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Integracion Del Juzgado


Enviado por   •  13 de Noviembre de 2011  •  1.375 Palabras (6 Páginas)  •  928 Visitas

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LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

TITULO CUARTO

“De la Organización de los Juzgados del Tribunal Superior de Justicia”

CAPITULO I

Disposiciones Generales

Artículo 48. En el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, los órganos

jurisdiccionales de primera instancia los conforman:

I. Jueces de lo Civil y los Jueces de Paz Civil, estos en los asuntos que no sean de

única instancia;

II. Jueces de lo Penal y los Jueces de Paz Penal;

III. Jueces de lo Familiar;

IV. Jueces de Arrendamiento Inmobiliario;

V. El Juzgado Mixto ubicado en las Islas Marías y

VI. Jueces de Justicia para Adolescentes.

Artículo 49. En el Distrito Federal habrá el número de Juzgados que el Consejo de

la Judicatura considere necesarios para que la administración de justicia sea

expedita. Dichos Juzgados estarán numerados progresivamente.

Artículo 50. Los Jueces de lo Civil conocerán:

I. De los asuntos de jurisdicción voluntaria, cuyo conocimiento no corresponda a

los Jueces de lo Familiar, del Arrendamiento Inmobiliario y de lo Concursal;

II. De los juicios contenciosos que versen sobre la propiedad o demás derechos

reales sobre inmuebles, siempre que el valor de éstos sea mayor de sesenta mil

pesos, cantidad que se actualizará en forma anualizada en el mes de diciembre

para empezar a regir el primero de enero siguiente, de acuerdo con el Indice

Nacional de Precios al Consumidor que determine el Banco de México;

III. De los demás negocios de jurisdicción contenciosa, común y concurrente, cuya

cuantía exceda de veinte mil pesos y que será actualizada en los mismos términos

de la fracción anterior;

IV. De los interdictos;

V. De la diligenciación de los exhortos, rogatorias, suplicatorias, requisitorias y

despachos, y VI. De los demás asuntos que les encomienden las leyes.

Artículo 55. Los asuntos relativos a la inmatriculación judicial de inmuebles y

demás asuntos, concúrsales y demás asuntos referentes a la materia que

establezcan las leyes serán competencia de los Jueces de lo Civil.

CAPITULO III

De la Organización Interna de los Juzgados

Artículo 56. Cada uno de los Juzgados a que se refiere este capítulo, tendrá:

I. Un Juez, que atenderá proporcional y equitativamente las cargas de trabajo con

el objeto de lograr la inmediatez y expeditez necesarias en el conocimiento de los

asuntos a su cargo;

II. Los Secretarios de Acuerdos, Conciliadores, Proyectistas y Actuarios que

requiera el servicio; y

III. Los servidores públicos de la administración de justicia que autorice el

presupuesto.

Artículo 57. El Secretario de Acuerdos que determine el Juez, será el jefe

inmediato de la oficina en el orden administrativo, dirigirá las labores de ella

conforme a las instrucciones del propio Juez y lo suplirá en sus ausencias, cuando

no excedan de un mes.

Artículo 58. Son obligaciones de los Secretarios de Acuerdos:

I. Formular los Proyectos de acuerdo, realizar emplazamientos y notificaciones

cuando lo ordene el juez;

II. Dar cuenta diariamente a sus jueces bajo su responsabilidad y dentro de las

veinticuatro horas siguientes a su presentación ante la oficialía de partes del

Juzgado, con todos los escritos y promociones, en los negocios de la competencia

de aquellos, así como de los oficios y demás documentos que se reciban en el

Juzgado;

III. Autorizar los despachos, exhortos, actas, diligencias, autos y toda clase de

resoluciones que se expidan, asienten, practiquen o dicten por el Juez;

IV. Asentar en los expedientes las certificaciones que procedan conforme a la ley

o que el Juez ordene;

V. Asistir a las diligencias de pruebas que debe recibir el Juez de acuerdo con las

leyes aplicables;

VI. Expedir las copias autorizadas que la ley determine o deban darse a las partes

en virtud de decreto judicial;

VII. Cuidar que los expedientes sean debidamente foliados, utilizando, para el

efecto el equipo que permita imprimir de forma permanente dicho folio y el material

aprobado por el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal para la integración

de los expedientes. Al agregar o sustraer alguna o algunas de las hojas de éstos,

asentar razón

...

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