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Justificación Artículo 123 constitucional apartado B fracción XIII


Enviado por   •  7 de Mayo de 2017  •  Tesinas  •  787 Palabras (4 Páginas)  •  889 Visitas

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Justificación

Artículo 123 constitucional apartado B fracción XIII

La inconstitucionalidad de algunas normas siempre se ha hecho presente en el ámbito jurídico, ya que muchos normas generales o reglamentos son violatorios de derechos humanos y garantías individuales, mas sin embargo que pasa cuando es la misma constitución la que violenta dichos derechos humanos y garantías?, Púes bien, en presente trabajo quiero tratar esto en el tema que respecta al artículo 123 de la constitución, en específico al apartado B, fracción XIII, en cual habla de los elementos de seguridad como lo son los militares, agentes del ministerio público, fuerzas policiales, etc.

Quiero tratar este tema puesto que me parece relevante el contenido de dicha parte del artículo, esto a causa de que a mi punto de vista y al de muchos, este es inconstitucional.

Ahora bien, en el presente trabajo se pretende analizar más a fondo el problema de dicho artículo relacionándolo con la realidad en la que se vive en el país en la cuestión que trata este precepto constitucional.


Impacto

Artículo 123 constitucional apartado B fracción XIII

Al analizar a fondo la fracción XIII del apartado B del artículo 123 de la constitución, podemos darnos cuenta de que violenta las garantías jurídicas esencial como lo es el derecho al trabajo.

Pretendo que este trabajo cause un impacto social en cada persona que lea este trabajo, que cada persona que sea trabajador o ciudadano interesado en el tema desarrolle un interés jurídico y político en cuanto al tema, puesto que en este apartado habla de los elementos de seguridad pero en un futuro próximo podrían ser involucrados más trabajadores de otras ramas y así ir deplorando la seguridad jurídica de las personas como trabajador al no garantizársele la restitución y solo dar una simple indemnización que se fije sin justicia ni equidad.

Jurídicamente, pretendo hacer de observancia que dicha fracción es inconstitucional y como dar mi percepción de cómo debería de estar plasmada en la carta magna.


El estado del arte

Artículo 123 constitucional apartado B fracción XIII

Ahora bien, sobre el presente tema, que es lo que se ha dicho respecto a este, pues bien, si es bien sabido que uno como persona debe de tener presente el derecho de ser restituido a su puesto que desempeña si es que se le destituye de una manera injustificada, en la sección de este artículo, expresa claramente lo contrario, que una vez que algún elemento de seguridad sea destituido, este no tendrá derecho a ser restituido nuevamente y que solo tendrá derecho a una indemnización. Lo que se ha dicho al respecto, pues es de esperarse… es que esta fracción xiii apartado b del artículo 123 constitucional, es violatorio de las garantías de las personas. Se han dado entrevistas a diferentes personajes y muchos concuerdan en que este precepto no debería estar incluido en la constitución, es una forma bastante abrupta de dignificar a los elementos de policía, ejercito y demás personal que se encuentre dentro del alcance de lo plasmado en esta fracción.

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