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Ley de Educación en Constitución de la República Bolivariana de Venezuela


Enviado por   •  20 de Mayo de 2018  •  Ensayos  •  1.822 Palabras (8 Páginas)  •  199 Visitas

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Universidad Pedagógica Experimental Libertador[pic 1]

Vicerrectorado de Extensión

Coordinación Nacional del Programa de Extensión Académica

Diplomado: Docencia Universitaria

Módulo II - Legislación Educativa

En cuanto a la Ley de Educación de la República Bolivariana de Venezuela, ¿existen aspectos comparativos en la Constitución Federal de los Estados de 1811 y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999?

Facilitador:        Autor:

Prof. Miguel Fuenmayor        Belén Arteaga Véliz

Caracas, 17 de mayo de 2018


Los derechos humanos representan uno de los valores fundamentales del estado democrático, por lo tanto, el cumplimiento de esos derechos es insustituible y muy importante que se le de fiel cumplimiento. Considerando la educación como una necesidad en los seres humanos, ya que tiene inherencia en los aspectos fundamentales de la vida del hombre, como su desenvolvimiento, las relaciones humanas y de su actividad en la sociedad, a lo largo del tiempo se ha constituido como una parte fundamental de los derechos humanos, y es por esto por lo que cobra importancia la evolución que ha tenido en el transcurso de los años desde el punto de vista constitucional la educación en Venezuela. Por este motivo surge la siguiente interrogante, ¿existen aspectos comparativos en la Constitución Federal de los Estados de 1811 y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 con respecto a la Ley de Educación?

Durante la época de la independencia los lideres del país trataron de sentar las bases para favorecer tanto la parte pedagógica como social que permitiera el desarrollo de una sociedad progresista en lo que era el nacimiento de la República de Venezuela, en ese momento histórico el tema educativo se manifestó en conjunto con el proyecto político, cuando en 1811 se proclaman los derechos del pueblo estos tenían una ideología en la cual la educación funcionaba como un modelador de las ideas republicanas, favoreciendo esta situación la nueva condición que tenía el país, es en ese momento donde se aprecia la necesidad de que la instrucción este presente en la sociedad y de que se manifieste el poder tenerla al alcance de todos. Sin embargo, para la época los textos constitucionales no colocan a la educación como un derecho reconocido del hombre, ni como un aspecto que se pudiese tratar en la sociedad. Es evidente que en la Constitución Federal de los Estados de 1811 no se contempla la educación como un tema importante para legislar y por esto es primordial destacar que el hecho de no tomarla en cuenta dentro de los artículos que se promulgaron en esa constitución permitió que se mantuviera la desigualdad existente en esa época en cuanto al acceso y posibilidad de estudiar de los ciudadanos. En 1811, el momento histórico era fundamentalmente el cambio político porque no se consideró la educación una prioridad para reglamentar, a pesar de esto se manifiesta la intención de la protección, de la mejora y perfección del ámbito moral de los individuos, lo cual se puede interpretar como un deseo de educación, ya que esta es la que fortalece la moralidad y las buenas costumbres. Por ser la educación un tema básico para el desarrollo del hombre es que a lo largo del tiempo se le ha dado la importancia que tiene y ha sido considerada en la evolución constitucional de la República Bolivariana de Venezuela.

En contraposición, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 es un texto que promueve los Derechos Humanos, representando así uno de los valores fundamentales del estado democrático, de tal manera que el acatamiento de esos derechos es insustituible, muy importantes y se les debe dar fiel cumplimiento. Con respecto a la consolidación de los derechos fundamentales del hombre, trabaja en los artículos de educación, ya que la considera fundamental para el desarrollo del estado. En este orden de ideas la educación en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, como reza en su artículo 102 que:

La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá́ como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá́ el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta Constitución y en la ley.

Significando esto una función de máximo interés para el estado en la formación científica, tecnológica y humanística de los ciudadanos. De igual forma, es evidente que debe considerarse como un proyecto de estado ya que forma parte fundamental en el desarrollo del proceso democrático.

Además es importante destacar que los derechos humanos representan garantías, protección de los ciudadanos a posibles abusos de los gobiernos, por lo tanto siendo el derecho a la educación una expresión de los derechos humanos, en el contexto como está expresada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, tiene un significado muy relevante, ya que obliga al estado a garantizar que sea asequible, accesible, adaptable y aceptable, brindándole al ciudadano la posibilidad de poder estudiar y hacerlo fundamentado como un derecho civil y político, además de esto debe garantizar lo mínimo en cuanto a seguridad y salud. En lo que respecta a los derechos culturales y educativos de los individuos existen un conjunto de resoluciones que definen el derecho a la educación integral y a la obligación que tiene el estado de garantizar que se apliquen todos estos principios en la función educativa.

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