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Estado De Derecho: Virtudes


Enviado por   •  22 de Octubre de 2012  •  2.515 Palabras (11 Páginas)  •  620 Visitas

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EL ESTADO DE DERECHO Y SUS VIRTUDES

Significa que el gobierno está vinculado por normas fijadas y publicadas de antemano. Normas que hacen posible prever, con bastante certeza, como usara la autoridad sus poderes coercitivos en determinadas circunstancias y planear los asuntos de los individuos con base en este conocimiento.

Mi intención es analizar la idea del Estado de derecho dentro del espíritu de la cita de Hayek y mostrar porque algunas de las conclusiones que el autor deriva de ella no pueden sostenerse. Sin embargo, primero tenemos que ponernos en guardia contra la otra falacia común del Estado de derecho.

No es poco común que cuando una idea política captura la imaginación de un amplio número de personas, su nombre se convierta en un eslogan usado por partidarios de ideales que tienen poca o ninguna relación con el ideal que originalmente designaban. El destino de democracia, no hace mucho, y de privacidad, ahora, son justamente dos ejemplos de este conocido proceso. En 1959 el Congreso Internacional de Juristas, celebrado en Nueva Delhi dio su bendición oficial a una perversión similar de la doctrina del Estado de derecho.

La función del legislador en una sociedad libre sometida al Estado de derecho, es crear y mantener las condiciones que defiendan la dignidad del hombre como individuo. Esta dignidad requiere no solo conocimiento de sus derechos civiles o políticos sino, también, el establecimiento de las condiciones sociales, económicas, educativas y culturales que esenciales para el completo desarrollo de su personalidad.

Hay que insistir, también, que el Estado de derecho es únicamente una de las virtudes que un orden jurídico puede tener y por la que puede ser juzgado. No se debe confundir con democracia, justicia, igualdad ante el derecho o de otra manera, ni con derechos humanos de cualquier tipo, ni con el respeto por las personas o por la dignidad del hombre. Un sistema jurídico no democrático, basado en la negación de derechos humanos, en una gran pobreza, en segregación racial, en desigualdad sexual y en la persecución religiosa, puede, en principio, conformarse a los requerimientos del Estado de derecho mejor que cualquiera de los sistemas jurídicos de las más ilustradas democracias occidentales. En primer lugar, que ésta presenta una concepción coherente de un virtud importante que los sistemas jurídicos deben poseer y, en segundo, que no es original, que sigue los pasos de Hayek y de otros muchos que entienden estado de derecho de forma similar.

Estado de derecho significa literalmente lo que dice: el Estado de derecho tomado en su sentido más amplio significa que la gente debe obedecer el derecho y regirse por él. La idea del Estado de derecho en este sentido es frecuentemente expresada por la frase gobierno del derecho, no de los hombres. Se dice que el Estado de derecho significa que toda acción gubernamental debe tener una fundamentación en el derecho tiene que estar autorizada por el derecho. Pero ¿no es esto una tautología? Las actividades no autorizadas por el derecho no pueden ser acciones de un gobierno como gobierno. No tendrían un efecto jurídico y frecuentemente serian ilícitas. Personas poderosas, así como personas en el gobierno, al igual que cualquier otra, deben obedecer el derecho.

El problema es que ahora regresamos a nuestro enigma inicial. Si el gobierno es, por definición, gobierno autorizado por el derecho, el Estado de derecho parece equivaler a una vacua tautología, no a un ideal político. La solución a este misterio se encuentra en la diferencia entre el sentido profesional y el sentido lego de derecho. Para el jurista cualquier cosa es derecho si satisface las condiciones establecidas en el sistema de reglas de reconocimiento o en otras normas del sistema; esto incluye la constitución, la legislación parlamentaria, los reglamentos, administrativos, etc. Para el lego el derecho consiste únicamente en una subclase de esto. Para él, el derecho es en esencia un conjunto de disposiciones jurídicas abiertas, genérale y relativamente estables. Gobierno del derecho y no de los hombres, no es una tautología si derecho significa derecho general, abierto y relativamente estable. El peligro de esta interpretación es que el Estado de derecho puede establecer muy estrictos requerimientos, los cuales ningún sistema jurídico pueda satisfacer y que contengan muy poca virtud.

La doctrina del Estado de derecho no niega que todo sistema jurídico deba consistir tanto de disposiciones jurídicas generales, abiertas y estables, que son las populares; y de disposiciones jurídicas particulares, que son las órdenes jurídicas, herramienta esencial en las manos tanto del ejecutivo como del poder judicial. Lo que la doctrina requiere, es la sumisión de las disposiciones particulares a las disposiciones jurídicas generales, abiertas y estables, es uno de los principios importantes. La creación de disposiciones jurídicas particulares debe ser guiada por normas generales abiertas y relativamente estables.

El principio sin embargo no agota el significado de Estado de derecho y ni aclara por sí mismo, las razones de su pretendida importancia. Permítasenos, por tanto, retornar el sentido literal de Estado de derecho. Este tiene dos aspectos: 1) que las personas deban ser regidas por el derecho y deben obedecerlo; y 2) que el derecho debe ser de tal manera que la gente pueda ser guiada por él. Es del segundo aspecto del cuan nos ocupamos: el derecho debes ser susceptible de ser obedecido. Una persona se conforma al derecho en tanto no la viole, por tanto, si el derecho debe ser obedecido tiene que ser capaz de guiar el comportamiento de sus súbditos. Debes ser de tal manera que los súbditos puedan encontrar lo que es y actuar con base en él.

La intuición básica de la que deriva el Estado de derecho: el derecho tiene que ser capaz de guiar el comportamiento de sus súbditos. No dice nada sobre cómo debe ser creado el derecho. No dice nada sobre los derechos fundamentales, igualdad, o justicia. La validez o importancia de muchos de los principios que pueden derivarse de la idea fundamental del Estado de derecho depende de las circunstancias particulares de diferentes sociedades. Tiene poca utilidad tratar de enumerarlos a todos; sin embargo pueden mencionarse algunos de los principios más importantes: a) todas las disposiciones jurídicas deben ser prospectivas, abiertas y claras; b) las disposiciones jurídicas deben ser relativamente estables; c) el establecimiento de disposiciones jurídicas particulares debe ser guiado por disposiciones jurídicas abiertas, estables, claras y generales; d) la independencia del poder judicial tiene que ser garantizada;

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