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Instituto para la protección al ahorro bancario (IPAB)


Enviado por   •  9 de Julio de 2015  •  Informes  •  1.235 Palabras (5 Páginas)  •  432 Visitas

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Esta investigación tiene como propósito dar a conocer qué son algunos de los organismos que pertenecen y no al gobierno, en esta investigación se da a conocer los objetivos que tienen estas organizaciones y su área de trabajo.

INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO (IPAB)

El IPAB es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con personalidad jurídica y patrimonio propios y con domicilio en el Distrito Federal, cuyas funciones se encuentran reguladas en la Ley de Protección al Ahorro Bancario (LPAB) y en la Ley de Instituciones de Crédito (LIC).

El IPAB tiene por mandato legal administrar el sistema de protección al ahorro bancario en México (seguro de depósitos), en beneficio de los ahorradores que realicen operaciones bancarias consideradas como obligaciones garantizadas (depósitos, préstamos y créditos), de conformidad con lo dispuesto por la LPAB y la LIC; lo anterior, en los términos y con las limitantes contenidos en las disposiciones normativas correspondientes. El IPAB pagará el saldo de las obligaciones garantizadas, considerando el monto del principal y accesorios, hasta por una cantidad equivalente a 400,000 unidades de inversión (factor de indexación de la cobertura otorgada) por persona, física o moral, cualquiera que sea el número y clase de dichas obligaciones a su favor y a cargo de una misma institución de banca múltiple.

Asimismo, el IPAB tiene por objeto realizar los actos correspondientes para resolver al menor costo posible instituciones de banca múltiple con problemas financieros que afecten su nivel de capitalización, a través de la determinación e implementación de métodos de resolución que permitan la salida ordenada del sistema bancario de dichas instituciones de banca múltiple y, de esta forma, contribuir a la estabilidad del aludido sistema y el buen funcionamiento del sistema de pagos.

Las operaciones que se encuentran protegidas por el Seguro de Depósitos son, entre otras, las siguientes:

Cuentas de ahorro Cuentas de cheques Tarjeta de débito

Cuentas de Nómina Pagarés con

rendimiento

liquidable

al vencimiento Certificados

de depósito

Se debe tener presente que existen operaciones bancarias que no están protegidas por el IPAB, por lo que tienes que preguntar en tu banco cuáles son los productos que cuentan con este beneficio respaldado por el gobierno.

COMISIÓN NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS (CONDUSEF)

Es una institución pública dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Se dedica a dos tipos de acciones:

• Preventivas (orientar, informar, promover la Educación Financiera), y

• Correctivas(atender y resolver las quejas y reclamaciones de los usuarios de servicios y productos financieros).

Compromiso:

• Fomentar la Educación Financiera entre la población.

• Continuar con el desarrollo de productos y herramientas que apoyen, asesoren y orienten a los usuarios de servicios financieros.

• Buscar siempre una relación justa y equitativa entre los usuarios y las instituciones financieras.

Se atiende a clientes de instituciones financieras, tales como:

• Bancos

• Casas de Bolsa

• Centros Cambiarios

• Sofomes / Sofoles

• Aseguradoras

• Afores

Conjunto de disposiciones, leyes, reglamentos y acuerdos a los que se apega la Condusef en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas.

• Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros

• Reformas, adiciones y derogaciones al Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros

• Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros

• Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los servicios Financieros

• Reglamento de supervisión de la CONDUSEF

• Disposiciones de carácter general por las que se establece la información que deben rendir las Unidades Especializadas de las instituciones financieras a la CONDUSEF ¡Nuevo!

• Anexo técnico de las disposiciones de carácter general por las que se establece la información

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