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Fundamento De Derecho público


Enviado por   •  27 de Octubre de 2017  •  Informes  •  1.441 Palabras (6 Páginas)  •  169 Visitas

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  1. Populismo: (un líder movedor de masas) sensación de bienestar
  2. Autorita: autoridad que posee una persona pública o privada hacia el resto de aquellos que lo rodean, es la capacidad de convencimiento y persuadir que tiene un funcionario o un autor para ser aplicable o ejecutable de las ideas que propone
  3. Estado de derecho: es aquel estado democrático en el que los poderes públicos integralmente se someten a las leyes y reconocen las garantías constitucionales.

En el lenguaje legal, es el que se rige por un sistema de leyes e instituciones reguladas por una constitución que viene a ser el fundamento jurídico, del poder público, porque lo que cualquier actuación de cualquiera de sus ramas, sea ejecutiva o judicial, debe estar sujeta a una norma jurídica escrita.

  1. Estado social democrático de dirección y de justicia: comprendida en la constitución (art2), hace énfasis en el ciudadano, es alimentar de colores para beneficio del ciudadano, no se limita a lo monetario, se trata de buscar equidad y armonía social
  2. Legitimidad: no es legalidad, identificación de los gobernantes con los principales valores de la constitución, mediante un proceso de votación, factor de cohesión social, factor de apuntamiento del ejercicio del poder, legitimidad de origen (procedimiento de valoración, elección o designación de un funcionario en el ejercicio de la autoridad pública; valores y principios), referéndum revocatorio.
  3. Gobernabilidad: equilibrio dinámico entre el gobierno y la sociedad, capacidad de satisfacer las necesidades sociales, actuación del estado conforme a las necesidades de la sociedad, esfuerzo de coordinación de distintas variables, políticas, sociales…, concepto integrador de gobernación, alcaldía…
  4. Ingobernabilidad: cuando el sector dirigente no satisface las necesidades sociales, las necesidades quedan totalmente incumplidas, déficit del ejercicio del buen gobierno por parte de los funcionarios, crisis de gobernabilidad (insatisfacción), incapacidad de los gobernantes, sobre carga de demanda social.
  5. Clivaje: contradicción u oposición entre los factores del poder (líneas de conflicto existentes)
  6. Garantía: procedimientos o mecanismos en virtud del cual se hace aplicable los derechos del ciudadano.
  7. Sinergia: relación armónica comercial y direccional entre los elementos y partes de un sistema.
  8. Hegemonía: predomina la coacción, en uno de sus ámbitos, también existe las hegemonías persuasivas, esta se aplica en muchos ámbitos a nivel internacional en relación o cuestiones políticas, económicas, como por ejemplo las naciones unidas.
  9. Partes de la constitución: 
  • Exposición de motivos
  • Preámbulo
  • Programática
  • Orgánica
  1. Exposición de motivos: constituye la explicación y las razones por las cuales se han modificado o creado dichos artículos con respecto a la naturaleza de entradas de la constitución.
  2. Preámbulo: introducción que agrupa y sintetiza los principios contemplados en la constitución los cuales serán desarrollados a lo largo de este
  3. Programática: el sistematizar los derechos y garantías de los que consta el ciudadano, plasmado en capítulos, se considera como el desarrollo del preámbulo, comprender los derechos, obligaciones y garantías.
  4. Orgánica: comprende la organización de los poderes públicos, su definición, marco de atribuciones, títulos, distribuciones, relación entre poderes y las normas que lo rigen.
  5. Disposiciones transitorias: son normas temporales, con vigencia temporal hasta que se dicte una normativa definitiva al respecto que la sustituya.
  6. Constitución: es el cuerpo normativo de máxima jerarquía, organiza los poderes del estado y establece los derechos y garantías del ciudadano.
  7. Tipos de constitución:
  • Material: contenida fundamentalmente de la constitución, el cual comprende los principios y valores fundamentales de ese estado y de la ciudadanía, centralización o descentralizaciones, régimen económico o político.
  • Formal: es aquella que se refiere a los procedimientos hasta que comprenda el ejercicio del poder público, proceso de formación de la ley
  • Rígida: comprende los llamados enmiendas y mejoras apuestas a la permanencia y la continuidad de la constitución (seguridad jurídica) tiende a no adaptarse a los cambios que ocurran en la sociedad, tiende a la implementación de los cargos de duración indefinida.
  • Flexible: procedimientos más ligeros, parecidos a la elaboración de la ley, se adapta a los cambios y situaciones que van surgiendo puede ser objeto de frecuentes modificaciones interesadas, se puede dar una posible inestabilidad de las normas ya que después de ser aplicados es cambiado y no hay participación de la ciudadanía.
  1. Enmienda: de acuerdo con las doctrinas sea una modificación parcial y puntual de la constitución y que no altera la estructura fundamental del texto, si no que se mejora a aspectos no fundamentales (art 340)
  2. Reforma: cambio sustancial en aspectos de la constitución los cuales son considerados como fundamentales y representativos en categoría o áreas esenciales.
  3. Fuentes indirectas del derecho: son aquellas figuras que se aplican por antigüedad, por costumbre, a fin de llenar vacíos que la ley no cubra
  • Doctrina: producción intelectual de los juristas, investigadores y estudiosos. Opinión de los órganos públicos a excepción del poder judicial. Ayuda a poner la ley. Son distadas y criterios de personas de prestigio en relación a un asunto en concreto, permite mejorar la ley.
  • Jurisprudencia: decisión emanada del poder judicial y que sirva de fundamento de interpretación de las normas jurídicas o ausencia de esta se requiere que un hecho sea retirado y permanentemente dúrate mucho tiempo y que el mejor tribunal sea quien haya resuelto el problema dándole un alto, una jerarquía y que esta decisión tenga sentido lógico.
  1. Principios generales del derecho: son fundamentos que se obtienen de forma universal, tienen un carácter general. Permite reforzar la decisión de un juez, estos pueden estar contemplados o no en la norma jurídica, ya que puede aplicarse en cualquier ámbito jurídico.
  2. Practica administrativa: es una variedad de la costumbre, es una conducta tomada o ejercida por un órgano administrativo, ante la ausencia de normas jurídicas expresas, esta conducta se toma de forma lógica, permitiendo rodear problemas del ámbito administrativo.
  3. Analogía: son las aplicaciones de una norma jurídica externas de similar naturaleza a la Autorita en discusión la cual no toma una regulación en las normas expresas. Son normativas de otras leyes pero que tiene sucedencia; similitud permitiendo su resolución.
  4. Mutación constitucional: es la regulación de un problema o asunto no contemplado en la norma. Se dice que es el primer paso para plantear una reforma o enmienda constitucional, ya que con esto se busca resolver un problema en específico.
  5. Clausula petra: es una norma en modificación dentro de la constitución por tanto en enmienda o reforma, ella no podrá ser revisada o reestructurada por cuanto forma parte de un nivel importante de la constitución, forma parte de la filosofía de la constitución, son un conjunto de cláusulas de reiterada repetición en las normas como por ejemplo que los cargos de poder electivo por votación popular.
  6. Principios que regulan la actividad pública:
  • Legalidad: las actuaciones de los poderes públicos deben estar regulados por distintas normas de diversas jerarquías, estas normas fijan el ámbito de competencia, de cada órgano o poder, actuando dentro de los limites, en caso de salirse de esto se incurrirá en una ilegalidad.
  • Jerarquía de las normas: el ordenamiento jurídico tiene una estructura, constituida de entornos superiores a inferiores; las normas superiores gozan de privilegios los grados de ordenamientos constituyen la intangibilidad del mismo
  • Colaboración o separación de los poderes: cada poder trabajar con autoridades que le son propias de su ejercicio, así como los pertenecientes a otros poderes en esta actividad se permite la colaboración de(falta)
  • Jerarquía administrativa: los órganos superiores tienen mayor autoridad y competencia que los órganos inferiores, donde los inferiores deberán acatar y realizar ordenes emanadas de los órganos superiores, dar paso a una rapidez del cumplimiento de los objetos.

