GARANTIAS INDIVIDUALES
danyarocio5 de Octubre de 2012
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Resumen de las Garantías Individuales y Sociales
Cada individuo tiene un proyecto de vida, entre ellos alcanzar sus metas y por ende conseguirlas una a una, es decir algunos se conformarían con tener un techo donde vivir, otros con tener algún posgrado o maestría, otros solo con obtener un trabajo que les permita sacar adelante a su familia, algunos otros más con tener dinero para darle ese día de comer a sus hijos, cada persona tiene diferentes objetivos pero todos encaminados hacía el mismo fin, que es lograr un punto de estabilidad que le permita obtener de cierta manera la felicidad.
Sin embargo esa felicidad es efímera, por lo cual el ser humano debe estar en una lucha constante por obtener lo que desea, con las libertades que tiene de elegir cuáles son sus prioridades e inquietudes, sin limitación alguna que le hagan imposible lograr sus objetivos.
Como en segmentos anteriores se puntualizo, que estos fines deberán estar basados de acuerdo la idiosincrasia y temperamento especifico de cada individuo, es decir que cada uno de éstos tiene bajo su propia voluntad lo que desea, para su propio desarrollo como ser humano total e independiente.
Con esto nos queda claro el término de libertad humana, ya que es el propio individuo quien toma sus propias decisiones, forjando su finalidad de acuerdo a su libre albedrío, de esta manera evolucionando conforme a su ideología.
Kant dijo: “Personalidad es libertad e independencia del mecanismo de toda naturaleza”.
El Individuo mediante la conducta humana tanto interna, como externa, se rige por medio de normas, que regulan su actividad externa, siempre normada por disposiciones, reglas e ideas, que el mismo se dispone.
Así mismo encontramos el colectivismo, que no es más que el concepto que dicta que el bienestar del grupo es más importante que el del individuo y que cualquier individuo en particular puede ser “sacrificado” por el bien del mayor número posible.
Sin embargo estos principios son total y absolutamente mermados ante el poder de unos sobre los otros, por lo que se hace necesaria la elaboración de leyes que regulen dichas conductas, evitando así los abusos de los cuales han victimas algunos individuos.
La ideología del colectivismo encuentra prosperidad en la creación de razones para su existencia y lo que hace. Ahí es donde viene la ingeniería social modelando la propia existencia de todo ser humano para convertirse en uno dependiente. Junto con ello, viene la ingeniería de la opinión pública, que es el método utilizado para justificar la actuación de los colectivistas, y allí es cuando oímos, ‘esto es para el bien de todos” o “es en el mejor interés del pueblo”.
El ser humano por naturaleza es social, por lo cual debe aprender a convivir con otros, motivo por el cual debe aprender a aceptar las pautas de comportamiento social y adaptarse a ellas, este desarrollo no solo lo observamos en diversas etapas de su vida, no solo en personas, sino también en grupos sociales que cambian de una cultura a otra, de un status social a otro.
Desde mi punto de vista tanto la persona humana como la libertad humana parten de dos características:
Objetivamente
Que es la influencia que la sociedad ejerce en la persona, en cuanto al proceso que moldea al sujeto y lo adapta a las condiciones de una sociedad determinada.
Subjetivamente
A partir de la aceptación, reacción o respuesta del individuo ante la sociedad.
Los miembros de la sociedad van transmitiendo de generación en generación culturas, usos y costumbres, los individuos aprenden conocimientos específicos, desarrollan potencialidades y habilidades necesarias para la participación adecuada a una vida social que marca ciertas pautas y normas a las que ellos deben someterse.
Por último el Estado de Derecho es aquel en que autoridades e individuos se rigen por el derecho y éste incorpora los derechos y las libertades fundamentales, así mismo el Estado de Derecho existe siempre que el gobierno se apega a las reglas que para ese propósito emanen.
La clasificación más común según el jurisconsulto Burgoa es la siguiente:
1.- Garantías Sociales.
2.- Garantías de igualdad.
