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Proceso De Adopcion


Enviado por   •  24 de Agosto de 2011  •  1.087 Palabras (5 Páginas)  •  911 Visitas

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CAPITULO V

REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE ADOPCION:

En el caso de las adopciones nacionales los solicitantes presentarán su solicitud ante la autoridad central, quien la remitirá a la autoridad central, para los efectos de realizar los estudios que corresponden y si es procedente dictar la declaratoria de idoneidad.

En el caso de las adopciones internacionales, las personas interesadas en adoptar a un niño deberán iniciar sus diligencias de adopción ante la autoridad central de su país de residencia, la que remitirá la solicitud con los certificados correspondientes a la autoridad central de Guatemala.

Las personas contempladas en las literales e) el hijo o hija de uno de los cónyuges o convivientes, en cuyo caso ambos padres biológicos deberán prestar su consentimiento, salvo que uno de ellos haya fallecido o hubiere perdido la patria potestad y f) el mayor de edad, si manifiesta expresamente su consentimiento; en igual forma podrá ser adoptado el mayor de edad con incapacidad civil, con el expreso consentimiento de quién ejerza sobre él la patria potestad o la tutela del Artículo 12 de la Ley de adopciones, podrán acudir directamente ante un notario, los que con dictamen favorable de la autoridad central, podrán formalizar la adopción, mediante escritura pública.

CAPITULO VI

PROCEDIMINETO ADMINISTRATIVO

Selección de familia.

Declarada la adoptabilidad por el juez de niñez y adolescencia, la autoridad central, realizará la selección de las personas idóneas para el niño, en un plazo de diez días contados a partir de la solicitud de adopción, debiéndose dar prioridad a su ubicación en una familia nacional.

La selección de los padres adoptantes para un niño determinado debe realizarse considerando los siguientes criterios:

• Interés superior del niño;

• Derecho a la identidad cultural;

• Aspectos físicos y médicos;

• Aspectos socioeconómicos;

• Aspectos psicológicos.

Período de socialización

Previo al período de socialización los adoptantes deberán presentar por escrito su aceptación expresa de la asignación del niño en un plazo no mayor de diez días luego de la notificación respectiva.

Recibida la aceptación por la autoridad central ésta autorizará un período de convivencia y socialización de manera personal entre los solicitantes y el niño, no menor de cinco días hábiles, tanto en las adopciones nacionales como internacionales.

La autoridad central deberá informar al juez que se inició el período de convivencia y socialización.

Opinión del niño

Dos días después de concluido el período de socialización, la autoridad central, solicitará al niño, de acuerdo a su edad y madurez que ratifique su deseo de ser adoptado. El consentimiento del niño será dado o constatado por escrito.

Informe de empatía

Al concluir el proceso de socialización y tomando en cuenta la opinión del niño, el equipo multidisciplinario emitirá dentro de los tres días siguientes, contados a partir del período de socialización un informe de empatía que señalará la calidad de la relación establecida entre los potenciales adoptantes y el adoptado.

Garantía migratoria

En caso de las adopciones internacionales, deberá constar por escrito dentro del expediente que las autoridades centrales de ambos Estados están de acuerdo en que se continúe con el procedimiento de adopción.

Se requerirá además el compromiso de la autoridad central u homólogo del país receptor de proporcionar toda la información que permita dar seguimiento al niño dado en adopción; además deberán tomar las medidas necesarias para que el niño reciba la autorización de salida de Guatemala, así como de entrada y residencia permanente al estado de recepción.

Resolución final

Concluido el proceso administrativo, la autoridad central dictaminará dentro

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