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LA ADOPCIÓN en el Perú


Enviado por   •  17 de Agosto de 2015  •  Ensayos  •  1.145 Palabras (5 Páginas)  •  149 Visitas

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LA ADOPCIÓN

En el Perú se admite la postulación de matrimonio, solamente se admite las postulación de personas solteras cuando se trata de adopción de niños mayores de 6 años.

Si dentro del matrimonio hubiera un hijo, solo podrán postularse para niños mayores de 5 años.

Los adoptantes deben cumplir requisitos de edad

- para adoptar niños de 0 a 3 años los adoptantes no pueden ser mayores de 35 años

- para adoptar niños de 3 a 4 años los adoptantes no pueden ser mayores de 45 años

La adopción se admite plena y debe existir una diferencia de 18 años entre el adoptante y el adoptado (Benchuya, adopcion para padres e hijos, 2005)

El procedimiento de adopción en nuestro código civil en el artículo 378° inciso 7° tiene como requisito que la adopción sea aprobada por el juez. La ley 26662 artículo 1°.2° explica que cuando se trata de adopción de personas se puede recurrir al poder judicial o al notario. Por otra parte el código procesal civil en el artículo 749° prescribe que la adopción se tramita con un proceso no contencioso lo cual explica que posibilita que las sentencias extranjeras sobre adopción puedan ser reconocidas ejecutadas en el Perú sin necesidad de un procedimiento. (barrero, 2007)

Y al hablar de adoptar a un niño, niña o adolescente es asumir con amor y compromiso la maternidad y /o paternidad. Es una decisión importante que establece un fuerte vínculo afectivo y legal con el hijo o hija. El objetivo principal de la adopción es darle al niño una familia, un hogar , afecto y que respete sus derechos y su integridad. No se trata entonces de darle un hijo a una familia. Y podríamos recalcar que la adopción es un encuentro entre el niño, en su necesidad y los padres en su deseo. No es un derecho de los adultos de conseguir que se les confíe un niño porque lo desean. (adopcion@mimp.gob.pe, 2008)

La adopción de menores de edad es un proceso judicial que se realiza ante un Juzgado de Familia ya que funciona sin necesidad de declaración judicial de abandono, pero sólo para determinados casos, tal como lo establece el artículo 128 del Código de los Niños y Adolescentes. Y es así que procede a favor del que posea vínculo matrimonial con el padre o madre del niño o adolescente por adoptar. En este caso el niño o adolescente mantiene los vínculos de filiación con el padre o madre biológica. (Ndez, 2010)

En cambio en la adopción de mayores de edad, es el Código Procesal Civil el que regula estas adopciones, y señala que el proceso no contencioso así como lo ordena el artículo 781 de ese cuerpo de leyes. Si el adoptado es incapaz, se requiere la intervención de su representante legal. Y si cesa la incapacidad del adoptado, éste puede solicitar se deje sin efecto la adopción. Y esto lo puede hacer dentro del año siguiente del cese de la incapacidad (Ndez, 2010)

En una entrevista realizada por Ana Trelles conductora del programa “Dándole vueltas” del canal ATV a Eda Aguilar, Directora General de Adopciones de MIMP, nos dice que las personas solteras o casadas legalmente, excepto los convivientes, tienen el derecho de adoptar y se realiza desde los 25 hasta los 52 años realizando el proceso de adopción en todas sus etapas, empezando con una etapa crítica que es la lista de espera, el cual los solicitantes declarados aptos pasan a esta lista y esperan entre un tiempo más o menos corto de espera, algunas veces este proceso se queda en este paso ya que las personas adoptantes se cansan de esperar y anulan su opción. Nos dice también que los niños que algunas veces no se realiza

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