Ley Orgánica de seguridad de la Nación
coralia12Ensayo4 de Febrero de 2022
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Ley Orgánica de seguridad de la Nación. Cuál es el principio constitucional (art que hace referencia a la seguridad de la Nación. Explicar)
La seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promoción y conservación ambiental y afirmación de los derechos humanos, Regular la actividad del Estado y la sociedad, en materia de seguridad y defensa integral, en concordancia a los lineamientos, principios y fines constitucionales. (Artículo 1).
Analizar el artículo 23 y art. 24 (ley Orgánica de seguridad de la Nación) en concordancia con el artículo 332 de la CRBV.
Análisis Art. 23, en este artículo en concordancia con el artículo 332 C.R.B.V., que el Poder Ejecutivo Nacional regido por el Presidente de la República, será el organizador o conformará todas las fuerzas de seguridad de todos los ciudadanos y ciudadanas de la nación en función de eliminar las amenazas de violencia en la población y permitiendo una coexistencia segura y pacífica. La seguridad ciudadana no trata simplemente reducir los delitos sino de una estrategia exhaustiva para mejorar la calidad de vida de la población, de una acción comunitaria para prevenir la criminalidad, del acceso a un sistema de justicia eficaz, y de una educación que esté basada en los valores, el respeto por la ley y la tolerancia.
Análisis Art. 24, en este artículo en concordancia mediante el artículo 332 C.R.B.V., establece que Protección civil es el sistema de proporcionar la protección y la asistencia a los ciudadanos ante cualquier desastre en nuestro país, con el fin de salvaguarda las vidas humanas, los bienes y el entorno en el que vive.
Ley Orgánica sobre los estados de excepción.: Principio constitucional (artículo de la Constitución que hace referencia a los estados de excepción) y analizar artículos: 1, 2, 7 y 13 de la Ley Orgánica sobre los estados de excepción en concordancia con el artículo 339 de la C.R.B.V.
El Estado de excepción es un mecanismo que, como su nombre sugiere, otorga poderes especiales al Ejecutivo Nacional para afrontar situaciones fuera de lo común que afectan la paz o el bienestar de los ciudadanos y que no son afrontables a través de los mecanismos normales. Cabe mencionar que los loa artículos en donde relacionados con el estado de excepción en la C.R.B.V. de los articulo 337 al 339 donde se establecen de situaciones extremas en donde se ponga en conflicto la seguridad, la paz ciudadana, el orden público y la vida de las personas, así como los valores fundamentales de una república, como democracia, libertad y sistema de gobierno.
En el artículo 1 de la Ley Orgánica de Estados de Excepción, estable las distintas formas de estado de alarma, emergencia económica, estado de conmoción que se pueden presentar en el país por un evento o catástrofes, calamidades públicas u otros acontecimientos similares que pongan seriamente en peligro la seguridad de la Nación o de sus ciudadanos y ciudadanas, así como también se establece el periodo de tiempo que debe tener cada situación sobrevenida.
En el artículo 2, establece que el Estado de Excepción de Alarma en el Territorio Nacional se decreta dadas las circunstancias de orden social que ponen gravemente en riesgo la salud pública y la seguridad de los ciudadanos y las ciudadanas habitantes de la República Bolivariana, a fin de que el Ejecutivo Nacional adopte las medidas urgentes, efectivas y necesarias, de protección y preservación de la salud de la población venezolana. Ejemplo de ello se dio cuando el 13 de marzo de 2020, se aplicó esta medida a fin de mitigar y erradicar los riesgos de epidemia relacionados con el coronavirus (COVID-19)
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