  1. Principio de falta-sanción: contempla el equilibrio entre la falta cometida y la sanción cometida, ante las faltas cometidas por un funcionario o ciudadano, debe existir la correspondiente sanción en proporción a la falta.
  2. Principio Celeridad administrativa: los órganos deben actuar con celeridad en oportunidad de dar actuación pronta a la solicitud del particular y de forma eficiente, para que esta de la jerarquía administrativa debe estar bien organizada, para dar pronta respuesta.
  3. Principio de Legitimidad administrativa:
  4. Principio de ejecutoriedad administrativa:
  5.  Principio Discrecionalidad administrativa:  grado de apreciación por parte del órgano administrativo con la finalidad de dictar un acto el cual debe acceder contra circunstancias con un posterior sentido común, hay que tener cuidado con esta discrecionalidad ya que se presta para contribuir a la competencia, existen dos tipos
  • Político: está en manos de altos funcionarios quienes ejercen sanciones y estos da mucha transcendencia en un marco de amplitud.
  • Técnica: está en manos de instituciones técnicas, donde el criterio de apreciación es más traducido de poco alcance.
  1. Celeridad administrativa: los órganos deben actuar con celeridad en oportunidad de dar actuación pronta a la solicitud del particular y de forma eficiente, para que esta de la jerarquía administrativa debe estar bien organizada, para dar pronta respuesta.

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