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Jucio Oral


Enviado por   •  9 de Marzo de 2014  •  1.307 Palabras (6 Páginas)  •  328 Visitas

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JUICIO ORAL DE FIJACION DE ALIMENTOS NUEVO.

SEÑOR JUEZ................ DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO DE FAMILIA

SANDRA OFELIA PINEDA MONTERROSO, de cuarenta y años de edad, casada, ama de casa, guatemalteca, de este domicilio con residencia en la segunda calle diez guión cuatro , Zona dos, de esta ciudad capital, actuo en la representación en el ejercicio de la patria potestad, de mis dos hijas menores de edad, SELMA PATRICIA, ODRA IVETTE todas de apellidos PEREZ PINEDA, actúo bajo el auxilio y dirección del Licenciado EDGAR ERNESTO HERRERA DE LEON, y señalo como lugar para recibir notificaciones la trece calle dos guión setenta y tres de la zona uno de esta ciudad capital; respetuoosamente comparezco ante usted a demandar en JUICIO ORAL, para obtener FIJACION DE PENSION ALIMENTICIA, en contra del señor JUAN CARLOS PEREZ PAZ, quien puede ser notificado en el lugar de su residencia ubicada en la segunda calle trtes guiòn diez, Colonia Bran, zona uno, de esta ciudad capital, con base en los siguientes:

HECHOS:

I. Contraje matrimonio civil con el señor Juan Carlos Pérez Paz, el doce de diciembre de mil novecientos noventa, ante los oficios del señor Alcalde Municipal de Santa Catarina Pinula departamento de Guatemala, acto que quedó inscrito en el Registro Civil de la Municipalidad de Santa Catarina Pinula departamento de Guatemala, en la partida número siescientos diez (610), folio veinticuatro (24) del libro quince (15) de Matrimonios Municipales.

II. Dentro de nuestro matrimonio procreamos dos hijas de nombres SELMA PATRICIA y ODRA IVETTE, ambas de apellidos PEREZ PINEDA, quienes a la presente fecha tienen ocho y diez años respectivamente; como consta en las partidas de nacimientos y certificacion adjuntas.

III. Desde hacee catorce meses, el demandado no me ha proporcionado el dinero necesario, para el sostenimiento de nuestras dos hijas, por lo que me he visto en una situación ecónomica muy dificil; ya que él no ha cumplido con sus obligaciones de padre.

IV. El demandado, señor JUAN CARLOS PEREZ PAZ, percibe los ingresos suficientes, por lo que es procedente que se fije una PENSIÓN ALIMENTICIA PROVISONAL de UN MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q. 1,200.00) a razón de SEISCIENTOS QUETZALES (Q. 600.) para cada una de mis menores hijas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

El artículo 287 del mismo cuerpo legal establece que la obligación de dar alimentos debe de ser exigible, desde que los necesitare la persona que tenga derecho a percibirlos, como en este caso nuestras hijas menores tiene la necesidad de recibir alimentos entre otras cosas. El Código Civil, establece en los siguientes artículos: 254: " La patria potestad comprende el derecho de representar legalmente al menor; 278 "La denominación de alimentos comprende todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y también educación e instrucción del alimentista cuando es menor de edad; 279 "Los alimentos han de ser proporcionados a las circunstancias personales y pecuniarias de quien los debe y de quien los recibe y serán fijados por el juez, en dinero; 283 "Estan obligados recíprocamente a darse alimentos, los cónyuges, los ascendientes, descendientes y hermanos"; 287 "La obligación de dar alimentos será exigible, desde que los necesitare la persona que tenga derecho a percibirlos. El Código Procesal Civil y Mercantil, al respecto establece en los siguientes artículos: 199 numeral 3º. "Se tramitaran en juicio oral lo asuntos relativos a la obligación el inciso tercero, se dice que es materia de juicio oral lo relativo a la obligación de prestar alimentos, por lo tanto es importante mencionar este articulo ya que este caso es materia del juicio oral. El Código Procesal Civil y Mercatil en su artículo doce, segundo parrafo establece que: "En los procesos que versen sobre prestación de alimentos o pago de pensiones por ese concepto, será juez competente el del lugar donde resida el demandado o donde tenga su domicilio la parte demandante, o a la elección de ésta última". El artículo dos de la Ley de Tribunales de Familia establece que: " Corresponden a la jurisdicción de los tribunales de Familia los asuntos y controversias cualquiera que sea la cuantía, relacionados con los alimentos".

OFRECIMIENTO DE MEDIOS

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