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GOBIERNO CIVIL

mmariannitta10 de Julio de 2014

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ENSAYO SOBRE EL GOBIERNO CIVIL

JOHN LOCKE

CAPÍTULO VIII. DEL COMIENZO DE LAS SOCIEDADES POLÍTICAS

95. Siendo todos los hombres, cual se dijo, por naturaleza libres, iguales e independientes, nadie podrá ser sustraído a ese estado y sometido al poder político de otro sin su consentimiento, el cual se declara conviniendo con otros hombres juntarse y unirse en comunidad para vivir cómoda, resguardada y pacíficamente, linos con otros, en el afianzado disfrute de sus propiedades, y con mayor seguridad contra los que fueren ajenos al acuerdo. Eso puede hacer cualquier número de gentes, sin injuria a la franquía del resto, que permanecen, como estuvieran antes, en la libertad del estado de naturaleza. Cuando cualquier número de gentes hubieren consentido en concertar una comunidad o gobierno, se hallarán por ello asociados y formarán un cuerpo político, en que la mayoría tendrá el derecho de obrar y de imponerse al resto.

96. Porque cuando un número determinado de hombres compusieron, con el consentimiento de cada uno, una comunidad, hicieron de ella un cuerpo único, con el poder de obrar en calidad de tal, lo que sólo ha de ser por voluntad y determinación de la mayoría pues siendo lo que mueve a cualquier comunidad el consentimiento de los individuos que la componen, y visto que un solo cuerpo sólo una dirección puede tomar, precisa que el cuerpo se mueva hacia donde le conduce la mayor fuerza, que es el consentimiento de la mayoría, ya que de otra suerte fuera imposible que actuara o siguiera existiendo un cuerpo, una comunidad, que el consentimiento de cada individuo a ella unido quiso que actuara y prosiguiera. Así pues cada cual está obligado por el referido consentimiento a su propia restricción por la mayoría. Y así vemos que en asambleas facultadas para actuar según leyes positivas, y sin número establecido por las disposiciones positivas que las facultan, el acto de la mayoría pasa por el de la totalidad, y naturalmente decide como poseyendo, por ley de naturaleza y de razón, el poder del conjunto.

97. Y así cada hombre, al consentir con otros en la formación de un cuerpo político bajo un gobierno, asume la obligación hacia cuantos tal sociedad constituyeren, de someterse a la determinación de la mayoría, y a ser por ella restringido; pues de otra suerte el pacto fundamental, que a él y a los demás incorporara en una sociedad, nada significaría; y no existiera tal pacto si cada uno anduviera suelto y sin más sujeción que la que antes tuviera en estado de naturaleza. Porque ¿qué aspecto quedaría de pacto alguno? ¿De qué nuevo compromiso podría hablarse, si no quedare él vinculado por ningún decreto de la sociedad que hubiere juzgado para sí adecuada, y hecho objeto de su aquiescencia efectiva? Pues su libertad sería igual a la que antes del pacto gozó, o cualquiera en estado de naturaleza gozare, donde también cabe someterse y consentir a cualquier acto por el propio gusto.

98. En efecto, si el consentimiento de la mayoría no fuere razonablemente recibido como acto del conjunto, restringiendo a cada individuo, no podría constituirse el acto del conjunto más que por el consentimiento de todos y cada uno de los individuos, lo cual, considerados los achaques de salud y las distracciones de los negocios que aunque de linaje mucho menor que el de la república, retraerán forzosamente a muchos de la pública asamblea, y la variedad de opiniones y contradicción de intereses que inevitablemente se producen en todas las reuniones humanas, habría de ser casi imposible conseguir. Cabe, pues, afirmar que quien en la sociedad entrare con tales condiciones, vendría a hacerlo como Catón en el teatro, tantum ut exiret. Una constitución de este tipo haría al poderoso Leviatán más pasajero que las más flacas criaturas, y no le consentiría sobrevivir al día de su nacimiento: supuesto sólo admisible si creyéramos que las criaturas racionales desearen y constituyeren sociedades con el mero fin de su disolución. Porque donde la mayoría no alcanza a restringir al resto, no puede la sociedad obrar como un solo cuerpo, y por consiguiente habrá de ser inmediatamente disuelta.

99. Quienquiera, pues, que saliendo del estado de naturaleza, a una comunidad se uniere, será considerado como dimitente de todo el poder necesario, en manos de la comunidad, con vista a los fines que a entrar en ella le indujeron, a menos que se hubiere expresamente convenido algún número mayor que el de la mayoría. Y ello se efectúa por el simple asentimiento a unirse a una sociedad política, que es el pacto que existe, o se supone, entre los individuos que ingresan en una república o la constituyen. Y así lo que inicia y efectivamente constituye cualquier sociedad política, no es más que consentimiento de cualquier número de hombres libres, aptos para la mayoría, a su unión e ingreso en tal sociedad. Y esto, y sólo esto, es lo que ha dado o podido dar principio a cualquier gobierno legítimo del mundo.

