JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO EN EL ESTADO DE MEXICO
gotenluismaTesis14 de Octubre de 2013
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C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO EN EL ESTADO DE MEXICO
Presente.
MARIA RUIZ ICAZA, por mi propio derecho y con la personalidad que ostento en el presente juicio, y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de documentos notificaciones y valores el ubicado en Cerrada Dalias manzana tres, ejidos de San Cristóbal, código postal 06304, Ecatepec, Estado de México, para los mismos efectos autorizo a los C.C licenciados en derecho Patricia Viridiana López Pérez, Martha Patricia Pérez Castillo, Héctor López Rioja, Sandra Berenice Pérez Ochoa, quienes se identifican con cedula profesional numero 1836946, 1036287,1274589, 9821673, respectivamente; expedidas a su favor por la Dirección General de Profesiones, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo, que por medio del presente escrito, con fundamento en los artículos 4.88, 4.89 XI, 4.91 del código civil del Estado de México, vengo a demandar al señor JUAN DIAZ RIOS, quien para todos sus efectos legales tiene su domicilio en Rosa de los Alpes numero veintiséis Alborada de Aragón código postal 55220, Ecatepec Estado de México, el divorcio necesario en atención a los siguientes:
PRESTACIONES
1. Disolución de vínculo matrimonial que nos une.
2. En vía de consecuencia la disolución de la sociedad conyugal, régimen bajo el cual nos casamos.
3. La guarda y custodia de nuestros menores hijos
4. Pensión alimenticia bastante y suficiente para la manutención de nuestros menores hijos y la suscrita.
5. La separación de cuerpos como media provisional.
6. El pago de gastos y costas que origine el presente juicio.
En atención a lo dispuesto por el artículo 2.108 V del código de procedimientos civiles para el Estado de México manifiesto:
HECHOS
PRIMERO. Con fecha catorce de febrero del dos mil uno contraje matrimonio con el hoy demandado por lo que a la fecha contamos con diez años y once meses de casados, lo que acredito con copia certificada del acta de matrimonio numero 274 de la fecha 14 de febrero del 2001 expedida por el oficial vigésimo del registro civil del Estado de México, documento que acompaño a la presente demanda como anexo numero uno.
SEGUNDO. El régimen matrimonia bajo el cual la suscrita y el hoy demandado contrajimos matrimonio es el de sociedad conyugal, lo cual acredito con la copia certificada del acta de matrimonio que se encuentra como anexo numero uno.
TERCERO. La suscrita y el hoy demandado procreamos a dos menores María y Juan ambos de apellidos Díaz Ruiz, de cinco y tres años respectivamente y que actualmente habitan en el domicilio Rosa de los Alpes numero veintiséis Alborada de Aragón código postal 55220, Ecatepec Estado de México, lo cual acredito con las copias certificadas de las actas de nacimiento respectivas y que se integran como anexo dos y tres.
CUATRO. Establecimos nuestro ultimo domicilio conyugal en Rosa de los Alpes numero veintiséis Alborada de Aragón código postal 55220, Ecatepec Estado de México, lo cual acredito con el recibo de teléfono de la fecha 13 de febrero del 2012.
QUINTO. Es el caso de un año a la fecha el hoy demandado a cambiado radicalmente su forma de ser, no acude a dormir al domicilio conyugal, deja de dar lo suficiente para la manutención de la familia y su comportamiento es cada vez mas violento hacia sus menores hijos y la suscrita.
SEXTO. En atención a los maltratos de los que hemos sido victimas por parte del señor Juan Díaz Ríos, me refiero a su señoría, manifestándole que el día tres de enero del presente año la suscrita como de costumbre llevo a sus menores hijos al colegio y siendo aproximadamente las ocho y media de la mañana, en estacionamiento de nuestro domicilio se encontraba el hoy demandado esperándome para decirme: “oye hija de la chingada, ¡ya estuvo bueno!... ¿Qué no ves la hora que es? Ya se me hizo tarde para ir a trabajar, y tú dándote el lujo de llevarte el coche, ¿Qué no puedes llevarte a tus pinches chamacos caminando?”, situación que me atemorizo porque al mismo tiempo se acercó para bajarme de nuestro automóvil y jaloneándome me tiro al piso y antes de retirarse me golpeo dándome una patada en las costillas, diciéndome: “esto te mereces por pendeja, ya me tienes hasta la madre”, situación que además de dolorosa fue muy bochornosa ya que se encontraban presentes mis vecinos del departamento 204 (doscientos cuatro), que responden a los nombres de Sr. Alejandro Lazcano Alfaro y Bertha Alejandra Ramos Leal. . Con este hecho se trata de demostrar que hoy el demandado se ha excedido en malos tratos e injurias hacia su familia.
