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El poder judicial ante la diversidad cultural indigenas


Enviado por   •  28 de Junio de 2021  •  Ensayos  •  10.332 Palabras (42 Páginas)  •  139 Visitas

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EL PODER JUDICIAL ANTE LA DIVERSIDAD CULTURAL

Y EL PLURALISMO JURÍDICO.

FACILITADOR: PROF. ABG. EMILTERÁN DÍAZ. 

                       REALIZADO POR:

MARIA EUGENIA FUENTES C. C.I.: 14.139.001

GIOVANNA ROSALI CARVAJAL. C.I.: 12.385.228                                  

GUSTAVO JOSÉ ÁLVAREZ RODRÍGUEZ. C.I.: 5.702.193

CUMANÁ, JUNIO 2021

INDICE

Introducción……………………………………………………..……….………….Página 1

Carácter Multiétnico y Pluricultural de la Sociedad Venezolana…………………..………...

…….…….……..….………………………………………………...………....... Páginas 2-6

Derechos de los Pueblos Indígenas a su Territorio y Jurisdicción Indígena………..…………

………………....………......………..…………………….………………...… Páginas 6- 10

Diversidad de las Cosmovisiones Indígenas y sus Sistemas Jurídicos……… Páginas 10 -14

Interrelación entre los Sistemas de Justicia Indígena y la Justicia Ordinaria…………..……

……………………………………………………....………...…………...... Páginas 14- 19

Retos del Sistema de Justicia ante la Diversidad Cultural Venezolana.…..…. Páginas 19- 21

Procesos Migratorios y Culturas Nacionales……………………………….... Páginas 21- 25

Conclusión…...…………………………………………..….……….......……...… Página 26

Referencias Bibliográficas.………………….………..……...…………......…...… Página 27

INTRODUCCIÓN

     En Venezuela la sociedad es multiétnica, porque existe mezcla de culturas, razas e historias; se caracteriza por ser un país pluricultural, debido al intercambio que existe entre las distintas comunidades, las cuales aportan su forma de sentir, pensar o actuar, es a través de ese intercambio que se origina el mestizaje cultural; la razón por la cual nuestro país es multiétnico y pluricultural, es que en nuestro territorio nacional existen 28 etnias indígenas y a su vez es una mezcla de tres culturas distintas (africana, indígena y española), cada una dejó influencias en nuestra cultura; gastronomía, vocabulario indígenas, música, idioma, religión y demás, la transculturización y asimilación, condicionó para llegar a la cultura venezolana actual, similar en muchos aspectos al resto de América Latina, pero el medio natural hace que hayan diferencias importantes. Nuestra Constitución es la primera en el mundo en dedicar un capitulo entero a los derecho de los pueblos y comunidades indígenas, además de leyes orgánicas, toda una serie de instrumentos legales que reconocen las particularidades históricas y culturales de estas poblaciones, gozan del reconocimiento de su organización social, política y económica, usos y costumbres, idiomas y espiritualidad, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar sus formas de vida. Contamos con un país lleno de diversidad donde lo importante es mantener, fortalecer y prolongar la riqueza cultural, fomentar el conocimiento de nuestras raíces históricas dando valor y honor a cada una de las etnias que representan y son hecho firme de la historia venezolana, buscar formas de inclusión recíproca de aprendizaje, destacando el respeto por cada una de las expresiones tanto multiétnicas como pluricultural.

     El Estado venezolano reconoce la existencia de la justicia indígena, la incorporación de la norma constitucional que otorga expresamente vigencia al pluralismo jurídico, el cual se ha de desarrollar administrativamente mediante una jurisdicción especial para el ámbito indígena, dentro del sistema judicial hegemónico, tal como lo señala nuestra Constitución. Por lo que, analizando sus disposiciones desde el lugar político y epistémico de enunciación, se debe tomar en consideración la forma en que el Estado en tanto poder configura sus relaciones jurídicas con la justicia indígena. En primer lugar, conviene recordar que las diferentes formas de justicia indígena de los distintos pueblos indígenas son socio-jurídicamente preexistentes, por lo que, el Estado no las constituye, tan sólo las reconoce. Segundo, las relaciones entre el sistema jurídico dominante (expresado a través del derecho positivo y la justicia ordinaria) y los sistemas jurídicos indígenas no ocurren en el vacío: están estructuradas históricamente sobre relaciones verticales, sobre una hegemonía fáctica del Estado, de naturaleza eminentemente endocolonial. Tercero, la concepción que de la justicia indígena y del derecho indígena se tenga, se encuentra fundamentada en la concepción que sobre lo indígena tenga el Estado. Cuarto, cada sistema jurídico está adscrito epistemológicamente a la cultura del saber dominante, y en quinto lugar, los conflictos de interlegalidad que se puedan suscitar ocurren entre sistemas jurídicos en posiciones de poder asimétricas.

CARÁCTER MULTIÉTNICO Y PLURICULTURAL DE LA SOCIEDAD VENEZOLANA.

     Para comprender lo que se pretende expresar cuando se habla de una sociedad multiétnica, es necesario definir que es una Etnia y no es más que, un grupo de personas que pertenecen a una misma raza y comparten lengua y cultura; un grupo humano diferenciado que habita en espacio geográfico, posee características culturales propias y una historia común, un ejemplo de una etnia venezolana son los pueblos indígenas. Una sociedad multiétnica es aquella que está integrada por diferentes grupos étnicos y que están unidos por una identidad social común mayor como un país o nación. De igual manera en las sociedades multiétnicas se presenta lo que se conoce como pluriculturalizmo, que es la coexistencia de diferentes culturas en una sociedad o país, refiriéndose a cultura como aquel conjunto que incluye el conocimiento, las creencias, el arte, la moral, el derecho, las costumbres, y cualesquiera otros hábitos y capacidades adquiridos por el hombre.

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