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La Marina Y Sus Responsabilidades De Policía Marítima

alepaz_3014 de Mayo de 2015

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Efectos y Consecuencias del Decreto Presidencial 1087

La Marina y sus responsabilidades de Policía Marítima

Introducción

El presente trabajo tiene como propósito describir las implicaciones y la reformulación de las tareas que trae para la Armada Nacional, el Decreto Presidencial 1087 del 07 de marzo del 2012, mediante el cual se detallan, aclaran y separan las Competencias que corresponden tanto al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, MTOP, a través de la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, SPTMYF, como al Ministerio de Defensa Nacional, MIDENA, a través de la Armada del Ecuador.

El campo que se abarcará, está relacionado con las Ciencias Sociales, particularmente con las disciplinas de las Ciencias Políticas, Jurídicas y de la Seguridad Nacional, a través del cual se analizarará el citado decreto y con ello el nuevo rol asignado a la Armada como la Autoridad de Policía Marítima Nacional y el aporte que la institución puede brindar desde esa posición al desarrollo nacional.

En este documento se empieza explicando como a través del tiempo la Autoridad Marítima Nacional evolucionó hasta nuestros días; en principio, siendo este rol (de Autoridad Marítima) asignado a la Armada, para en la actualidad ser otorgada a la SPTMYF ; luego vamos a resaltar el papel que la Armada jugó en pro del desarrollo del país mientras desempeñó el papel de Autoridad Marítima Nacional… y se realizará una revisión del nuevo papel que acarrea para la institución la firma del Decreto Ejecutivo 1087, para luego relacionarlo con el Concepto Estratégico de la Armada planteado por el señor Comandante General de Marina, Valm. Jorge Gross Albornoz, y finalmente bajo el análisis de los puntos revisados introducir conclusiones y recomendaciones para esclarecer el propósito que persigue la institución bajo este nuevo esquema.

La Autoridad Marítima Nacional a través del tiempo.-

Al llegar los españoles a las costas ecuatorianas en 1528, observaron como los nativos de esta región navegaban con destreza a bordo de grandes balsas, construídas con enormes troncos atados unos con otros a través de sogas y una vela; y para mantener el gobierno de las mismas emplearon las “guaras ”, además sobre su cubierta observaron que existía una especie de casa en donde podían viajar hasta 30 personas y de acuerdo con las crónicas de Pizarro, podrían llevar hasta treinta toneles (3). Esto despertó la inquietud y el interés de los españoles por conocer más sobre los habitantes de esta región y las maderas con que construían sus embarcaciones.

Antes de pasar al análisis del proceso evolutivo de la Autoridad Marítima; precisemos que, el sitio al que llegaron los españoles es donde hoy se asientan las provincias de Guayas, Santa Elena y Manabí, donde se desarrolló la cultura Huancavilca cuyo pueblo se caracterizó por poseer grandes conocimientos de navegación y construcción naval; a bordo de sus grandes balsas los Huancavilcas lograron llegar a sitios lejanos en busca de establecer el comercio con países como Chile, Perú y México; el mar tuvo una gran importancia para esta cultura, por ser su principal vía de comunicaciones, una fuente de riqueza y un espacio de recursos vitales para la alimentación de su pueblo; en la época colonial, los conquistadores avisoraron el potencial que podría representar Guayaquil para la Corona, dada su riqueza natural y su privilegiada posición geográfica: posteriormente el Reino de España llegó a dar la categoría a este sitio de Astillero Real y Puerto Puerta .

Para España era necesario implementar medidas de control de este puerto para registrar la construcción de las naves así como para controlar a las que ingresaban y salían y finalmente tener un registro adecuado de la dinámica del comercio; situaciones que motivaron a la realeza a nombrar autoridades para este efecto y a crear las instituciones necesarias para lograr este cometido .

Los conquistadores europeos, trataron de encontrar los mejores espacios en donde ubicar sus puertos, construir y reparar embarcaciones; es así que, después de buscar el sitio que mejor satisfizo estas premisas, observaron que Guayaquil era el lugar adecuado, esto después de haber realizado grandes esfuerzos por Centroamérica por localizar el tan anhelado enclave.

Una vez que los iberos establecieron la ciudad de Guayaquil, veinte años después se registra la primera construcción de un barco en la Isla Puna en 1557 , aquí se estableció el sitio para reparar y construir naves, aprovechando la privilegiada posición geográfica y la generosa naturaleza del lugar, que ofrecía abundante cantidad de árboles aptos para la construcción naval a las orillas del río Guayas. En este sentido es que Guayaquil jugó un papel destacado durante este tiempo, siempre subordinada al Virreinato de Lima o a la Real Audiencia de Quito, que a su vez en algunos instantes estuvo subordinada al Virreinato de Santa Fe.

