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Jornada Laboral


Enviado por   •  17 de Julio de 2019  •  Apuntes  •  4.566 Palabras (19 Páginas)  •  141 Visitas

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UNIDAD 5

JORNADA: es todo el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del empleador en tanto no pueda disponer de su actividad en beneficio propio.

- Integran la jornada los períodos de inactividad a que obligue la prestación contratada, con exclusión de los que se produzcan por decisión unilateral del trabajador.

- Entre el cese de una jornada y el comienzo de la otra deberá mediar una pausa no inferior a 12 horas.

- La distribución de las horas de trabajo será facultad privativa del empleador y la diagramación de los horarios no estará sujeta a la previa autorización administrativa. Pero el empleador deberá hacerlos conocer mediante anuncios colocados en lugares visibles del establecimiento.

- Extensión: no podrá exceder de 8 hs. diarias o 48 hs. semanales.

- Exclusiones: actividades y trabajadores excluídos de la LCT: a)servicio doméstico, b)trabajos agrícola-ganadero, c)miembros de la familia del dueño o encargado del establecimiento exclusivamente atendidos por ellos (art.Ley 11544).

- Exclusión de la legislación provincial: la determinación y extensión de la jornada de trabajo tiene carácter nacional y deja sin efecto cualquier legislación provincial que disponga una extensión distinta.

*Extensión de la jornada. Límites: el límite máximo de la jornada de trabajo responde a razones de orden biológico, socioeconómico, y de producción para proteger la salud psicofisica del trabajador (evitar accidentes laborales por fatiga). La jornada también opera como un mecanismo regulador de la producción y la productividad.

Tipos de Jornada 

  1. Normal Diurna: es la comprendida entre las 6hs y las 21hs en el caso de mayores. En el caso de menores hasta las 20 horas. Tiene una duración de 8 horas diarias o 48 horas semanales, que pueden distribuirse en razón de un máximo de 9 horas (distribución desigual).
  2. Promedio: se fijan métodos de cálculo de la jornada máxima distintos a los legales, tomando en consideración promedios que pueden ser mensuales, trimestrales o anuales, respetando pautas fijadas en la LCT. Surgen de los CCT. Ej: 12 hs. un día mientras no supere el promedio mensual= 160 hs. El límite es el descanso diario de 12 hs. y semanal de 35 hs.
  3. Nocturna: aquella que se extiende entre las 21hs. de un día y las 6hs. del día siguiente. No puede exceder de 7 hs. por jornada y 42 hs. por semana. En el caso de menores: desde las 20 hs. a 6hs. Los menores (varones y mujeres) de 18 años no pueden ser ocupados en trabajos nocturnos.
  4. Insalubre: es aquella jornada de trabajo que se desarrolla dentro del ámbito físico del establecimiento sobre el que pesa una declaración de insalubridad dictada por autoridad administrativa, es decir, jornada de trabajo en tareas o condiciones declaradas insalubres (la autoridad de aplicación intima a la empresa para que adecue ambientalmente el lugar, establecimiento, actividad. Otorga un plazo, si el empleador no cumple  declara la insalubridad). Declarada insalubre, se reduce la jornada a 6hs.  diarias y 36hs. semanales sin reducción de salarios. Se prohíben las horas extras. Mujeres y menores de 18 años no pueden desempeñar tareas declaradas insalubres.
  5. Jornada Mixta: se denomina así al horario de trabajo que alterna dos tipos de jornada con distinto tratamiento. Existen:

a) Diurna-Nocturna: es aquella que la que un mismo trabajador alterna horas durante el día y horas durante la noche. Cada hora de trabajo después de las 21hs. será computado como 1 hora con 8 minutos. Estos 8 minutos se suman al finalizar la jornada, y el empleador podrá optar por 2 alternativas:

- que el trabajador se retire antes del horario de salida,

- que se retire a horario de salida y esos minutos se computen como horas extras con los recargos legales del 50 % o 100 % s/corresponda.

b) Salubre-Insalubre: es aquella en la que un mismo trabajador alterna horas de trabajo prestados en un ambiente inocuo y otras en un ambiente declarado insalubre por la autoridad de aplicación.

->Si las tareas en horario insalubre superan las 3 horas, la totalidad de la jornada se considera insalubre por lo que se reducirá la misma a 6hs. diarias y 36hs. semanales.

->Si las tareas en horario insalubre no superan las 3 horas, se computará como 1 hora y 20 minutos. Éstos minutos solo pueden utilizarse para reducir la jornada y no se puede aplicar ninguna compensación económica.    

 

Jornada de Tº Parcial: jornada inferior a las 2/3 partes de la habitual con expresa prohibición de trabajar horas extras.

Trabajo por Equipos: trabajos ininterrumpidos que requieren cobertura por las 24 horas y los 7 días de la semana y los turnos rotativos, aún cuando no cubran todas las horas disponibles. Es una excepción legal de carácter permanente (tb es otra excepción la de los gerentes y directores- ley 26597). Condición: que el término de las horas de trabajo sobre un periodo de 3 semanas, al menos, no exceda de 8hs. por día o 48hs. semanales.  

DESCANSOS

Descanso: es el tiempo en el que el trabajador se encuentra fuera del ámbito laboral dedicado al reposo, recuperación psicofisica, tiempo libre, atención a su familia y otras actividades. Es la contrapartida de la jornada.

Función: higiénica y biológica (de reposo y recuperación), patológica (p/preservar la salud del trabajador), sociales, esparcimiento, educativa y tiempo libre.

Descanso Diario: dentro de la jornada (para el almuerzo, por razones higiénicas) y entre dos jornadas  (12 horas). Es el tiempo que necesita el trabajador para su recuperación en cada día de trabajo.

Descanso Semanal: es el lapso que se extiende desde las 13 horas del día sábado hasta las 24 horas del domingo.

-> Si por alguna razón excepcional el trabajador presta tareas en esos días, el empleador debe reconocerle un descanso compensatorio de igual duración (dentro de los 7 días posteriores).

-> Si el descanso semanal no coincide con sábados y domingos, podrán formularse cronogramas de trabajo (s/empresa-actividad) y los días de descanso semanal coincidan con otros días (Ej: espectáculos, bares y restaurantes, salud, etc.).

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