativo (Asamblea Nacional).

1.1.2.- El Poder Ejecutivo (Presidente).

1.1.3.- El Poder Judicial (Tribunal Supremo de Justicia)

1.1.4.- El Poder Electoral (Concejo Nacional Electoral)

1.1.5.- Poder Ciudadano (Concejo Moral)

a.- El Defensor del Pueblo

b.- El Fiscal General

c.- El Contralor General

1.2.- Poder Estadal: Integrado por:

1.2.1.- Gobernador

1.2.3.- Concejo Legislativo.

1.3.- Poder Municipal: Integrado por:

1.3.1. - Alcalde.

1.3.2.- Concejo Municipal.

2.- Las iglesias, de cualquier credo que sean, las universidades y, en general, todos los seres o cuerpos morales de carácter público………. Las Iglesias de cualquier credo… la situación legal varía según se trate de la iglesia católica o de otros cultos:

a) La Iglesia Católica ciertamente no requiere el reconocimiento por parte del Ejecutivo ya que sus normas internas no contrarían los principios de orden público de la Constitución y demás leyes.

Por otra parte, Venezuela reconocer la personalidad jurídica internacional de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano, reconoce a la Iglesia Católica en la República como persona jurídica de carácter público, y declara que gozan además de personalidad jurídica para los actos de la vida civil las Diócesis, los Capítulos Catedralicios, los Seminarios, las Parroquias, las Ordenes, Congregaciones religiosas y demás institutos de perfección cristiana canónicamente reconocidos, (Convenio entre la Santa Sede y la República de Venezuela, arts. 3° y 4a)2.

b) Los cultos no católicos, en cambio, requieren el mencionado reconocimiento por parte del Ejecutivo.

c) Las Universidades del Estado y desde 1953 las Universidades Privadas que adquieren su personalidad jurídica mediante el cumplimiento de las formalidades que señala la Ley de Universidades.

d) Los demás seres o cuerpos morales de carácter público

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