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LAS REFORMAS Y LAS NORMAS DE DERECHOS HUMANOS PREVISTAS EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES


Enviado por   •  26 de Marzo de 2021  •  Ensayos  •  1.088 Palabras (5 Páginas)  •  103 Visitas

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UNIVERSIDAD AUTONOMA DEL ESTADO DE MORELOS

MAESTRÍA: DERECHO CONSTITUCIONAL Y AMPARO

MATERIA: AMPARO INDIRECTO

REPORTE DE LECTURA

TEMA: LAS REFORMAS Y LAS NORMAS DE DERECHOS HUMANOS PREVISTAS EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES

LAS REFORMAS Y LAS NORMAS DE DERECHOS HUMANOS PREVISTAS EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES

El autor en esta lectura nos habla de la reforma a la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos del mes de junio del año 2011, en la nos menciona que es una de las más importantes reformas a nuestra constitución, ya que se realizó en materia de Derechos Humanos.

El autor maneja un terminó que es la Armonización Constitucional de los Derechos Humanos con el Derecho Internacional, entre las reformas se encuentra, el otorgamiento de rango constitucional a los tratados internacionales, la no discriminación, educación en derechos humanos, el derecho de asilo y refugio, el respeto a los derechos humanos en la operación del sistema penitenciario, y en los derechos humanos de la política exterior.

También el autor nos menciona de cambios operativos refiriéndose al sector de garantía, la interpretación conforme, el principio pro persona, los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

El autor cuando habla de armonización de la constitución con el Derecho internacional de los derechos humanos, menciona que los tratados se interpretaran de conformidad con la constitución y con los tratados internacionales, favoreciendo en todo tiempo a las personas, es decir, la protección más amplia.

Reforma al artículo primero párrafo segundo, respecto de la interpretación conforme entre las normas de derechos humanos, independientemente de su fuente constitucional o internacional, con el resto del texto de la propia constitución y con los tratados internacionales de derechos humanos. También son el derecho pro persona, que nos indica el parámetro más favorable a la persona, que deberá aplicarse al caso concreto.

Constitucionalización del derecho al asilo y de refugio, hace referencia a que a su punto de vista es un complemento al artículo primero constitucional, ya que el principal cambio es todo hombre tiene derecho y con la reforma es toda persona tiene derecho…

Reforma al artículo 15 constitucional, nos habla del control de constitucionalidad y de convencionalidad de los tratados internacionales, anterior a la reforma iba dirigido a impedir que el tratado nazca y se incorpore por decirlo de alguna manera de carácter preventivo, ahora se establece que está prohibido crear o firmar tratados para incorporarlos a casos concretos.

Artículo 89 constitucional, derechos humanos como principio de política exterior mexicana, quien el encargado de esta tarea es el presidente de la Republica, sin embargo, no es quien tiene el poder total, ya que deben ser aprobados los tratados internacionales por el senado de la Republica, lo que es un contrapeso.

Artículo 105 constitucional, el control abstracto de convencionalidad, en esta reforma toma mucho protagonismo la Comisión Nacional de Derecho Humanos.

Artículo 133 constitucional, la elevación a rango constitucional de las normas de derechos humanos previstos en los tratados internacionales y el artículo 133 constitucional, “Pacta sunt servanda”

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