LACONSTITUCION DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
10 de Mayo de 2013
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL RÓMULO GALLEGOS
MATURÍN, ESTADO MONAGAS
AULA MÓVIL: MATURÍN
ENFERMERÍA.
Maturín, 20 de Abril de 2013.
INTRODUCCIÓN.
No hay nada más fácil que quejarse del mal gobierno que tenemos y de lo que debería hacerse para corregir los errores cometidos por nuestros gobernantes".
Una realidad es cierta, todos los presidentes que han llegado a presidir los destinos de Venezuela, los hacen llenos de expectativas al éxito, todos quieren erradicar la pobreza, disminuir los índices de inseguridad, aumentar el aparato productivo y llegar a ser un país productor no sólo de petróleo, sino también promotor del turismo, precursor de los recursos naturales no renovables y agro productor.
Si tomamos como punto de partida mejorar la calidad de vida de la sociedad, o en este caso en especial de los habitantes de Venezuela, debemos iniciar que éste ha sido un país, con una trayectoria democrática, en donde la Constitución de la República, ha servido y sirve como una base sobre el cual descansa todo el aparato del Estado, tal como lo establece las leyes.
Nuestra Carta Magna, protege los derechos humanos, civiles, las acciones militares y sobre todo, como debe ser la participación de lo ciudadanos en la vida política del país.
Tomando en cuenta lo anterior, analizaremos cuales son las políticas públicas que en estas materias, están intrínsecas dentro de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, comenzando por el preámbulo de la misma, el cual estipula que es el pueblo de Venezuela, quien refundará la República, a fin de establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica.
Lo anterior refleja, la voluntad del pueblo venezolano, quienes mediante el voto popular y la aplicación del referéndum, serán los encargados de velar por la participación y el protagonismo ciudadano en la toma de decisiones y en la formulación de las estrategias políticas, económicas y sociales que redundarán en beneficios colectivos.
Son los diputados representativos del poder del pueblo, quienes consolidará los valores de libertad, independencia, paz, solidaridad, bien común, integridad territorial, convivencia y el cumplimiento de la Ley, para ésta y las futuras generaciones, además de que asegurarán "el derecho a la vida, trabajo, cultura, educación, justicia social y la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna".
Lo anterior, no es más que la descripción de funciones por parte del Poder Legislativo, quienes son la representación de la sociedad moderna y democrática en el Gobierno Nacional, son los diputados del antiguo Parlamento, quienes deberán salvaguardar los derechos humanos y civiles de los ciudadanos venezolanos.
DESARROLLO.
CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA:
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela , es el documento vigente que contiene la Ley fundamental del país, dentro de cuyo marco deben ceñirse todos los actos legales. En ella se generan las instituciones, derechos y deberes fundamentales.
Se trata de un documento en idioma español. Se compone de un preámbulo, 350 artículos (ordenados en Títulos y Capítulos), y Disposiciones transitorias (para su implementación).
Fue redactado por la Asamblea Constituyente de Venezuela, constituida por 128 constituyentes, elegidos por votación popular con ese objetivo fundamental.
Se sometió a consulta popular su aprobación, por primera vez en toda la historia de Venezuela, el 15 de diciembre de 1999, recibiendo la aprobación con el 71,21% de los votos (2.820.556), el rechazo del 28,79% (1.141.792), y con la abstención del 54,06% (4.876.782).
PREÁMBULO:
El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático.
Decreta la siguiente CONSTITUCIÓN:
TÍTULO I
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
TÍTULO II
DEL ESPACIO GEOGRÁFICO Y LA DIVISIÓN POLÍTICA
TÍTULO III
DE LOS DEBERES, DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS
TÍTULO IV
DEL PODER PÚBLICO
TÍTULO V
DE LA ORGANIZACIÓN DEL PODER PÚBLICO NACIONAL
TÍTULO VI
DEL SISTEMA SOCIO ECONÓMICO
TÍTULO VII
DE LA SEGURIDAD DE LA NACIÓN
TÍTULO VIII
DE LA PROTECCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN
TÍTULO IX
DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN FINAL
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Artículo 1. Venezuela se declara República Bolivariana, irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador.
Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.
Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Artículo 3. El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución.
La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.
Artículo 4. La República Bolivariana de Venezuela es un Estado Federal descentralizado en los términos consagrados por esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.
Artículo 5. La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.
Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.
Artículo 6. El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.
Artículo 7. La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.
Artículo 8. La bandera nacional con los colores amarillo, azul y rojo; el himno nacional Gloria al bravo pueblo y el escudo de armas de la República son los símbolos de la patria.
La ley regulará sus características, significados y usos.
Artículo 9. El idioma oficial es el castellano. Los idiomas indígenas también son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la República, por constituir patrimonio cultural de la Nación y de la humanidad.
DEL ESPACIO GEOGRÁFICO Y LA DIVISIÓN POLÍTICA
Capítulo I
Del Territorio y demás Espacios Geográficos
Artículo 10. El territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad.
Artículo 11. La soberanía plena de la República se ejerce en los espacios continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas interiores, históricas y vitales y las comprendidas dentro
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