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Ensayo de sociedades mercantiles

benja89sandovalEnsayo6 de Diciembre de 2018

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Contenido

INTRODUCCION        2

LAS SOCIEDADES QUE EXISTEN EN LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES SON:        3

SOCIEDAD ANONIMA.        6

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.        11

SOCIEDADES COOPERATIVAS.        12

SOCIEDADES EN COMANDITA SIMPLE.        14

SOCIEDADES EN COMANDITA POR ACCIONES.        15

SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO.        15

SOCIEDAD EN MODALIDAD DE CAPITAL VARIABLE.        16

SOCIEDAD IRREGULAR.        17

SOCIEDADES EXTRANJERAS.        18

SOCIEDAD DE INVERSION EXTRANJERA.        19

SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADAS.        21

CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN.        23

LAS INSTITUCIONES DE BANCA MÚLTIPLE.        23

INSTITUCIONES DE BANCA DE DESARROLLO.        26

SOCIEDADES DE AHORRO E INVERSION.        28

SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE (SOFOMES).        29

CONCLUSION.        32

BIBLIOGRAFIA.        33

INTRODUCCION

Es importante conocer las sociedades que se han creado al paso del tiempo que es lo que los motiva para seguir al frente de las sociedades y cuáles son sus fines y sus aportaciones, además de sus beneficios, cabe mencionar que existen diversos tipos de sociedades mercantiles que es lo que nos interesa, desde las que no buscan fines de lucro, las con fines de lucro, las de aportación a la sociedad, etc. Hay infinidad de sociedades que más adelante hablaremos de ellas.

¿Qué son las sociedades? Se puede interpretar como conjunto de personas que aportan distintos capitales ya sean variables o fijos con el fin de fomentar el desarrollo de las empresas ya sean personas físicas o morales y esperar que crezcan en conjunto con créditos, factorajes financieros, arrendamientos, etc.

Todos ellos llevan un reglamento que es regido por las leyes y en las que se busca trabajen de la mejor manera y no abusen de los deudores o viceversa que los deudores no olviden su deuda y dejen sin su dinero a las sociedades que los apoyan, podremos encontrar los requisitos para constituir las sociedades ya que cada una depende de distintos requisitos ya sea por el tipo de sociedad o el giro que lleven.

Bien entonces adentrémonos en este ensayo para ver qué es lo que son las sociedades y por qué se constituyen y sobre todo estar al tanto de lo que nos puede servir para organizarnos si es que alguna vez creamos una sociedad o solicitamos algún crédito.


LAS SOCIEDADES QUE EXISTEN EN LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES SON:

  1. Sociedad en Nombre Colectivo.
  2. Sociedad  en Comandita Simple.
  3. Sociedad de Responsabilidad Limitada
  4. Sociedad Anónima
  5. Sociedad en Comandita por Acciones.
  6. Sociedad Cooperativa  y;
  7. Sociedad por Acciones Simplificada.

Las cuales se abordarán a continuación cada una, pero primero se mencionarán las características principales que integran a cada una de ellas.

Las escrituras constitutivas de las sociedades mencionadas anteriormente deben contener:

  1. Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyen la sociedad.
  2. El objeto de la misma.
  3. Su razón social o denominación.
  4. Su duración.
  5. El importe del capital social.
  6. La expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en otros bienes, el valor atribuido a éstos y el criterio seguido para su valoración, y si es capital variable, indicar cuál es el mínimo
  7. El domicilio fiscal de la sociedad.
  8. La manera conforme a la cual haya de administrarse la sociedad, y las facultades otorgadas a los administradores.
  9. El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social.
  10. La manera de hacer la repartición de las utilidades y pérdidas entre los miembros de la sociedad.
  11. El importe de fondo de reserva (el cual va a cambiar de acuerdo al tipo de sociedad que sea)
  12. Los casos en el que la sociedad haya de disolverse anticipadamente.
  13. Las formas para llevar a cabo la liquidación de la misma y el modo de proceder a la elección de los liquidadores cuando no se hayan elegido anteriormente.

Estas son características principales que deben conformar a una sociedad, sin embargo, dependiendo de tipo de sociedad que sea, pueden variar algunos puntos.

El artículo tercero de la Ley General de Sociedades Mercantiles nos indica que si una sociedad tiene un objeto ilícito o realiza actividades ilícitas, puede anularse inmediatamente a petición de cualquier persona e inclusive se les quitaran los bienes y venderán para pagar deudas que tengan y lo que sobre se destinara a la ciudad para apoyar en programas o proyectos que beneficien a los ciudadanos.

