LA CONTINUACION DE LA PENA PARA LOS MENORES INFRACTORES EN LOS DELITOS GRAVES
BEREANAYAEnsayo8 de Julio de 2018
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LA CONTINUACION DE LA PENA PARA LOS MENORES INFRACTORES EN LOS DELITOS GRAVES.
Introducción.
Un estudio realizado sobre los adolescentes, concluye que, durante los años 2010, 2011 y 2012, los menores que cometen delitos graves como rapiñas, homicidios, violación, lesiones solo cumplen una pena, en promedio, de cuatro meses. Se presentó este informe en un congreso de criminología. éstas cifras muestran que los jueces y los fiscales piden penas de internación de 3 a 8 meses para menores que cometen rapiñas y homicidios”. Se dice en el país de hoy el abogado. “en los hechos cumplen un promedio de cuatro meses de internación porque salen de buena conducta u otras razones. Son razones leves.”
Estas afirmaciones que nos llenan de estupor. Como para no estar como esta nuestra sociedad, harta del delito como protagonista principal de nuestra vida diaria. En el parlamento hay varias iniciativas presentadas que aumentan lo mínimos de internación para aquellos menores que cometan delitos graves. Sin embargo, no hemos tenido ni la más mínima señal de los legisladores del frente amplio, que son la mayoría, para votar alguna de estas iniciativas. También han presentado, los legisladores del partido acción nacional, iniciativas para elevar el máximo actual de internación por delitos graves que es de cinco años, hasta diez años.
Objetivo general.
Lograr que la comisión de delitos graves cometidos por los menores de impongan penas de carácter continuo y permanente hasta su total rehabilitación.
Objetivos específicos.
1° se pretende crear conciencia en los menores de edad de lo importante que es el que no se presenten a la comisión de delitos que son de carácter grave que su minoría de edad no sea un justificante para delinquir.
2° además se pretende lograr la disminución de la población de menores infractores en los tutelares en virtud de que dentro de los mismos se tienen altas posibilidades de reincidencia y no readaptación.
3° que las víctimas de los delitos tengan la certeza de que la justicia será equitativa e imparcial.
Delimitación del tema.
Continuidad de la pena para los menores infractores en los delitos graves en el Código Penal del Estado de México, en el 2018.
Enfoque.
Se realiza una investigación desde el punto de vista social y abarcando materias de apoyo como la criminología, el derecho penal, y el derecho procesal penal.
Planteamiento del problema.
¿La sociedad está harta de los delitos cometidos por los menores?, ¿Qué se puede hacer para la disminución de la delincuencia juvenil?, ¿Sería viable el aumento de la penalidad de los menores infractores?, ¿Es importante que los legisladores realicen iniciativas de ley que sean eficaces?, ¿Qué tan necesario es la prevención del delito?, ¿Cómo ayuda la criminología a los menores infractores en la comisión de los delitos graves?, ¿Qué dicen los derechos humanos en cuanto a la aplicación de penas para los menores infractores?, ¿Qué hace que un menor delinca?, ¿Cuál es el apoyo que recibe un menor infractor por parte de sus familias?, ¿Cómo funciona el apoyo gubernamental en los menores infractores?
Justificación.
Lamentablemente y esto hay que decirlo claro, los legisladores que pueden, con sus votos, agregados a los nuestros, aprobar dichas iniciativas parlamentarias, que son los del frente amplio, no han mostrado la menor intención de hacerlo. Muchas veces se atribuye a la institución parlamento el hecho de no aprobar determinadas medidas. Sobre todo, por parte del gobierno, que cuando no atribuye culpas de la situación a la prensa, lo que hace al parlamento o a la gente misma, porque no toma las precauciones debidas.
“LA CONTINUIDAD DE LA PENA PARA LOS MENORES INFRACTORES EN LOS DELITOS GRAVES”
INDICE
INTRODUCCION………………………………………………………………….