La Corona recién hacia la mitad del siglo XVIII, determinó formalmente la importancia que tenía este territorio, como se señala en el documento Crónicas de Guayaquil (1) en el que se puede leer textualmente que “Por disposición real, en el Consejo de Indias celebrado el 12 de febrero de 1761 se acordó redactar la minuta de la Real Cédula en la que se pedía al virrey de Santa Fe, Pedro Mesía de la Cerda, los nuevos informes y todo lo acordado en beneficio de la ciudad-puerto: pero sin hacerle saber hasta más tarde la decisión del rey de elevar a la categoría de Gobernación Militar a la tan postergada Guayaquil. Puerto y astillero, "que a pesar del título pomposo de gobernadores que usaban sus corregidores, era un humilde corregimiento, pese a toda su reconocida importancia e inmejorable condición en el Mar del Sur"

Para la época citada, se conoce que las veces de Autoridad Marítima las ejerció primero el Corregidor de Guayaquil, y luego el Gobernador, siendo estas autoridades las encargadas de llevar el registro de las naves que arribaban y zarpaban del puerto ; así mismo, se conoce que a mediados del siglo XVIII, “la Real Armada española se estableció en el Callao y asumió esas funciones, asignando unidades y creando la Capitanía de Puerto del Callao y la Real Academia de Náutica de Lima; el Departamento Marítimo del Callao, con capitanías de puerto subordinadas en Valparaíso, Concepción y Guayaquil” (2). Esta información nos permite saber, que para finales del siglo XVIII, Guayaquil, ya contaba con la Capitanía de Puerto, la misma que hasta nuestros días, cumple funciones de Autoridad Marítima , aunque algunas de acuerdo al Decreto 1087 ya no le competen.

Durante el período de las reformas borbónicas, las colonías de América tuvieron gran importancia para la Corona; esta dispuso que el Visitador Juan Martín de Sarratea en el año de 1736, sea quien implemente las acciones necesarias para el control aduanero de las cargas que se producen en Guayaquil, sin embargo este intento fracasa y no es sino hasta “1778 que aparece, dentro de la actividad mercantil, la cuenta “productos de la Real Aduana”, ya que es en este año en que José García de León y Pizarro, visitador y presidente de la Audiencia de Quito, crea la Administración de la Real Aduana y Alcabalas de Guayaquil” (3). Aclaremos que para “1764 se decreta la creación del Real Astillero de Guayaquil, la Capitanía de Puerto y el Cuerpo de Guardacostas”(4) .

Durante un gran lapso perduró este estatus institucional, que con el devenir de la República del Ecuador, se mantuvo… la Capitanía de Puerto apoyada por el Cuerpo de Guardacostas, sirvió desde sus inicios en las tareas de salvamento náutico, defensa de la piratería, control de los actos ilícitos en el mar y la represión al contrabando marítimo, estas disposiciones constan detalladas en desde 1836 en el Reglamento de Guardacostas .

“Ya en la LEGISLACIÓN MODERNA, en 1910, bajo la presidencia del General Eloy Alfaro se expide el "Reglamento de Policía Marítima" con un conjunto de disposiciones marítimo-administrativas que sería reemplazado por el Código de Policía Marítima vigente con algunas reformas hasta nuestros días”(5). El 25 de enero de 1951 se crea la Dirección General de la Marina Mercante en principio como “Inspección de la Marina Mercante”; en 1960 se expide el Código de Policía Marítima. En 1972 se la denominó Dirección General de la Marina Mercante y del Litoral, DIGMER, de acuerdo a la Ley General del Transporte Marítimo y Fluvial, con facultades y competencias de Autoridad Marítima y Portuaria Nacional, esta ley fortaleció el accionar de la institución ya que le dio representación ante organismos internacionales, como la Organización Marítima Internacional (OMI), la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS), la Red Operativa de Cooperación Regional de Autoridades Marítimas de las Américas (ROCRAM), etc.; además la DIGMER emitió resoluciones sobre la administración portuaria y el transporte marítimo y fluvial, a través de las que normó y controló estas actividades.

En este punto es necesario aclarar que al Capitán de Puerto el Código de Polocía Marítima, CPM, – le da las facultades de Autoridad para vigilar las infracciones y delitos tipificados en los códigos civil y penal – le otorga además funciones como Registrador de la Propiedad Naval, el control de playas y bahías, el control de las embarcaciones, de los astilleros, parrillas y otros talleres de construcción y reparación de naves, el juzgamiento de las contravenciones marítimas, y hasta le faculta a regular las relaciones obrero patronales del trabajo de abordo para la gente de mar, de los gremios

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