Estado Comunal
reymarq15 de Enero de 2014
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EL ESTADO SOCIALISTA COMUNAL”
Aquí comenzaremos citando a Carlos Marx, con respecto a la experiencia de la COMUNA de París de 1871, donde expresa que “La clase obrera no puede simplemente tomar posesión de la maquina estatal existente y ponerla en marcha para sus propios fines…”.
Ahora bien, Lenin, en su obra “Estado y Revolución”, precisa que el pensamiento de Marx consiste en que la clase obrera debe destruir, romper la “máquina estatal existente” y no limitarse simplemente a apoderarse de ella, planteando que “es ésta la condición previa de toda verdadera revolución popular”.
Por ello, la necesidad de entender que requerimos de nuevas estructuras políticas, económicas y sociales, para hacer frente a las demandas que históricamente la humanidad ha acumulado, en ese sentido el proceso revolucionario plantea la necesidad de crear un nuevo orden económico y
geopolítico, basado en el PODER POPULAR – COMUNAL, una nueva institucionalidad, que es la construcción de un espacio geográfico socialista, donde se establezcan nuevas formas de gestión de las políticas públicas , donde tenga expresión directa los actores sociales organizados y cohesionados en torno a unidades territoriales, que expresen el contenido político, socioeconómico del nuevo estado, donde el PODER COMUNAL, tiene que lograr la independencia alimentaria y la diversificación económica, a fin de alcanzar un crecimiento y desarrollo endógeno como base sostenible y sustentable, para el fortalecimiento de la economía social, que considere las actividades productivas de acuerdo a la vocación y potencialidad propia de cada región y localidad comunitaria y comunal, donde los ciudadanos tengan el poder para construir su propia geografía, su historia, así como la ejecución del autogobierno y otras expresiones de democracia directa.
La COMUNA, como espacio donde sea cotidiana, permanente y sistemáticamente la aplicación del principio constitucional “la soberanía reside en el pueblo”, el poder, cuya acción es la PLANIFICACION- COORDINACION Y GOBIERNO COMUNAL, a través de la participación protagónica del pueblo en la construcción del MODELO ECONOMICO SOCIALISTA, mediante el desarrollo y consolidación de la propiedad social, creando el ESTADO SOCIALISTA COMUNAL, donde el pueblo tenga el control sobre los MEDIOS DE PRODUCCION, un control democrático y popular de todos los momentos de las actividades socio productivas.
Es este, el planteamiento de fondo para crear el nuevo ESTADO SOCIALISTA COMUNAL, por ello citaremos a nuestro comandante HUGO RAFAEL CHÁVEZ FRÍAS, opinando al respecto en los Cincos Frentes para la Construcción del Socialismo, expresando en el cuarto Frente: El Económico, lo siguiente… “Ahora, lo económico yo lo resumiría de esta manera: la propiedad de los medios de producción en manos de la comuna, propiedad social en distintas combinaciones. Y eso tiene que ver con la creación de un nuevo modelo económico en la comuna: el modelo económico socialista…”
Como podemos ver nuestro líder estaba claro y resteado con las bases “el pueblo”, pero también había manifestado que el actual estado no daría respuesta a las demandas y necesidades, por ello la creación del nuevo estado socialista comunal, lo que él llama “el despertar del poder popular, el autogobierno, es tarea de la comuna”.
Creemos necesario expresar que compartimos el siguiente planteamiento, que en esa creación del nuevo estado socialista comunal nos vamos a encontrar y que también hay que romper o quebrar, la necesidad de superar la concepción convencional, propia del estado capitalista-asistencialista, donde plantea que la participación popular solamente puede ser organizada y sustentada “desde arriba” y no “de abajo y de adentro”, así como romper la dependencia de las bases con la burocracia, presente en la asistencia técnica y administrativa que termina modelando la participación de las masas, a intereses ajenos a la emancipación y liberación de nuestro pueblo.
Por último, es allí, el nuevo espacio político, económico y social, EL ESTADO SOCIALISTA COMUNAL en construcción, donde la Educación Técnica tiene el deber histórico, ineludible e impostergable, como parte de una realidad política, educativa y social de integrarse, para aportar y acompañar, en las grandes transformaciones que nuestro pueblo ha decidido gestar, parir y desarrollar, para crear el nuevo hombre, la nueva sociedad, el nuevo estado comunal socialista.
“La doctrina de Marx es omnipotente porque es verdadera. Es completa y armónica, y brinda a los hombres una concepción integral del mundo, intransigente con toda superstición, con toda reacción y con toda defensa de la opresión burguesa.”
