Fundamentos De Derecho
rick_silva17 de Febrero de 2014
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UNIDAD 1
1.1 NORMAS Y LEYES NATURALES
1.2 CLASIFICACION DE NORMAS
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1.3 CONCEPTO DE DERECHO Y CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS JURIDICAS.
1.4 DERECHO POSITIVO, DERECHO VIGENTE Y DERECHO NATURAL
UNIDAD 2
2.1 DERECHO OBJETIVO, PUBLICO, PRIVADO Y SOCIAL
DERECHO OBJETIVO
2.1.1 SUS RAMAS PRINCIPALES
2.2.2 PRINCIPIOS RECTORES
2.2 DERECHO SUBJETIVO Y SUS CLASIFICACIONES
2.3 GARANTIAS INDIVIDUALES
2.3.1 CONCEPTOS Y CLASIFICACIÓN DE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES.
2.3.2 EL MEDIO DE TUTELA
UNIDAD 1
1.1 NORMAS Y LEYES NATURALES
La norma: Es la pauta, regla que determina cómo debe de hacerse una cosa, qué características debe tener y que conducta debe seguir.
Las Normas de comportamiento: son formas de comportamiento, prescripciones para actuar de una manera determinada en unas situaciones específicas. Cualquier sociedad, por el hecho de serlo, tiene una serie de Normas de Conducta Sociales, convencionales y externas al individuo, que limita y orientan el comportamiento de sus miembros: leyes, costumbres, prohibiciones, etc.
Las Leyes Naturales: Comprenden todos los criterios y principios supremos de la conducta humana, considera ésta en dos aspectos, uno individual y otro social.
De este modo la Ley Natural comprende juicios enunciativos cuyo fin es explicar y demostrar las relaciones que existen entre los fenómenos. La Ley Natural es válida cuando es verdadera; en consecuencia, el derecho natural es el intrínsecamente justo, el que es valioso por sí mismo, el que atiende al fondo y no a la forma.
Todas las leyes, en sentido estricto, son naturales debido a que expresan relaciones necesarias derivadas de la naturaleza de los seres. Las Leyes Naturales, ya sean físicas, químicas o biológicas, tienen el rasgo común de ser manifestaciones varias de la materia. Estas leyes pertenecen al mundo del ser, debido a que expresan las relaciones existentes entre los fenómenos de la naturaleza y explican además cómo ocurren las cosas. De este modo regulan relaciones de carácter necesario y son inviolables.
Algunos ejemplos:
* Ley de control
* Ley de causa y efecto
* Ley de la creencia
* Ley de las expectativas
* Ley de atracción
* Ley de la correspondencia
* Ley de equivalencia
1.2 CLASIFICACION DE NORMAS
La norma jurídica es un conjunto de reglas que tiene que seguir la sociedad y que al romperlas tienen alguna consecuencia (por ejemplo robar-te meten a la cárcel, matar-cárcel, etc.)
La norma natural es las reglas de cada familia o grupo social y que al romperlas no tienen ninguna consecuencia excepto el cargo de conciencia...en estas están los valores familiares, que pueden ser diferentes en cada familia de acuerdo a su educación y experiencias.
Las normas morales imponen conductas, pero no son externas al sujeto, sino autónomas, dadas por la propia conciencia de cada uno.
En general, las personas poseen una conciencia recta que les indica lo que está bien y lo que está mal, y actúan en consecuencia. La gente en general no roba, ni mata, ni lesiona a otros, no por temor al castigo de las leyes penales, sino porque sienten que eso está mal, y ni siquiera se toman el trabajo de leer los códigos penales para no caer en el delito, simplemente actúan por su instinto de buena persona.
Las Normas Morales nacen con nosotros, pero las vamos rearmando día a día, en base a nuestras experiencias, de lo que nos enseñaron que se hace y qué no, y de los valores que se nos transmiten en el mundo en que vivimos. La moral social influye decididamente sobre la moral individual. La conciencia moral y sus normas.
Las normas Religiosas imponen conductas al hombre, de hacer o de no hacer, con la finalidad de lograr un mundo humano mejor, pero en el caso de las normas religiosas con una meta trascendente: recibir el premio a sus buenas acciones en la vida ultra terrenal, o también allí, el castigo correspondiente. No hay castigo efectivo en la Tierra ni posibilidad de obligar al cumplimiento de la norma religiosa, pues esencialmente debe cumplirse por convicción y amor a Dios, y no por imposición.
Algunos ejemplos:
Jurídicas: Código de comercio
Sociales; mutua ayuda entre vecinos
Morales; el respeto a tus padres
Religiosas: no desearás a la mujer de tu prójimo
¬¬¬1.3 CONCEPTO DE DERECHO Y CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS JURIDICAS.
