El Humedal Salitre
camilacavanzo20 de Agosto de 2014
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"Mediante el cual se declara el área inundable "El Salitre" ubicada al interior del PARQUE EL SALITRE, como Parque Ecológico Distrital de Humedal"
Honorables Concejales:
En esta oportunidad la Administración Distrital somete a consideración esta iniciativa, de especial importancia para la ciudadanía capitalina, el cual se fundamenta en los siguientes aspectos:
1. RAZONES DEL PROYECTO
1.1 Objeto del Proyecto de Acuerdo
Declarar e incorporar el área inundable "El Salitre" de la localidad Barrios Unidos, como Parque Ecológico Distrital de Humedal, a la luz de lo contemplado en los artículos 79, 81, 86, 94, 95 y 96 del Decreto 190 de 2004.
1.2 Finalidad
La declaratoria e incorporación como Parque Ecológico Distrital de Humedal tiene fines de conservación, restauración y uso sostenible de sus elementos biofísicos de conformidad con el régimen de usos contenido en el artículo 96 del Decreto 190 de 2004.
1.3 Antecedente General
Previo a relacionar los antecedentes, es imperativo resaltar la gestión adelantada por la comunidad circunvecina al área inundable "El Salitre", y la labor realizada por el Concejo de Bogotá, en cabeza del Honorable Concejal Orlando Castañeda Serrano, quienes plantearon iniciativas tendientes a lograr su declaratoria, como área protegida del orden Distrital.
En este sentido, la Administración Distrital acoge como suyo, algunos de los supuestos contenidos en el proyecto de Acuerdo 030 de 2011, de iniciativa del Cuerpo Colegiado, los cuales sin lugar a dudas, coadyuvan la formulación del presente proyecto.
La Modificación Extraordinaria del Plan de Ordenamiento Terriorial (ME-POT) ha motivado diferentes discusiones y críticas desde el punto de vista legal, económico, social y político. Sin embargo, en el tema ambiental la norma fue innovadora y consciente de la necesidad de proteger los recursos naturales de la ciudad. Su suspensión por parte del Consejo de Estado pone en riesgo la protección de ecosistemas vitales, deteriora gravemente la estructura ecológica de la ciudad, es un retroceso ambiental y supone un gran desafío para los defensores del medio ambiente.
El decreto 364 de 2013 por el cual se modificó el Plan de Ordenamiento Territorial, que es la herramienta para planificar y ordenar un territorio, incorporó un 40% más de zonas protegidas e incrementó a 966 el número de hectáreas reconocidas de humedales, según cifras oficiales. La ampliación de la Estructura Ecológica Principal de la ciudad significó el reconocimiento y amparo de varios ecosistemas.
El POT suspendido anexó el denominado Humedal El Cortijo como extensión del límite legal del humedal Tibabuyes y consideró su bosque colindante como parque urbano. Así pues, se protegía un ecosistema de enorme valor ambiental por su riqueza faunística y buen grado de conservación. Ante la suspensión se deben concentrar los esfuerzos para que este humedal, refugio de cientos de patos canadienses en temporada migratoria, no sea afectado por la ampliación de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales PTAR Salitre, en cuyo predio se ubica.
Humedal y Bosque Cortijo incorporados al suelo de protección en ME-POT (Sombreado en verde)Humedal y Bosque Cortijo incorporados al suelo de protección en ME-POT (Sombreado en verde)
El hecho de no contar con un respaldo normativo en las luchas ambientales implica esfuerzos adicionales. Pese a los valores ambientales evidentes, no se contará con un sustento que avale las diferentes exigencias.
En Ciudad Bolívar se perdió la oportunidad de proteger y reconocer un ecosistema con características muy particulares, que además pudo ser un espacio verde para la localidad y el freno a actividades urbanísticas y mineras en la alta montaña. A pesar de existir los estudios y
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