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La Responsabilidad De Los Servidores Públicos


Enviado por   •  18 de Febrero de 2015  •  1.323 Palabras (6 Páginas)  •  185 Visitas

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Modalidades de la Responsabilidad de los Servidores Públicos

Los servidores públicos se rigen bajo principios para el desempeño de sus funciones, destacando los de legalidad y de responsabilidad, la legalidad, consiste en que los servidores públicos deben ajustar sus actos a lo establecido en nuestra Constitución y en la Ley; y la responsabilidad estable que el servicio público debe actuar en forma honesta, poniendo el interés público sobre el suyo.

En el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, denominado “De las Responsabilidades de los Servidores Públicos”, el cual comprende los artículos 108, 109, 110, 111, 112, 113, y 114; así como en su legislación reglamentaría, comprendida fundamentalmente por la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, también los artículos los 1830, 1910, 1916, 1916 bis, 1927, 1928, 2108, 2109, 2110 y 2116 del Código Civil para el Distrito Federal, se refieren a las obligaciones que nacen de actos ilícitos, al daño moral y al incumplimiento de las obligaciones; se establecen cuatro tipos de responsabilidades en las que pueden incurrir los servidores públicos, responsabilidades que no se excluyen entre si, ya que las reformas constitucionales, pretenden agotar todos los posibles actos u omisiones que pueden realizar los servidores públicos.

En el ámbito federal existen cinco tipos de responsabilidades, que son:

• Responsabilidad política;

• Responsabilidad penal;

• Responsabilidad civil;

• Responsabilidad laboral; y

• Responsabilidad administrativa.

Responsabilidad Política

La responsabilidad política es cuando el servidor público, incurre en actos u omisiones graves en perjuicio de los intereses públicos fundamentales. Esta responsabilidad se determina mediante el Juicio Político, el cual se hace ante el Congreso Federal a partir de la denuncia de cualquier ciudadano, en este se determina la responsabilidad de los servidores públicos. Cuya tutela básicamente corresponde a los órganos legislativos federal o local, uno de los actos para que ocurra el juicio político, es que el acto u omisión sea grave y en perjuicio de los intereses públicos fundamentales de esta forma el artículo 7° de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, nos indica cuales actos pueden ser susceptibles de juicio político.

• El ataque a las instituciones democráticas

• El ataque a la forma de gobierno Republicano, Representativo, Federal

• Las violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales o sociales

• El ataque a la libertad de sufragio;

• La usurpación de atribuciones

• Cualquier infracción a la Constitución o a las leyes federales cuando cause perjuicios graves a la Federación, a uno o a varios Estados de la misma o de la Sociedad, o motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones

• Las omisiones de carácter grave, en los términos de la fracción anterior

• Las violaciones sistemáticas o graves a los planes, programas y presupuestos de la Administración Pública Federal o del Distrito Federal y a las leyes que determinan el manejo de los recursos económicos federales y del Distrito Federal.

El artículo 110 de la Carta Constitucional Federal establece el procedimiento de juicio político, indicando que la Cámara de Diputados procederá a la acusación respectiva ante la Cámara de Senadores, previa declaración de la mayoría absoluta de número de los miembros presentes en sesión de aquella cámara, después de haber substanciado el procedimiento respectivo señalado en el Capitulo Segundo del Titulo Segundo de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y la Ley Orgánica del Poder Legislativo, con audiencia del inculpado.

Responsabilidad Penal

La fracción II del artículo 109 Constitucional señala que la comisión de delitos por parte de cualquier servidor público será perseguida y sancionada en los términos de la legislación penal.

A) Todos los servidores públicos son susceptibles de ser procesados penalmente por la comisión de cualquier delito.

B) Sólo las personas que detenten el carácter de servidores públicos pueden encuadrarse en ciertos tipos penales, específicamente, los considerados en los artículos del 212 al 227 Código

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