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Derecho corporativo


Enviado por   •  24 de Febrero de 2019  •  Exámen  •  1.199 Palabras (5 Páginas)  •  141 Visitas

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  1. A finales de diciembre de 2014, la empresa de tiendas departamentales Liverpool sufrió un ataque informático, que derivó en la filtración de información privada y datos personales de directivos, trabajadores y clientes de la empresa. Los perpetradores dieron a conocer en páginas de Facebook y en blogs que tenían acceso completo a los sistemas internos de la compañía, incluyendo datos sobre fraudes, directorio y fotografías de trabajadores, así como documentos y datos personales de clientes y directivos de la empresa.

Referencia: Adaptado de: https://sontusdatos.org/2016/09/13/inai_liverpool_violo_ley_de_proteccion_de_datos/

  1. Fundamenta, de acuerdo con la legislación aplicable, si la compañía debe informar a sus clientes de esta situación al momento de conocer el ilícito

Uno de los principios y garantías de protección de datos es el:

Derecho de conocimiento: los interesados a los que se soliciten datos personales deberán ser, previamente, informados de modo expreso, preciso e inequívoco:

1)  de  la  existencia  de  un  fichero  o  tratamiento  de  datos  de  carácter personal, de la finalidad de la recogida de estos y de los destinatarios de la información;

2)  de  las  consecuencias  de  la  obtención  de  los  datos  o  de  la  negativa  de suministrarlos;
3)  del carácter obligatorio o facultativo de su respuesta a las preguntas que les sean planteadas;
4)  de  la  posibilidad  de  ejercitar  los  derechos  de  acceso,  rectificación, cancelación y oposición;
5)  de  la  identidad  y  dirección  del  responsable  del  tratamiento  o  de  su representantes.

  1. Si durante la investigación realizada por la compañía se comprobara que un empleado de la empresa actuó de forma dolosa en el ilícito, explica si es justificable, desde una postura ética, ocultar este hecho al público inversionista y a la sociedad

No, no sería una postura ética esta persona actuó con dolo y ya tiene mucha información con la cual puede causar mucho daño a la compañía y no será sano mantenerlo en la compañía ya que la arriesgamos a tener otro problema similar, al contrario la empresa debe de tener medidas legales con el empleado que resulte culpable

Valor: 6 puntos

  1. Un grupo de accionistas se constituyó en sociedad civil para la prestación de servicios de asesoramiento en las materias contable y financiera. La sociedad se constituyó bajo la razón social Núñez Robles Contadores Financieros, S.C., en 2012. En 2014 la sociedad civil se vio en serios problemas para liquidar sus pasivos a corto plazo a algunos de sus acreedores y asumió deudas por 243 millones de pesos, de los cuales 41 millones son a corto plazo. Sus activos sólo alcanzan para cubrir 218 millones de pesos, pero sólo 35 millones son activos circulantes.

Al consultar a su abogado, éste les mencionó que las sociedades civiles son de responsabilidad ilimitada, por lo que los socios responden solidaria e ilimitadamente, inclusive con su patrimonio por las deudas de la persona moral. El abogado les sugirió que celebraran una asamblea de socios y que por unanimidad resolvieran la transformación de la sociedad civil a la sociedad anónima de conformidad con la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM).

Así lo hicieron y se transformaron en Sociedad de Responsabilidad Limitada. Cuando los acreedores demandaron el pago de los adeudos, los socios respondieron que ahora su responsabilidad como socios era limitada. Los acreedores frustrados, demandaron frente a un juez que la transformación de sociedades era una figura propia de sociedades mercantiles, que no autoriza la transformación de una sociedad civil a una mercantil, por más que ésta haya sido la voluntad de los socios fundadores de la sociedad

Referencia: Adaptado de: Arias, R. (2017). Derecho corporativo empresarial. México: grupo Editorial Patria.

  1. Justifica de acuerdo con la legislación fiscal aplicable, si la sugerencia del abogado es jurídicamente viable

La ley sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles art 3 al 21 tiene los posibles supuestos de transformación de las sociedades, lo cual nos indica que el cambio de sociedad civil a sociedad de responsabilidad limitada es legal

Con el cambio solo es a beneficio de la sociedad civil ya que los socios tendrán que responder con sus bienes y fiscalmente tendrán el beneficio de pagar periódicamente los impuestos y la declaración de quiebra

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