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Garantias individuales y sociales. GARANTÍAS DE PROPIEDAD


Enviado por   •  1 de Febrero de 2018  •  Documentos de Investigación  •  1.801 Palabras (8 Páginas)  •  268 Visitas

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En términos generales se puede expresar que la LIBERTAD está integrada por el conjunto de facultades que poseen las personas para escoger los medios y forma de conducta externa para alcanzar sus propios fines o para lograr la satisfacción de sus intereses particulares.

En síntesis, la libertad es una facultad innata en el individuo, que le sirve para realizar sus propios fines y que se encuentra limitada por normas jurídicas que le dan razón de ser a esa libertad y le impiden realizar aquellas formas de conducta que dañen a otro u otros individuos. Es decir, el derecho de libertad de una persona termina en donde empieza el derecho de libertad de otra.

GARANTÍAS DE PROPIEDAD

La propiedad se conceptúa como la facultad que tiene una persona para usar, disfrutar y disponer de un bien o de un derecho con las modalidades y limitaciones que establezca la ley. El derecho de propiedad, para su regulación, se divide en dos grandes grupos: propiedad mobiliaria y propiedad inmobiliaria.

Propiedad mobiliaria: se refiere al dominio exclusivo, a título de dueño que ejerce una persona sobre bienes de naturaleza mueble.

Propiedad inmobiliaria: se refiere a la titularidad que con este carácter se ejerce sobre los bienes inmuebles.

La garantía de propiedad, tanto mobiliaria como inmobiliaria se incluye en el segundo párrafo del artículo 14 constitucional, el cual consigna una importante protección jurídica a este derecho. Dice que “nadie puede ser privado de sus propiedades”

De las garantías de propiedad también se distinguen las:

Propiedad privada: es aquella titularidad que sobre determinados viene ejercen las personas de manera individual, está reconocida dentro del primer párrafo del artículo 27.

Propiedad social: es el conjunto de bienes que pertenecen a agrupamientos de personas expresamente reconocidas por el propio precepto constitucional, como son los ejidos y las comunidades rurales.

La expropiación es el arrebato de la propiedad particular o social por parte del estado, con el fin de satisfacer con los bienes expropiados importantes y fundamentales necesidades públicas.

GARANTÍAS SOCIALES

Constituye procurar defender los intereses ya no solo de los individuos en particular, sino integrados dentro de un grupo social determinado. La garantía social solo puede ser invocada por individuos que se encuentran dentro de una situación expresamente prevista por el correspondiente derecho subjetivo público, el cual establece el grupo social al que se trata de darle protección legal.

En la constitución mexicana están incluidas las siguientes garantías sociales: Derecho a la educación, derecho a la conservación de lenguas, culturas y costumbres indígenas, derecho a la salud, derecho a la vivienda, derecho a la propiedad comunal y ejidal de tierras, derecho al trabajo, derecho a la previsión y seguridad social.

DERECHO A LA EDUCACIÓN: Se refiere a que todo individuo tiene el derecho de acceder a las instituciones de educación de manera gratuita y obligatoria los Derechos Humanos lo expresan en su artículo 26. En el artículo 3 de la constitución mexicana expresa que toda la educación que imparte el estado será gratuita. Desde luego los padres o tutores de los menores tienen la obligación de hacer que sus hijos o pupilos acudan a recibir esta educación, puesto que en favor de ellos existe esta importante garantía social.

DERECHO A LA CONSERVACIÓN DE LENGUAS, CULTURAS Y COSTUMBRES INDÍGENAS: se refiere a que deben respetar las lenguas, costumbres y organización social de los indígenas y además prestarles todos los servicios que otorga la organización política moderna.

DERECHO A LA SALUD: es la facultad a que tienen acceso todas las personas y el estado debe garantizarlos mediante la actualización de hospitales y personal preparado. Los servidores de salud deben estar organizados por el estado, a fin de que se garantice el acceso a ellos por parte de todas las personas. El artículo 4o de la constitución establece que el derecho a la salud es una garantía legal y que tanto el gobierno federal, como los gobiernos de los estados, deberán coordinarse para que la prestación de este importante servicio público sea eficaz.

DERECHO A LA VIVIENDA: toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado y parte de ello lo conforma la vivienda. El artículo 25 establece como una prerrogativa importante que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure una vivienda.

DERECHO A LA PROPIEDAD COMUNAL Y EJIDAL DE TIERRAS: Es un derecho constitucional otorgado a los ciudadanos para que tengan acceso a la propiedad personas y colectiva. En el artículo 17 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos señala que todas las personas tienen derecho a la propiedad tanto individual como colectiva. En México la propiedad colectiva agraria como garantía agraria social está contenida en el artículo 27 de la constitución, en donde se reconocen claramente dos tipos de derecho subjetivos públicos sobre esta propiedad: propiedad comunal y ejidal.

DERECHO AL TRABAJO: Todas las personas, además de tener derecho a un trabajo, deben ser libres para elegir el que quiera desarrollar, deben tener condiciones equitativas y satisfactorias para desarrollar sus labores, tener en igualdad de condiciones y sin discriminación de ninguna naturaleza, salario igual para trabajo igual, tener un salario remunerador. El artículo 123 constitucional y su ley reglamentaria llamada ley federal del trabajo.

DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL: se refiere a la protección contra los accidentes de los trabajadores y sus familias, así como su acceso al sector salud, vivienda, educación, etc. La seguridad social no solo atiende al factor de la productividad en sí mismo, sino al propósito de lograr la justicia social, que como ya se ha señalado en otra parte de este tema, es uno de los fines últimos del estado.

Garantías de seguridad jurídica

Las relaciones entre los órganos del estado y los particulares son numerosas y consecuentes; a cada momento los órganos de autoridad emiten actos

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