Garantías Constitucionales
arizmendi20002 de Febrero de 2015
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Garantías Constitucionales
Unidad I
1.- ¿Cuál es la ley precursora de las garantías que rigió en México en la época colonial?
Las leyes de Indias en derecho público.
2.- ¿Cuál es la ley precursora de las garantías que rigió en México en la época independiente?
Las siete leyes de 1836, el primer modelo de organización política elaborado por el conservadurismo en el siglo XIX
3.- ¿Cuál es la constitución que enumera en forma especial algunas garantías individuales mencionándolas como derechos del mexicano?
Constitución de Apatzingan, Art 24, 31, 14, constitucional.
4.- ¿Qué personaje de la historia formuló de manera particular el arreglo de los derechos del ciudadano y establece la figura jurídica del amparo a cualquier habitante de la república?
Manuel Crescencio Rejón.
5.- ¿Qué corriente influye en el cambio de la constitución de 1917?
Corriente positivista Rousseau con el Contrato Social, Jhon Locke, Voltaire y Montesquieu
6.- ¿Qué documentos son los antecedentes más importantes de la constitución de Apatzingan?
El acta de independencia formulada en el congreso de Chilpancingo el 14 de septiembre de 1813 por José María Morelos y Pavón. (Sentimientos de la nación) y los elementos constitucionales de Rayón.
7.- ¿Cuáles son los lineamientos generales que se adoptan en la constitución de 1824?
Los Elementos Constitucionales (1811) de la Junta de Zitácuaro, la declaración de los Sentimientos de la Nación de 1913 y el Decreto Constitucional par la América de 1814, mejor conocido bajo el nombre de Constitución de Apatzingán, los dos últimos emanados del Supremo Congreso Nacional de América
8.- ¿En qué documento histórico se plasmó por primera vez los derechos del hombre y del ciudadano y en país tiene su origen?
La “Carta Magna” del Rey Juan Sin Tierra, dictada en el año de 1215,
9.- ¿Qué dice el artículo primero de la constitución del 57?
En esta constitución en si Titulo Primero, sección I, denominada “De los derechos del hombre” se tenían una seria de artículos que establecían con toda claridad los derechos humanos fundamentales, en donde se nota una tendencia liberal e individual.
10.- ¿Que establece la constitución vigente en su artículo primero?
Art. 1. En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozara de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán suspenderse no restringirse, sino en los casos y en las condiciones que ella misma establece.
Está prohibida la esclavitud en los estaos Unidos Mexicanos. Los esclavos que entren del extranjero al territorio nacional alcanzaran, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad. La discapacidad, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, la preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
11.- ¿En cuál constitución se plasman por primera vez las Garantías Sociales?
La constitución de 1917
Unidad II
1.- Defina el concepto de autoridad, soberano, soberanía y autónomo.
La autoridad- como atributo de una persona, cargo u oficio que otorga un derecho a dar órdenes; como una relación entre los cargos de superior y subordinado; como una cualidad que hace que una orden se cumpla, y como base de un comportamiento.
Soberano.- Se le llama así al titular de la soberanía (v.); o sea, quien ejerce o posee la autoridad suprema e independiente.
Soberanía.- Deriva del latín super amus que significa señor supremo. La soberanía es sinónimo de poder, superior a cualquiera, inalienable o imprescindible, es el carácter supremo e un poder supremo, en el sentido de que dicho poder no admite a ningún otro ni por encima, ni en concurrencia con él.
Autónomo.- Se utiliza para designar la condición de libre que una persona posee. El término proviene del griego, significando la palabra ‘auto’ uno mismo y ‘nomos’ norma o regla. El significado final representa a aquellas personas que se valen por sí mismas y que no requieren la ayuda o asistencia de terceros.
2.- ¿Cuál es la raíz etimológica del concepto de garantía?
Proviene del latín garante; entre sus acepciones se encuentran “efecto de afianzar lo estipulado” y “cosa que asegura o protege contra algún riesgo o necesidad.
3.- ¿Cómo clasifica Jellenek a las garantías del derecho público?
