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Las obligaciones Fiscales a cargo del contribuyente


Enviado por   •  12 de Diciembre de 2022  •  Trabajos  •  1.325 Palabras (6 Páginas)  •  67 Visitas

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DERECHO Y CRIMINOLOGIA

TERCER SEMESTRE

DERECHO FISCAL

PROFESOR ENRIQUE CRUZ V.

UNIDAD 3

Las obligaciones Fiscales a cargo del contribuyente.

 

RICARDO HUERTA SOSA

Grupo 307

INDICE

INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………………………………….3

IMPUESTO SOBRE LA RENTA (PROFESIONISTA) ………………………………………………….4

IMPUESTO PREDIAL (PROPIETARIO DE UN BIEN INMUEBLE) ………………………………7

CONCLUSIONES………………………………………………………………………………………………….8

BIBLIOGRAFIA…………………………………………………………………………………………………….9

INTRODUCCIÓN

Las retenciones del ISR en la Ley del ISR en el Articulo 100 fracción segunda mencionan esta prestación de servicios profesionales en donde puntualizan que la prestación de servicios profesionales deriva a la prestación de servicios personales independientes y no precisamente se debe de contar con un titulo profesional para la prestación de dichos servicios, también se señala que corresponden a actividades son de naturaleza civil diferentes a la contribución de las empresas. Esta prestación de servicios no retiene el IVA y es algo que queda muy claro para saber distinguir en estas características que son intrínsecas de cada actividad que tiene la naturaleza.

En el Artículo 106 de la ley del ISR menciona que hay retención de cuotas del 10% sobre el valor del Honorario sin deducción alguna. En esta actividad se mencionarán los pasos a seguir para que todo Profesionista como persona física realice su contribución en las oficinas de competencia.

Por otro lado, el pago de predial es una de las contribuciones que se tienen que ejercer cuando una persona física es propietaria del bien inmueble o de los bienes que este tenga o atribuya ante estas instancias gubernamentales.

El impuesto predial es el impuesto sobre la propiedad o posesión in mobiliaria, independiente al uso que se le de al inmueble y este inmueble sirve como el generador de impuestos para que se administren mediante la administración pública.

Este impuesto esta integrado en el Código Fiscal de la CDMX en sus articulo 130 en donde se suscribe que importes son los que se tienen que depositar en el carácter de contribuyentes.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

 (PROFESIONISTA)

Una persona física con actividad profesional, por ejemplo: abogacía, contaduría, medicina, entre otras y obtienes tus ingresos de manera independiente por prestar tus servicios a empresas, dependencias de gobierno o personas físicas, entonces te corresponde tributar en este Régimen.

1.- Obtener contraseña y E firma

Tu contraseña del SAT te permitirá acceder a los servicios electrónicos.

La solicitas en nuestras oficinas, necesitas:

-Original y copia de tu identificación oficial.

-Un correo electrónico.

La e.firma, antes firma electrónica o Fiel, es el archivo digital con el que podrás firmar trámites por internet con el SAT, o con otras dependencias del país. Es única, y vale tanto como tu firma autógrafa.

La solicitas en nuestras oficinas, necesitas:

-Original y copia de tu identificación oficial.

-Comprobante de domicilio fiscal.

-Un medio de almacenamiento digital, USB, preferentemente nuevo.

2.-Factura y pide Factura

Para que compruebes tus ingresos, debes emitir facturas electrónicas por la prestación de tus servicios. Si tienes trabajadores, debes entregarle un comprobante de nómina por los pagos y retenciones que hagas.

Puedes hacer facturas electrónicas a través de:

-La aplicación gratuita del SAT, en sat.gob.mx.

-La aplicación de algún proveedor de facturas electrónicas.

-Mis Cuentas, en la sección Factura fácil.

Solicita factura por las compras que realices, y para que puedas incluirlas como gastos en tus declaraciones mensuales.

3.- Registra tus operaciones

Todos los ingresos por los que no hayas emitido factura, y todos los gastos por los que no hayas recibido factura, deberás registrarlo a través de la aplicación Mis Cuentas. Hay versión de escritorio, o móvil.

4.- Declara

Debes realizar dos tipos de declaraciones:

Declaración mensual y Declaración Anual

Declaración mensual

Permite calcular tu Impuesto sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado que deberás pagar por tus operaciones.

Para declarar necesitas tener tus ingresos, gastos y retenciones organizados y sumados mensualmente para capturarlos en la aplicación de Declaraciones y Pagos en sat.gob.mx.

Declaración anual

Informas el monto total de tus ingresos, gastos y retenciones al año, así como los pagos provisionales que realizaste mensualmente. La debes presentar a más tardar el 30 de abril siguiente de cada año fiscal.

5.- CONOCE QUE PUEDES DEDUCIR

Deducciones de gastos mensuales

Tu puedes deducir los gastos e inversiones que sean estrictamente indispensables para llevar a cabo tu actividad.

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