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La sobrepoblación en el Reclusorio de Puente Grande Jalisco y la reinserción Social


Enviado por   •  24 de Febrero de 2015  •  Tesis  •  5.799 Palabras (24 Páginas)  •  313 Visitas

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Universidad Tecnológica de Guadalajara

Licenciatura en Derecho.

Protocolo de Tesis para obtener el Título de Licenciado

Alumno: Márquez Cervantes Alberto

La sobrepoblación en el Reclusorio de Puente Grande Jalisco y la reinserción Social.

Guadalajara Jalisco, a febrero del 2015.

ÍNDICE:

Portada……………………………

Índice……………………………..

Antecedentes………………….

Planteamiento del problema.

Objeto de estudio…………..

Objetivos…………………….

Justificación………………..

Limites de estudio………….

Hipótesis…………………….

ANTECEDENTES:

GUADALAJARA, Jalisco (OEM-Informex).- Del 75% es la sobrepoblación en los reclusorios estatales ubicados en Puente Grande, reconoce la Fiscal de Reinserción Social, Marisela Gómez Cobos.

Actualmente, el reclusorio metropolitano tiene 900 internos y su capacidad es de mil 700. A este reclusorio sólo se reubicarán reos con un perfil determinado que se está valorando.

El centro de Readaptación Social (CRS) de Puente Grande tiene una capacidad para dos mil 200 reos sentenciados y actualmente hay una población de cinco mil 500presos pugnando su pena carcelaria, dijo José González Jiménez, comisariogeneral de Prevención y Readaptación Social.

¿Qué es la reinserción social en México?

La reinserción social es la base de nuestro nuevo sistema penal, que busca no castigar al delincuente, sino ayudarle a dejar los hábitos que lo llevaron a delinquir y brindarle ayuda para que se transforme en un ser humano que sea de utilidad para la sociedad. Para poder promover la readaptación del delincuente, se les otorga una formación integral que permita a éste, alcanzar una vida honrada y digna en el momento de dejarlo en libertad.

La Reinserción Social A Través del Tiempo

El paso del Estado liberal en México a un tipo social-democrático a través de la Revolución de 1910-1917, señala también el cambio de finalidad en la ejecución punitiva. Las reformas de 1965 agregarían otros medios, como la capacitación para el trabajo y la educación, para alcanzar la readaptación social del delincuente. Al identificar con “la regeneración” o con “la readaptación social” la finalidad del sistema penitenciario nacional, y con ello el objetivo específico de la pena de prisión, pues bien esta era la finalidad.

Tal como se establece en la recopilación de ponencias que formaron parte del Diplomado El Nuevo Sistema Penal Acusatorio en México desde la Perspectiva Constitucional impartido de manera presencial y a través de sistemas de videoconferencia y canal judicial, a nivel nacional, con aprobación de la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema Penal y con la coordinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal a través de sus representantes y el Consejo Asesor interno. El C. Jorge Ojeda Velázquez manifestó “De la misma manera que los médicos tratan a los enfermos, así los técnicos penitenciarios, a través de un tratamiento individualizado, desean sanar al hombre delincuente de esa rara enfermedad llamada delito. Por lo que podemos deducir que no será una tarea fácil pero que el resultado de esta será satisfactorio. Las psicoterapias individuales y de grupo tienen el mérito de descubrir las causas de la inadaptación y las formas de ayuda para superarlas y adquirir una nueva conciencia que le haga percibir la anormalidad de su comportamiento pasado, le haga aceptar aquellos valores y esquemas que primero rechazaba y, sobre todo, le haga desear vivir correctamente en sociedad”. Examinando lo anterior se deduce que como bien dice, no era una tarea fácil y claro está por los resultados obtenidos a través del tiempo transcurrido desde ese año 1965 hasta la fecha actual que es el año 2015 se observa que la reinserción social no ha tenido un resultado totalmente satisfactorio..

En el año 1957 se aprobó por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, postura que llevó a nuestro país a crear y aprobar en 1971 la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, documento que dio legitimidad al tratamiento de la readaptación social en nuestro país. Con base en tal normatividad se puso en práctica un sistema progresivo técnico que mira al trabajo, a la capacitación y a la educación como premisas readaptatorias.

La política penitenciaria de la readaptación social Los principales postulados de la readaptación social, en cuanto a su tratamiento se refieren, son los siguientes:

• El tratamiento será individualizado.

• El régimen penitenciario es de carácter progresivo y técnico. Sus etapas mínimas corresponden al periodo de estudio y diagnóstico y de tratamiento. El tratamiento se funda en los resultados del estudio de personalidad.

• Se establece un Consejo Técnico Interdisciplinario, el cual entre sus funciones destaca: su perfil consultivo en la individualización del tratamiento y la ejecución de la libertad condicional (Preliberación, remisión parcial, libertad preparatoria, etc).

• El trabajo como medio de sustento al interior y para el exterior, con fines de autosuficiencia y reincorporación social. La política penitenciaria de la readaptación social

• La capacitación laboral para el trabajo en libertad.

• La educación con perspectiva académica, cívica, social, higiénica, artística, física y ética.

• Se establece la necesidad de fomentar las relaciones del interno con el exterior, así como la visita íntima como un medio para mantener las relaciones maritales.

Estos postulados dieron sustento al sistema penitenciario mexicano, cada Estado los adopto como ejes rectores, construyéndose así la dinámica contemporánea de la prisión en México.

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