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La Constitucion De La Republica Bolivariana De Venezuela Y La Educacion


Enviado por   •  21 de Octubre de 2013  •  1.636 Palabras (7 Páginas)  •  421 Visitas

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Para hablar sobre el marco constitucional, en el que se basa actualmente la Educación en Venezuela específicamente con la C.R.B.V, debemos hacer un poco de historia para poder tener un marco de referencia. Bajo la vigencia de la Constitución de 1961, fueron promulgadas algunas leyes y reglamentos sobre el derecho a la educación y el ejercicio de la función educativa en Venezuela (Ley de Universidades, Ley Orgánica de Educación y sus Reglamentos). El régimen normativo que se configuró en el marco de la Constitución mencionada, fue objeto de estudios y críticas que condujeron a la elaboración de algunas propuestas de reforma que no lograron consolidarse.

Partiendo del Marco Constitucional establecido en la Constitución de 1961, se pretendía que el Estado orientaría y organizaría el sistema educativo para lograr el cumplimiento de estas finalidades. Partiendo de la consagración constitucional, la Ley Orgánica de Educación prescribía los objetivos, estructura y normas básicas de funcionamiento del sistema educativo integrado por sus diversos niveles y modalidades (Art. Nº 16. L.O.E) definiendo como un "conjunto orgánico de políticas y servicios" cuya finalidad primordial es "garantizar el proceso educativo y su continuidad, a lo largo de la vida de la persona mediante un proceso de educación permanente" (Art. Nº 14 L.O.E).

Las disposiciones de la Constitución de 1961 (Art. Nº 80) debían interpretarse en concordancia con las que definían la educación como función primordial e indeclinable del Estado, por una parte, y por la otra como un "derecho permanente e irrenunciable de la persona" (Art. Nº 2 L.O.E 1980).

Se observa un planteamiento importante, en el sentido de que la educación es vista como un fin para lograr una sociedad democrática, que permita la convivencia social. De esta manera, se presenta a la educación, como un medio para lograr los procesos de transformación social, consustanciándose el proceso de aprendizaje con los valores de identidad nacional, tolerancia y las actitudes que favorecen la paz entre las naciones.

En este contexto, a lo largo de todo el texto legal se aprecia a la educación como un medio y un derecho de todos los ciudadanos, que debe estar vinculada al trabajo para armonizar la educación con las actividades productivas conforme al interés local, regional y nacional, para el mejoramiento de la comunidad.

Esta Ley (L.O.E 1980) define por primera vez el concepto de comunidad educativa, como institución formada por educadores, padres representantes y alumnos y las personas vinculadas al desarrollo de la comunidad en general, la cual tiene como finalidad contribuir materialmente con las programaciones, la conservación y el mantenimiento del plantel. Su actuación deberá fundamentarse en una concepción democrática, participativa e integradora del proceso educativo.

Asimismo, se logra concretar un modelo de enseñanza que vincula la participación de la familia, de la comunidad y de otras instituciones en el sistema educativo, como elementos y actores importantes dentro de este proceso de enseñanza aprendizaje.

En 1999, se aprueba por vía de referéndum de fecha 15 de diciembre de 1999 y según Gaceta Oficial de la República de Venezuela, Número 36.860, de fecha 30 de diciembre de 1999, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En la dinámica que este cambio supone se requerían, la implantación de un nuevo orden constitucional, fue necesario introducir considerables modificaciones en el sistema educativo, propuesta que se aborda desde el cambio en la concepción de la relación individuo-sociedad. Se inició un debate de carácter académico, político, filosófico sobre la naturaleza del individuo y de sus derechos en relación con el Estado, la comunidad y la cultura.

Lo anterior tiene sentido, si se toma en cuenta que el texto constitucional de 1999, desde su propio preámbulo y como característica de la refundación del Estado, además de la importancia del orden democrático, señala que el mismo es un "Estado de Justicia", que debe procurar consolidar un conjunto de valores que en definitiva guíen y aseguren los derechos fundamentales del hombre entre los cuales destaca el de la educación, de justicia social y la garantía universal e indivisible de los derechos humano, declara a la educación como un proceso fundamental para alcanzar los fines esenciales del Estado (Art. Nº 2 y 3 de C.R.B.V).

Artículo 3: “La Educación es un derecho humano inalienable e irrenunciable, integral y permanente. Bajo su suprema orientación, el Estado, como garante de los derechos humanos, la asume como función indeclinable y de máximo interés con la participación de las familias y la sociedad”

El proceso educativo se entiende como un derecho de los ciudadanos y un deber social que tiene la función de guiar, orientar, estimular a los alumnos para despertar su iniciativa, su capacidad y análisis, para que éste, logre el pleno desarrollo de la personalidad y se convierta en un ciudadano apto para la vida, tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Estas consideraciones evidencian la necesidad de asumir la educación como proyecto de Estado, en el sentido de que constituye el soporte para la

Bajo la vigencia de la Constitución de 1999 se han promulgado distintos decretos y resoluciones2 destinadas a regular todos los niveles de educación, abarcando la puesta en práctica de políticas educativas de cobertura nacional bajo la genérica denominación "Misiones

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