SEPTIMO. Así mismo hago de su conocimiento que el día martes catorce de febrero del año en curso nuestros vecinos del departamento 208, los señores Sr. Francisco Ruíz Ávila y Alexa Liliana Malpica Escamilla, realizaron una reunión a la cual fuimos invitados todos los vecinos que vivimos en el edificio, la cita fue a partir de las dieciocho horas en donde la suscrita, nuestros menores hijos y la gran mayoría de los vecinos estábamos presentes, y siendo aproximadamente las diecinueve horas del citado día llego el hoy demandado y dirigiéndose hacia la suscrita me dijo: “Tú no cambias sólo buscas la oportunidad para estar viendo con quien te revuelcas, maldita la hora en que me case contigo, me has hecho la vida imposible, pero te vas a arrepentir perra desgraciada, cuídate porque te va a llevar la chingada”, situación que es por demás desagradable e imposible de sostener ya que la suscrita ha intentado una vida sana con el hoy demandado, sin embargo este no permite por ningún motivo que sea así, vivo angustiada y temo por la vida de mis hijos y la mía. El presente hecho fue constatado por nuestros vecinos quienes se dieron a la tarea de invitarnos y cuyos nombres han quedado señalados. Con lo narrado en el presente hecho se trata de demostrar a su señoría que el señor Juan Díaz Ríos no cambia la forma de concluirse con nosotros ya que su comportamiento se ha manifestado, no sólo en injurias, golpes y malos tratos, sino también en amenazas. Conducirse
DERECHO
Su señoría es competente para conocer del presente asunto en atención al articulo1.10 I del código de procedimientos civiles del Estado de México.
Fundo el presente asunto en atención a los numerales 4.88 del código civil vigente para el Estado de México y 2.108 así como los demás relativos y aplicables del código adjetivo de materia.
POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y FUNDADO
A USTED C. JUEZ ATENTAMENTE PIDO SE SIRVA
PRIMERO:
Tenerme por presentada ingresando la demanda de divorcio necesario solicitando se dicte acto admisorio.
SEGUNDO:
Tener por autorizadas a las personas para oír y recibir todo tipo de documentos y notificaciones, así como reconocido el domicilio señalado para los mismos efectos.
TERCERO:
En su momento procesal oportuno emplazar al demandado para todos los efectos legales.
CUARTO.
Dictar sentencia que sea favorable a la actora en atención a todas y cada una de las pretensiones señaladas en este documento.
PROTESTO LO NECESARIO.
Estado de México a 4 de Febrero del 2012
RUIZ ICAZA MARIA Lic. PATRICIA VIRIDIANA LOPEZ PEREZ
AUTO ADMISORIO
Ecatepec, Estado de México a 5 de febrero de 2012.
Con el escrito de cuenta y anexos que se acompañan, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno bajo el número de partida que corresponda. Se tiene por presentada a la Sra. María Ruíz Icaza por su propio derecho, por señalado el domicilio para los fines que precisa, y por autorizados a los profesionales en derecho que menciona en términos de los artículos 1.93, 1.94 y demás relativos y aplicables al Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, demandando en la Vía Ordinaria Civil el Divorcio Necesario del Sr. Juan Díaz Ríos, misma que se admite a trámite en términos por lo dispuesto por los artículos 4.88, 4.89 y 4.90 fracción XI del Código sustantivo de la materia. Con las copias simples córrase traslado a la parte demandada para que dentro del término de nueve días produzca su contestación conforme lo establecido en el numeral 2.111 del Código adjetivo de la materia, apercibida de que en caso de no dar cumplimiento en los plazos establecidos se le tendrá en rebeldía. Se determina la retención del 40% de las percepciones totales del Sr. Juan Díaz Ríos, por concepto de pensión alimenticia provisional a favor de la hoy actora y sus menores hijos quienes para todos los efectos legales serán los acreedores alimentarios, así mismo se decreta como medida precautoria la separación de cuerpos durante la tramitación del presente asunto. Notifíquese.- Así lo proveyó y firma el C. Juez Décimo de lo Familiar, asistido del C. Secretario de Acuerdos con quien actúa y da Fe.
JUZGADO 10 FAMILIAR
SECRETARIA”1”
EXP. 222/2012
CÈDULA DE NOTIFICACIÒN
SR. Juan Díaz Ríos
DOMICILIO: Ubicado en Rosa de los Alpes numero 26 Colonia Alborada de Aragón C.P. 55220 Municipio de Ecatepec Estado de México
En los autos relativos al juicio de divorcio necesario promovido
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