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Juicio Oral (nuevo Procedimiento Penal)


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2012  •  1.109 Palabras (5 Páginas)  •  1.079 Visitas

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ANALISIS.

El nuevo procedimiento penal se basa en 3 importantes etapas las cuales se plantean en diferentes situaciones por ejemplo:

Etapa 1 se puede dar el caso de no detener al agresor y el agredido solo presentara una denuncia la cual si el ministerio publico lo decide no se le dará seguimiento y aun en caso de detener al agresor se presentara ante el juez y el decidirá si iniciar un juicio o simplemente tomar salidas alternas bajo ciertos requerimientos.

Etapa 2 se dará apertura del juicio oral después se llevara a cabo un procedimiento abreviado en el cual el MP y el defensor entregaran sus pruebas al juez de garantía y el juez dará una rebaja de sentencia ya que no puede aplicar una mayor a la solicitada por el MP.

Etapa 3 se lleva a cabo un juicio oral dentro de una sala de lo penal en la que 3 jueces serán los encargados de declarar culpable al imputado o absolverlo de toda responsabilidad después de analizar y escuchar las pruebas de ambas partes y esto será en un plazo no mayor de 24 horas.

SINTESIS.

El nuevo procedimiento penal está constituido por 3 etapas que son:

• Inicio

• Intermedia

• Juicio oral

En la primera etapa. Se plantean dos situaciones una en la que el agresor logra huir y otra en la que hay detenido en la primera de estas al no haber detenido el agredido puede ir ante el ministerio público a levantar una denuncia o una querella entonces el ministerio público tiene 3 alternativas:

• 1º Ejercer la facultad de no iniciar la investigación aunque si el agredido no esta de acuerdo se puede realizar la persecución del delito.

• 2º archivar temporalmente ya que si no se cuentan con pistas suficientes no se puede proceder pero si se llegan a encontrar suficientes pistas un determinado tiempo después se puede solicitar la reapertura del caso.

• 3º Aplicar el principio de oportunidad; si se ha reparado el daño a la victima u ofendido y así no se inicia una persecución penal o también puede impugnar por parte del ofendido ante un juez de garantía.

En dado caso de que el “MP” no tomara alguna de las 3 alternativas se iniciara la investigación para el esclarecimiento del hecho delictivo y en esto lo ayudara la policía ministerial y los peritos.

En la segunda parte de la primera etapa se crea una situación en la que el agresor es detenido por la autoridad la cual lo lleva ante el ministerio publico y el agredido tiene 2 opciones levantar una demanda en el ministerio publico o en la policía ministerial y también tiene la opción de levantar una querella en el “MP”. El detenido deberá ser presentado ante un juez en un lapso no mayor de 48 horas.

El acusado o agresor se le debe formular una imputación frente a un juez de garantía y su abogado defensor frente a los cuales rendirá su declaración de los hechos.

Durante la vinculación al proceso el ministerio público solicita al juez medidas coitelares sobre el imputado tales como prisión preventiva, prohibición de salir de la ciudad o pagos de fianzas.

Se pueden tomar salidas alternas:

• 1º Suspensión del proceso a prueba durante un lapso no menor a un año y no mayor a 3 años siempre y cuando no sea un delito doloso ni su sentencia mínima sea de 8 años.

• 2º Acuerdos reparatorios en los cuales se requiere que sean delitos patrimoniales sin violencia y que el agredido

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