3.- Garantías de libertad.
4.- Garantías de propiedad.
5.- Garantías de seguridad jurídica.
Podemos decir que las garantías individuales son ese conjunto de facultades y prerrogativas que le corresponden al hombre por su misma naturaleza. Estas garantías pueden confundirse con los Derechos Humanos, pero éstas los incluyen y se visualizan como medios de reconocimiento y protección de aquéllos.
Las garantías individuales protegen valores ético-morales, que son los bienes jurídicos tutelados. Entre éstos podemos incluir:
La vida, como valor supremo que da sustento general a los demás valores. La libertad, como facultad de desarrollar potencialidades y cualidades y de elegir los medios u objetivos materiales y espirituales con las restricciones de la moral pública y el orden colectivo.
La Dignidad, que aunque no está incluida en la Ley Suprema, se presenta como la calidad y cualidad de ser tratado como persona. La Igualdad, como la facultad de ser tratados de la misma manera que los que están en nuestra misma situación ante las leyes. La Seguridad Jurídica, como la protección de que la ley va a actuar en justicia para nosotros y para todos.
La Propiedad, como reconocimiento de derechos individuales sobre las cosas, resultado de un régimen democrático. El titular de estos derechos subjetivos públicos es el gobernado. El obligado a respetarlas es el servidor público o mejor dicho la autoridad, refiriéndose a toda persona que desempeñe un cargo, comisión o empleo para el Estado.
El catálogo de garantías individuales que hace la Constitución es bastante extenso, pero aún así no es limitativo, ya que cualquier derecho inherente al ser humano es susceptible de protección aunque los mecanismos específicos no estén perfectamente definidos, siempre tenemos la posibilidad de recurrir al amparo de la Justicia Federal. Además hay muchas garantías específicas que nos dan una protección muy extensa, no sólo para aquellos actos que se mencionan, sino para todos aquellos que puedan tener una relación con éstos.
La defensa o la protección de los Derechos Humanos tiene la función de:
• Contribuir al desarrollo integral de la persona.
• Delimitar, para todas las personas, una esfera de autonomía dentro de la cual puedan actuar libremente, protegidas contra los abusos de autoridades, servidores públicos y de particulares.
• Establecer límites a las actuaciones de todos los servidores públicos, sin importar su nivel jerárquico o institución gubernamental, sea Federal, Estatal o Municipal, siempre con el fin de prevenir los abusos de poder, negligencia o simple desconocimiento de la función.
• Crear canales y mecanismos de participación que faciliten a todas las personas tomar parte activa en el manejo de los asuntos públicos y en la adopción de las decisiones comunitarias.
Características de los Derechos Humanos
Son universales porque pertenecen a todas las personas, sin importar su sexo, edad, posición social, partido político, creencia religiosa, origen familiar o condición económica.
Son incondicionales porque únicamente están supeditados a los lineamientos y procedimientos que determinan los límites de los propios derechos, es decir, hasta donde comienzan los derechos de los demás o los justos intereses de la comunidad.
Son inalienables porque no pueden perderse ni transferirse por propia voluntad; son inherentes a la idea de dignidad del hombre.
Clasificación de los Derechos Humanos en tres generaciones
Los Derechos Humanos han sido clasificados de diversas maneras, de acuerdo con su naturaleza, origen, contenido y por la materia que refiere. La denominada Tres Generaciones es de carácter histórico y considera cronológicamente su aparición o reconocimiento por parte del orden jurídico normativo de cada país.
Primera generación
Se refiere a los derechos civiles y políticos, también denominados "libertades clásicas". Fueron los primeros que exigió y formuló el pueblo en la Asamblea Nacional durante la Revolución francesa. Este primer grupo lo constituyen los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios en diversas partes del mundo a finales del siglo XVIII.
Como resultado de esas luchas, esas exigencias fueron consagradas como auténticos derechos y difundidos internacionalmente, entre los cuales figuran:
Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.
Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos. Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre.
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral.
Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación.
Toda persona tiene derecho a circular
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