CAPITULO 1
CONCEPTOS GENERALES
1.1 CONCEPTO DE NIÑO, MENOR Y ADOLECENTE……………………….
1.2 CONCEPTO DE ORIENTACION, PROTECCION Y TRATAMIENTO….
1.3 DIFERENCIA ENTRE DELINCUENTE Y MENOR INFRACTOR…………
1.4 CONCEPTO DE REISERCION SOCIAL…………………………………….
1.5 DIFERENTES TEORIAS SOBRE EL DELINCUENTE……………………...
1.6 LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, Y LAS NIÑAS Y ADOLECENTES……
1.7 LOS PRINCIPIOS RECTORES DEL SISTEMA DE JUSTICIA…………….
CAPITULO 2
ANTECEDENTES HISTORICOS DE LOS MENORES INFRACTORES
2.1 GRECIA……………………………………………………………………………
2.2 ROMA……………………………………………………………………………...
2.3 ESPAÑA…………………………………………………………………………….
2.4 MEXICO…………………………………………………………………………….
2.4.1 periodo prehispánico…………………………………………………………….
2.4.2 periodo colonial………………………………………………………………….
2.4.3 periodo independiente……………………………………………………………
2.4.4 periodo revolucionario…………………………………………………………….
2.4.5 periodo actual………………………………………………………………………
CAPITULO 3
CONTINUIDAD DE LA PENA A MENORES INFRACTORES POR DELITOS GRAVES
3.1 EL CONCEPTO DE INJUSTO EN LOS DELITOS DOLOSOS……………….
3.2 LA RESPONSABILIDAD DEL ADOLECENTE………………………………….
CAPITULO 4
RELACION DE LOS CONCEPTOS ANTERIORES CON EL CODIGO PENAL VIGENTE EN EL ESTADO DE MEXICO Y PROPUESTA
4.1 RELACION DE LOS COCEPTOS ANTERIORES CON EL CODIGO PENAL VIGENTE EN EL ESTADO DE MEXICO……………………………………………….
4.2 BASES CONSTITUCIONALES, INTERNACIONALES Y SUSTANTIVAS DE LA LEY DE JUSTICIA PARA ADOLECENTES DEL ESTADO DE MEXICO……………
4.3 LEY DE JUSTICIA PARA ADOLECENTES DEL ESTADO DE MEXICO……….
4.4 PROPUESTA…………………………………………………………………………...
CAPITULO 2
ANTECEDENTES HISTORICOS DE LOS MENORES INFRACTORES
La función tutelar del estado se ha generado en las áreas administrativas, familiares y civiles, y de ahí han sido llevadas al derecho penal, pues en situación de los padres el tribunal actúa en su lugar al ser considerados como pupilos del estado, lo cual se ha considerado como parens patria. La conducta de los menores ha sido regulada con variantes formas en la historia, sancionadas con acciones desde muy severas hasta sumamente dóciles, por ello la trascendencia del estudio de nuestro pasado.
2.1Grecia
Desde los griegos, en Esparta se imponen a jóvenes y niños penas corporales por faltas ligeras; a los niños que daban respuestas necias a los mayores, se les castigaba con ser mordidos en el dedo pulgar; y los jóvenes que caían en malicia e intemperancia eran sancionados con azotes por el tribunal de los Éforos.
2.2 Roma
En Roma, las XII tablas distinguen entre los impúberes y los púberes, los primeros sancionados con pena belanova, con características de advertencia más que de castigo, pero en el caso del crimen publico el impúber era responsable de sus actos y de los realizados por sus progenitores o autores.
Se encontraban también los impúberes, que a su vez se dividían en varones mayores de siete años y menores de diez años y medio, considerados irresponsables generalmente, y los mayores de esa edad hasta 14 en el caso de
hombres y 12 en el de las mujeres, exigiéndose para su responsabilidad la prueba del discernimiento bajo el principio de que la malicia puede suplir a la edad, imponiéndose una pena atenuada. El tercer grupo era el de los menores, que eran los mayores de edad anterior hasta los 18 y los jóvenes eran de los 18 a los 25 de edad, con pena atenuada salvo en el delito de adulterio, y se exentaba a todos del delito de injuria.
2.3 España
Se trataba de establecer si el menor poseía suficiente “discernimiento” (para distinguir el bien y el mal), problemática que se inició en el derecho romano, continuo con el derecho canónico y siguió con las practicas jurisprudenciales de las ciudades italianas de medioevo.
Con relación de a los menores, la ley del 8 del título XXXI y la del título. IX, establecía la irresponsabilidad completa de los que no habían cumplido diez años y medio. (infans e infantiae proximus), y la culpabilidad atenuada de los que no había llegado a los diecisiete años.
2.4 México
Durante esta época se debe recordar
...