DEFINICIÓN DE DERECHO:
El DERECHO es un conjunto de normas que regulan la conducta externa de las personas y para cuyo cumplimiento el Estado puede emplear la fuerza.
En latín formal la palabra Derecho era IUS, en tanto en latín vulgar se usaba DIRECTUM, palabra que daba la idea de lo que es recto, razonable, legítimo e imparcial.
Primitivamente el Derecho se ejercía según la tradición y las costumbres; Derecho Consuetudinario, pero a medida que se impone la razón se establecen las leyes escritas apareciendo el Derecho Objetivo o Positivo, el cual contiene el ordenamiento jurídico del país y el Derecho Subjetivo, facultades que tiene la persona frente a sus pares y el Estado
La característica fundamental del Derecho es que constituye una norma jurídica, la cual contiene regulaciones al comportamiento, sanciones y situaciones de coacción.
Las principales fuentes formales del Derecho, es decir, donde se encuentran contenidas estas normas son la Constitución Política del Estado y las Leyes de la República
NORMAS JURÍDICAS
Las normas jurídicas son las reglas de conducta, sancionadas por el Estado a través de sus órganos legislativos, por los procedimientos legalmente previstos, y que contienen sanción en caso de incumplimiento. Son aplicables aun cuando el sujeto obligado las desconozca, ya que son heterogéneas, ajenas a la voluntad de aquél al que van dirigidas, y se suponen conocidas a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Si no fueran sancionadas de acuerdo a los procedimientos legales, las normas jurídicas no serían válidas. Una norma válida puede caer en desuso y no ser
Población, y no sancionarse su incumplimiento. En ese caso a pesar de ser una norma jurídica válida se dice que no se halla vigente. Las normas jurídicas tienden a lograr un orden social justo, por lo cual en general no se oponen a las demás normas, sino que las complementan acompañándolas de una sanción efectiva ante su incumplimiento.
ELEMENTOS.
SUJETO JURIDICO: Es todo ente o ser capaz de ser titular de derechos y obligaciones.
OBJETO JURIDICO: Es la prestación que puede recaer sobre un bien, es lo que debe hacer mediante la norma.
RELACIÓN JURIDICA: Es el vínculo entre dos sujetos jurídicos que nace de la relación de un determinado supuesto o hipótesis colocando a uno de los sujetos en calidad de acreedor (sujeto activo) y al otro como deudor (sujeto pasivo).
CONSECUENCIA JURIDICA: Es el vínculo entre dos sujetos que nace de la infracción de un deber jurídico.
FINALIDAD: O valor jurídico que persigue la norma.
CARACTERÌSTICAS.
UNILATERALIDA,
BILATERALIDAD
INTERIORIDAD
EXTERIORIDAD
COERCIBILIDAD
INCOERCIBILIDAD
AUTONOMIA
HETERONOMIA.
UNILATERALIDAD Y BILATERALIDAD.
UNILATERILIDAD
Que es referida solo a una parte o a unas acciones, es una de las partes, o que se refiere a un aspecto determinado de una cuestión.
BILATERILIDAD
Son las normas que a la vez que imponen deberes, conceden facultades.
INTERIORIDAD Y EXTERIORIDAD.
INTERIORIDAD
Que tiene su propio fondo estructural de validez
EXTERIORIDAD Son las que se determinan tomando en cuenta, únicamente, la conducta externa de los individuos.
COERCIBILIDAD E INCOERCIBILIDAD.
COERCIABILIDAD
En caso de inobservancia, es posible hacer valer la norma mediante la fuerza (se entiende que se trata de una fuerza legal y legítima).
INCOERCIBILIDAD
Los deberes morales son incoercibles, es decir, su cumplimiento ha de efectuarse de manera espontánea. Por el contrario, el Derecho tolera y en ocasiones incluso ordena el empleo de la fuerza, como medio para conseguir la observancia de sus preceptos.
AUTONOMIA Y HETERONOMIA
AUTONOMIA
Es la facultad de la norma para actuar y sin jurisdicción a una norma superior dentro de una marca de valores jurídicos.
HETERONOMIA
Las normas son creadas por un sujeto (poder legislativo) distinto al destinatario de las mismas, a quien le son impuestas independientemente de su voluntad.
1.4 DERECHO POSITIVO, DERECHO VIGENTE Y DERECHO NATURAL
Derecho positivo
Es el conjunto de leyes vigentes en un país. Es toda creación jurídica que se ha elaborado tanto en el pasado como en el presente ó sea es derecho positivo todo que, sobre leyes se haya escrito en el mundo entero.
Derecho vigente. Se identifica como tal al derecho positivo que rige en un momento histórico determinado. La autoridad tiene facultad de derogar, abrogar, y declarar no vigente a una norma.
Derecho natural
Es inmutable y universal,
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