En Venezuela el Estado comunal representa la visión más específica del socialismo que propone el actual gobierno para Venezuela. La Ley Orgánica de las Comunas (artículo 4), define al Estado comunal como una forma de organización político-social en la cual, el poder sería ejercido directamente por el pueblo; a través de los autogobiernos comunales, con un modelo económico de propiedad social y de desarrollo endógeno y sustentable, que permita alcanzar la suprema felicidad a las venezolanas y los venezolanos en la sociedad socialista y, cuya célula fundamental en su conformación, es la comuna.
Nos queda claro que, el Estado comunal traería consigo, al menos: un nuevo ordenamiento territorial, basado en los distritos motores y las comunas, un modelo económico fundamentado en la planificación centralizada, la propiedad social y el trueque y una nueva concepción de las formas de participación ciudadana en la gestión de gobierno tutelada del Estado. Veamos.
El primer elemento crucial en la propuesta del Estado comunal es la creación de un nuevo ordenamiento territorial para el país, que permitiera la consolidación de una redistribución de las instancias del poder y que también como lo anuncia cada una de sus leyes vinculadas, la construcción del socialismo como modelo de sociedad para Venezuela. Y ese nuevo ordenamiento territorial se ha definido con una visión centralista y concentradora del poder mediante dos modalidades “organizativas”; a saber: los distritos motores de desarrollo y las comunas.
Los distritos motores serían unidades territoriales decretadas directamente por el Ejecutivo Nacional; cuyos límites podrían coincidir o no, con los límites político-territoriales de estados, municipios o dependencias federales. Un aspecto relevante de la creación de estas unidades territoriales es que las mismas tendrían una autoridad única de área, también designada por el Presidente de la República. Los distritos motores de desarrollo (figura rechazada en el referendo del año 2007) pasan a constituir entidades territoriales paralelas a la conformación político-territorial vigente; con el agravante que tanto en su proceso de creación como en su proceso de administración, los ciudadanos no son consultados. Por otra parte, el mantenimiento financiero de los distritos motores se fundamentaría con base a ingresos originalmente destinados a estados y municipios; mediante la gestión del Consejo Federal de Gobierno y el Fondo de Compensación Interterritorial. Como una experiencia concreta sobre los distritos motores de desarrollo pudiéramos considerar aquellos “distritos militares” muy recientemente creados al sur del Lago de Maracaibo (estado Zulia); bajo el pretexto de atender a los damnificados, producto de las lluvias de finales del año pasado.
En la propuesta oficialista, la comuna representa la célula fundamental del nuevo Estado comunal. La comuna está concebida como un “espacio local socialista” que se conformarían a partir de comunidades vecinas y que se desarrollarían bajo un régimen de producción social (que por cierto, no reconoce la propiedad privada) y socialista centralizado, contemplado en el Plan Nacional de Desarrollo. La definición de espacio socialista otorgada a la comuna, reduce sus posibilidades de consolidación práctica, por dos razones fundamentales. Primero, porque excluye a toda aquella población que no suscriba esa propuesta ideológica; y por ende, lo que consigue es promocionar rechazo de amplios sectores poblacionales a una pretendida imposición ideológica y, segundo, debilita y relativiza la base jurídica de la comuna al ubicarla al margen de los mandatos de la Constitución Bolivariana. Bajo este concepto, la comuna se nos asemeja a una figura similar al “falansterio” propuesto por aquellos socialistas utópicos franceses, de hace ya casi trescientos años atrás.
Otra debilidad que presentan las comunas está relacionada con los procesos para la definición de su territorio (ámbito espacial); pues este se reduce a una aprobación asamblearia sin mayores criterios institucionales, técnicos y socio-demográficos.
Un elemento interesante en la conformación territorial del Estado comunal, es la relación contradictoria entre la comuna y el municipio. En la reciente reforma de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal se incorpora a las comunas como entidades locales exceptuadas de la aplicación de los instrumentos jurídicos municipales –como las ordenanzas- y diferentes leyes sobre el régimen municipal en cuanto a su organización y funcionamiento; pero de manera contradictoria, las comunas requieren de recursos presupuestarios de los municipios; además de su articulación mediante los consejos comunales a la planificación local y su obligatorio ajuste a los planes municipales y al sistema nacional de planificación.
Otro enredo similar ocurre con la relación institucional de las comunas y los Consejos Locales de Planificación Pública (CLPP),
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