Las sociedades pueden tener una razón social o una denominación, es decir, el nombre de la sociedad.

Las que tienen razón social son aquellas que se forman con los nombres de todos los socios, o alguno de ellos, añadiéndose la palabra  “y Compañía” o algo similar. Como por ejemplo: “benjamín, Sandoval y Compañía” ó “benjamín, Sandoval & Cía.”.

Son de denominación, las sociedades de capitales y las cooperativas, y sólo se menciona un nombre, sin nombres de personas: Ejemplo; ESJ, S.A. de C.V. ó DEACERO S.A. DE C.V.

Las sociedades son representadas por administradores, elegidos por los mismos socios, los administradores realizan todas las actividades relacionadas con el objeto de la sociedad en los términos establecidos previamente en el acta constitutiva

Toda sociedad podrá aumentar o disminuir su capital ajustándose a las leyes correspondientes.

En materia de los socios, éstos pueden separarse o incorporarse a la sociedad, incluso si ésta ya estaba constituida.

El objetivo de algunas sociedades es obtener un beneficio económico en base a las actividades de ésta, por lo que el reparto de estas ganancias (utilidades) o pérdidas se deben sujetar a determinadas reglas:

  • Las pérdidas y ganancias se repartirán entre los socios capitalistas en base al porcentaje que hayan aportado
  • Al socio industrial, es decir, aquel socio que en lugar de aportar capital, contribuye a la sociedad con “servicios y conocimientos técnicos, científicos o artísticos; le corresponderán la mitad de las ganancias, y en caso de pérdidas, no las reportarán.
  • Todos los socios sin excepción, deberán participar en las ganancias.
  • En caso de pérdida del capital social, éste deberá ser reintegrado o reducido antes  de hacerse repartición o asignación de utilidades.
  • De las Utilidades netas de la Sociedad deberá separarse anualmente un 5% como mínimo para formar el fondo de reserva hasta que este alcance un monto igual a la quinta parte del capital social.

La culminación de la sociedad se en dos partes: Disolución y Liquidación. Y se da principalmente por las siguientes causas:

  1. Expiración del término fijado en el contrato social, es decir, la duración que desde un principio se establece.
  2. Imposibilidad de seguir realizando las actividades de la sociedad.
  3. Por mutuo acuerdo de los socios y en los términos que establece el contrato o la ley.
  4. Que el número de accionistas disminuya al mínimo que establece la ley.
  5. Pérdida de las dos terceras partes del capital social.

Toda sociedad es naturalmente temporal, ya que su duración  se define en el acta constitutiva. Sin embargo, también se puede determinar por tiempo indefinido. Ya sea por ley o por voluntad de socios la disolución es la cesación de las actividades de la sociedad.

Una vez determinada la disolución de la sociedad, se procede a su liquidación, la cual consiste dar fin a los negocios pendientes, pagar el pasivo, cobrar los créditos y reducir a dinero todos los bienes de la sociedad para repartirlos entre los socios.

Por último, como característica general que tienen las sociedades existe un concepto llamado fusión o transformación de sociedades. Éstas pueden ser por la absorción, por una de ellas, de las demás, ya por medio de la creación de una sociedad distinta, extinguiendo las personalidades jurídicas de las demás.

Y la transformación consiste en variar el tipo legal de origen o bien convirtiéndose de capital fijo a capital variable o viceversa en los términos de los artículos 227 y 228.

 

SOCIEDAD ANONIMA.

La Sociedad Anónima funciona bajo una denominación y no una razón social como las anteriores, la cual es diferente al nombre de sus socios y agregándose al final Sociedad Anónima o sus siglas, S.A. Se compone por accionistas (socios) los cuales tienen una responsabilidad limitada en base a sus aportaciones (acciones). Por lo tanto las aportaciones sociales se dividen en acciones que pueden ser representadas por títulos negociables que deben ser nominativos, aquí no hay límite de socios pero sí al menos deben ser dos aportando como mínimo una acción. Esta sociedad es más compleja y formal ya que se constituye por la comparecencia, ante un notario público, de las personas que integren la escritura social y aparte de contener todos los requisitos generales de la escritura, mencionadas al principio de este documento, deberán contener además las siguientes:

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