100. Hallo levantarse a lo dicho dos objeciones: 1. Que es imposible hallar en la historia ejemplos de una compañía de hombres independientes y uno a otro iguales, que se reúnan y de esta suerte empiecen y establezcan un gobierno. 2. Que es jurídicamente imposible que los hombres puedan obrar así, pues habiendo nacido todos los hombres bajo gobierno, a él deben someterse y no están en franquía para constituir uno nuevo.

101. A la primera hay que responder: Que no es para asombrar que la historia no nos dé sino cuenta muy parca de los hombres que vivieron juntos en estado de naturaleza. Los inconvenientes de tal condición, y el amor y necesidad de la sociedad, apenas hubieron congregado a un dado número de ellos, sin dilación les unieron y organizaron en un cuerpo, como ellos desearan proseguir en compañía. Y si no nos fuere lícito suponer que hayan vivido hombres en estado de naturaleza, porque poco sepamos de ellos en tal estado, igualmente podríamos mantener que los ejércitos de Salmanasar o de Jerjes nunca fueron de niños, porque no dejaron ellos sino menguado testimonio hasta que fueron hombres, y entrados en milicia. Antecedió el gobierno dondequiera a la memoria escrita; y rara vez cundieron las letras en un pueblo hasta que por larga continuación de la sociedad civil hubieran logrado otras mas necesarias artes proveer a su seguridad reposo y abundancia. Y luego empezaron a inquirir sobre la historia de sus fundadores y a escudriñar los propios orígenes, cuando a la memoria de ello habían sobrevivido. Porque a las naciones ocurre lo que a los individuos: que comúnmente ignoran sus nacimientos e infancias; y si algo saben de ellos es gracias a accidentales recuerdos que otros hubieren conservado. Y los que tenemos del principio de cualquier constitución política del mundo, salvo la de los judíos, en que hubo inmediata interposición de Dios y no por cierto favorable al dominio de raíz paterna, claros ejemplos son del principio a que hice referencia, o al menos guardan de él manifiestos indicios.

102. Manifiesta inclinación abriga a negar los hechos evidentes que no armonicen con su hipótesis quien no reconozca que nacieron Roma y Venecia por haberse juntado diversos hombres, libres e independientes unos de otros, faltos entre si de superioridad o sujeción naturales. Y si José Acosta ha de merecernos crédito, por él sabremos no haber existido en muchas partes de América gobierno alguno. "Hay conjeturas muy claras que por gran tiempo, no tuvieron estos hombres reyes ni república concertada, sino que vivían por behetrías, como agora los floridos y los chiriguanas, y los brasiles y otras naciones muchas, que no tienen ciertos reyes, sino conforme a la ocasión que se ofrece en guerra o paz, eligen sus caudillos como se les antoja." Si se dijere que cada hombre nació sujeto a su padre, o al jefe de su familia, ya acerca de ello se probó que la sujeción por un hijo debida al padre no le quitaba su facultad de incorporarse a la sociedad política que estimare idónea; pero sea como fuere, aquellos hombres patentemente eran de veras libres; y cualquiera que sea la superioridad que algunos políticos quisieran hoy conferir a uno de los tales, ellos mismos, por su parte, no la reclamaron, sino que, por consentimiento, fueron iguales todos, hasta que, por el propio consentimiento, levantaron a los gobernantes sobre sí mismos. De suerte que todas sus sociedades políticas nacieron de unión voluntaria, y del mutuo acuerdo de hombres libremente obrando en la elección de sus gobernantes y formas de gobierno.

103. Y atrévome a esperar que quienes de Esparta salieron con Palanto, mencionados por Justino, serán aceptados como varones que fueron libres e independientes unos de otros, y que por propio consentimiento ordenaron un gobierno sobre sí mismos. Tengo, pues, dados distintos ejemplos que consignó la historia, de gentes libres y en estado de naturaleza que, bien hallados se organizaron en un cuerpo y fundaron una nación. Mas si la falta de tales ejemplos fuere argumento probativo de que así no fue ni pudo ser empezado el gobierno, supongo que más les valiera a los sostenedores del imperio paternal pasarla por alto que argüirla contra la libertad del estado de naturaleza; porque si pudieran dar igual número de ejemplos, sacados de la historia, de gobiernos empezados por derecho paterno, entiendo que, con no ser el argumento de gran fuerza para demostrar lo que debería acaecer según derecho, podríase, sin gran peligro, cederles el campo. Mas en caso tal les aconsejara no investigar mucho los orígenes de los gobiernos empezados de facto, por temor a hallar en el fundamento de ellos algo poquísimamente favorable al designio que promueven y a la clase de poder por quien batallan.

104. Pero concluyamos: siendo patente

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