Jellinek clasifica a las “garantías del derecho público” en garantías sociales, tales como la religión, las costumbres, las fuerzas culturales y, en general, los elementos diversos que se dan en la dinámica de la sociedad; garantías políticas, dentro de las que comprende la organización misma del Estado y el principio de la división de poderes; y jurídicas que se traducen en los sistemas de fiscalización de los órganos estatales, de responsabilidad oficial, de jurisdicción de los medios para hacer efectivas las normas de derecho objetivo.
4.- ¿Cómo identifica Kelsen a las garantías de la constitución?
Las identifica con los procedimientos o medios para asegurar el imperio de la Ley Fundamental frente a las normas jurídicas secundarias.
5.- Explique ¿cómo clasifica las garantías Fix Zamudio?
Señala que existen 2 especies de garantías, las fundamentales y las de la Constitución, en donde las primeras engloban las individuales, sociales e institucionales. Las segundas son los procesos establecidos por los artículos 103, 107,105 y 111 que ya son normas estrictamente procesales, de carácter represivo y reparador.
6.- ¿Qué son las relaciones de coordinación? 1
Son los vínculos que se entablan merced a una gama variada de causas entre dos o más sujetos físicos o morales, dentro de su condición de gobernados; esas relaciones pueden ser de índole privada o de carácter socioeconómico. En el primer caso, cuando están previstas y reguladas por las normas jurídicas, el conjunto de éstas constituyen lo que suele denominarse Derecho Privado (como el Derecho Civil y el Derecho Mercantil), y en el segundo caso, si las citadas normas son impuestas y rigen su agrupamiento, integran lo que se llama Derecho Social (como el Derecho Laboral y el Derecho Agrario).
Por tanto, tales relaciones, reguladas generalmente por el Derecho Privado y el Social, pueden existir entre dos o más personas físicas; entre éstas y las personas morales de Derecho Privado, y entre unas y otras y las personas morales de Derecho Social.
7.- ¿Qué son las relaciones de de supraordinación? 2
Se establecen entre los diferentes órganos de poder o gobierno de un Estado o sociedad, normando la actuación de cada uno de ellos, y colocados en la misma situación de imperio o de soberanía. Las relaciones de supraordinación son las relaciones entre dos o más autoridades de Estado.
8.- ¿Qué son las relaciones de suprasubordinación? 3
Las relaciones de supra a subordinación, son las que existen o se crean entre los órganos estatales, por un lado, como depositarios o ejercitantes del poder de imperio y los sujetos frente a los cuales el poder se desempeña a través de variados actos de autoridad de diversa índole, por el otro.
En dichas relaciones, la persona moral estatal y sus autoridades desempeñan, frente al gobernado, la actividad soberana o de gobierno, que se traduce en la realización de actos autoritarios propiamente dichos que tienen como atributos característicos la unilateralidad, la imperatividad y la coercitividad.
9.- ¿Qué es el sujeto activo o gobernado, en las garantías individuales?
El sujeto activo o titular de las garantías individuales no solo es la persona humana sino cualquier gobernado, ósea cualquier ente jurídico colectivo.
10.- ¿Que es el sujeto pasivo, en las garantías individuales?
Como sujeto pasivo de las garantías constitucionales se ubica una autoridad dentro del poder público, este como elemento constitutivo del estado.
11.- Dé el concepto de garantía según Burgoa Orihuela.
Son en concreto, medios jurídicos de protección, defensa o salvaguarda de los derechos del hombre en primer término, por lo que estos derechos son jurídicamente resguardados y tutelados por la constitución y el sistema jurídico mexicano.
12.- ¿Qué es la supremacía constitucional? 4
En un sistema jurídico, la supremacía constitucional significa que la Constitución es la norma que denominamos fundamental, que está en la cúspide o por encima de las demás normas jurídicas.
Es pues la Constitución el documento legal supremo, el que se ubica en la cúspide. Y esta característica de supremacía va a tener consecuencias importantes para nuestro sistema jurídico. Para el Estado de Derecho, aludir a la supremacía, es aludir a que esta norma es la norma primaria, que va ser el primer elemento de referencia en todo ordenamiento jurídico del Estado de que se trate, va a ser el primer punto de referencia de todo ordenamiento existente. Va a ser la fuente de creación de todo el sistema jurídico.
13.-Explique las tesis jusnaturalista y la estatista.
La
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